The Objective
Tribunales

Bildu pierde una demanda contra Vox por llamar «etarra» al alcalde de Pamplona

La juez señala que la «libertad de expresión» del partido «tiene prevalencia sobre el derecho al honor» de Joseba Asiron

Bildu pierde una demanda contra Vox por llamar «etarra» al alcalde de Pamplona

El alcalde de Pamplona, Joseba Asiron (EH Bildu), en rueda de prensa. | Archivo

La libertad de expresión «tiene prevalencia sobre el derecho al honor». Así lo entiende el juzgado de primera instancia número 2 de Pamplona, que ha desestimado la demanda presentada por el alcalde de la ciudad, Joseba Asiron (EH Bildu), contra Vox Navarra por un mensaje en la red social X llamando «etarra» y «patrocinador del terrorismo» a Asiron. El regidor pamplonés solicitaba una indemnización de 30.000 euros, que iba a destinar a la ONG propalestina UNRWA. Según ha adelantado Diario de Navarra, el fallo, que aún puede ser recurrido a la Audiencia Provincial de Navarra, impone el pago de las costas al bildutarra.

Asiron presentó la demanda contra Vox tras la publicación de un tuit en el que la formación conservadora criticaba la subvención concedida por el Ayuntamiento de Pamplona a la asociación del Casco Viejo, organizadora de las fiestas de San Fermín Chiquito 2024, por permitir que en el programa de fiestas se incluyera «simbología proetarra», como publicidad de Sortu, el anagrama de los presos de ETA o el arrano beltza [águila negra] con el que piden la independencia. «Joseba Asiron habla de ‘convivencia’ en Pamplona, pero sigue patrocinando el terrorismo», añadía el tuit. 

El 6 de mayo, la Audiencia de Navarra celebró la vista oral, sin la presencia del alcalde, donde testificó el responsable de prensa de Vox Navarra, autor del tuit. El fiscal pidió la absolución del demandado, argumentando que prevalecía la libertad de expresión. La magistrada, en su sentencia, cita jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre conflictos entre libertad de expresión y derecho al honor. Indica que las expresiones contra Asiron deben analizarse considerando el contexto social y las circunstancias.

El fallo señala que, aunque imputar a alguien relación con un grupo terrorista afecta objetivamente al honor, subjetivamente requiere un análisis ponderado. La magistrada detalla que el tuit de Vox se produjo en el contexto de unas fiestas populares, cuyo cartel incluía “símbolos nacionalistas e independentistas vascos” y anagramas de presos de ETA, vinculados a Sortu, parte de EH Bildu, partido de Asiron. Aclara que ETA ya no existe, pero algunos de sus exmiembros están en Sortu.

«ETA como organización terrorista ya no existe pero algunos en su momento vinculados a ella forman parte de Sortu hoy en día, partido de EH Bildu, al que pertenece Asirón (el alcalde de Pamplona). Por tanto, es innegable la relevancia e interés publico que tiene el cartel con un contenido polémico, abierto a la critica política», expone literalmente la sentencia.

La jueza destaca que el cartel era polémico y susceptible de crítica política, y que el tuit refleja discrepancias sobre una forma de hacer política y el uso de fondos públicos, aludiendo a la subvención a la asociación organizadora. También destaca que el mensaje apenas alcanzó las 2.000 visualizaciones, lo que, refleja el fallo, indica que tuvo una repercusión limitada. El presidente de Vox Navarra, José María García Elorz, ha celebrado el fallo: «Triunfa la libertad de expresión y esperamos que Asiron pague las costas de su bolsillo, no del de todos los pamploneses».

Publicidad