El Supremo da diez días al Gobierno para hacerse cargo de mil menas que piden asilo
El Alto Tribunal cree que es una medida imprescindible para corregir el hacinamiento de estos menores en Canarias

Un cayuco es remolcado por el buque Salvamar Mízar hasta el Puerto de La Restinga, en El Hierro, Canarias | Antonio Sempere (Europa Press)
El Tribunal Supremo ha acordado este miércoles dar un plazo de 10 días a la Administración del Estado para que garantice el acceso y permanencia en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional, dependiente del Ministerio de Migraciones, a un millar de menores que actualmente viven hacinados en centros de acogida de la comunidad autónoma de Canarias, y que han solicitado protección internacional. Cabe destacar que hace una semana el Gobierno aprobó la modificación de la ley de extranjería para descongestionar estas instalaciones en el archipiélago en las que se acogen a más de 5.800 adolescentes extranjeros; y establecer un reparto obligatorio entre las distintas regiones.
La Sala de lo Contencioso Administrativo ha decidido que en ese mismo plazo el Gobierno debe informarle previamente de las medidas que se vayan a adoptar en virtud de ese requerimiento, y «transcurrido dicho plazo el Alto Tribunal decidirá sobre la celebración de una vista pública en relación con el cumplimiento de la medida cautelar adoptada», señala el auto. El TS se pronuncia tras la instancia solicitada por el Gobierno de Canarias, que previamente había requerido al Ejecutivo de Pedro Sánchez la adopción de estas medidas ante la situación insostenible en los centros de acogida de las islas.
Se les ha negado la entrada al sistema
Tras examinar las competencias de ambas administraciones, el Tribunal Supremo ha considerado que en la actual situación —de máxima presión migratoria en Canarias—, el sistema estatal de acogida de los menores que solicitan protección no ha sido puesto a su disposición pese a que es un programa «al que tienen pleno derecho y cuya implantación efectiva se revela imprescindible para corregir la actual situación de hacinamiento en que estos menores se encuentran, abiertamente incompatible con el superior interés del menor que resulta obligado proteger».
Pese a que las comunidades autónomas deben hacerse cargo de la tutela de los menores extranjeros no acompañados, el Tribunal recuerda que tanto la Ley 12/2009, de asilo y protección subsidiaria, como el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, diseñan un completo sistema de acogida para los solicitantes de asilo en el que se incluyen, entre otros, el derecho a «recibir prestaciones sociales específicas en los términos que se recogen en esta ley» que abarcan «los servicios sociales y de acogida necesarios con la finalidad de asegurar la satisfacción de sus necesidades básicas en condiciones de dignidad».
La nueva ley de extranjería
Por tanto es el Ministerio de Migraciones quien debe hacerse cargo de estos menores, habida cuenta de que es el departamento dirigido por Elma Saiz el que gestiona este sistema de acogida. «Cuando tengamos la resolución, la analizaremos y daremos cumplimiento. De momento pedimos cautela hasta conocer los términos», señalan fuentes de la citada área a este periódico. Desde Migraciones, en cualquier caso, celebran el real decreto sobre menores que aprobó el Consejo de Ministros y «que establece medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y adolescencia ante situaciones migratorias extraordinarias y un mecanismo de derivación a otros territorios».
«El Gobierno ha dado una respuesta que dignifica a las personas, que defiende los derechos humanos y protege al menor», afirman. El pacto que sellaron el martes pasado el Ejecitivo y Junts para convalidar el citado decreto en el Congreso ha desbloqueado después de meses de conversaciones el reparto de 4.400 menores migrantes que viven hacinados en centros de acogida de Canarias y Ceuta. Y ha desatado al mismo tiempo una tormenta política después de que ese acuerdo beneficie, entre otras regiones, a Cataluña, que tras algunos cambios en los criterios solo tendrá que acoger como máximo a 30 niños y niñas extranjeros, según las primeras protecciones del Ministerio de Infancia. Los nuevos parámetros tienen en cuenta a aquellas CCAA que han sido más solidarias en los últimos años y ahora. Un sistema que castiga especialmente a Madrid, que deberá atender a más 800 de esos adolescentes.
Desde el Partido Popular, las comunidades de Aragón, Andalucía, Galicia, Madrid y Cantabria han anunciado que recurrirán judicialmente la modificación de la ley a los tribunales. Consideran que los criterios de reparto son desiguales y responden a intereses partidistas y no a la correcta protección e integración del menor. El Gobierno señala que la puesta en marcha de la norma, pese a haberse publicado en el BOE, no será inmediata, habida cuenta de que aún quedan algunos aspectos técnicos por concretar. El decreto ley contempla un año de plazo para que se hagan efectivos los traslados de menores, un periodo con el que también contarán las comunidades autónomas para aumentar sus plazas de acogida, si no pueden asumir las cuotas asignadas por el Ministerio de Infancia.