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Tribunales

Ordenan al Gobierno dar a una senadora del PP la información que reclamaba de Hacienda

El Supremo dice que «ni la generalidad de la petición ni el volumen» de esta son razones suficientes para denegarla

Ordenan al Gobierno dar a una senadora del PP la información que reclamaba de Hacienda

La senadora del PP Eva Ortiz. | A. Pérez Meca (Europa Press)

El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a la senadora del PP Eva Ortiz y ha ordenado al Gobierno que le entregue la información que había solicitado vía parlamentaria y que le había denegado por no precisar y dado el «volumen» de la misma: más de 9.000 informes de la Abogacía y la Intervención del Estado en el Ministerio de Hacienda.

Así se pronuncia la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en dos sentencias, a las que ha tenido acceso Europa Press, donde estima sendos recursos presentados por Ortiz contra las respuestas que le dio el Gobierno a dos solicitudes de información parlamentaria que efectuó en febrero y en junio de 2024.

En ellas reclamaba «la totalidad de los informes» emitidos entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2023 por la Abogacía y la Intervención del Estado en el Ministerio de Hacienda y sus organismos autónomos y demás sujetos dependientes. El Gobierno respondió a cada solicitud que «existen múltiples informes» y las peticiones realizadas no identifican «de forma suficiente» la información requerida, por lo que no se la proporcionó alegando que «sería necesaria una mayor concreción».

El Ejecutivo amplió esas respuestas iniciales para precisar que, en el caso de los informes solicitados de la Intervención, se trata de «alrededor de 5.000 informes» y «solo» de la Intervención Delegada en Hacienda, «sin organismos autónomos y demás entes dependientes»; y, en el caso de los emitidos por la Abogacía, «más de 4.000». En total, más de 9.000 informes.

En la respuesta que dio a la petición referida a los informes emitidos por la Abogacía, el Gobierno indicó que, si bien tal volumen «hace materialmente imposible atender la solicitud efectuada», «con el fin de compatibilizar el derecho de acceso de la senadora con la posibilidad material» de llevarlo a cabo, le ofreció «la posibilidad de acotar el expediente o materia que resulte de interés para la senadora» para enviárselos o darle «algún tipo de acceso» a los mismos.

Ortiz recurrió ante el Supremo al considerar que «la denegación de la información solicitada supone la violación de su derecho fundamental a la participación política», reivindicando que su petición es «un medio constitucionalmente garantizado para el correcto ejercicio de la función parlamentaria de control político sobre el Gobierno».

Condena en costas por hasta 4.000 euros

Para el alto tribunal, «las razones dadas por el Gobierno en sus respuestas no cabe reputarlas como suficientes en Derecho para no facilitar la documentación requerida por la senadora».

«Ni la generalidad de la petición ni el volumen de la información solicitada son razones técnicas de entidad suficiente que impidan facilitar la información requerida, cuando además esta afirmación esta huérfana de cualquier justificación de las razones o motivos técnicos concretos que impiden cumplimentar la petición de la senadora, acotada a los últimos cuatro meses del año 2023», afirma.

Además, el Supremo recuerda que «la información pública está comprendida en el derecho fundamental de los parlamentarios a la participación en los asuntos públicos», así como que «el interés público superior de la senadora reside en ejercitar el control de la acción de Gobierno, a través del conocimiento y evaluación de la información solicitada, y ello sin perjuicio del derecho a la protección de datos personales en los casos que resulte de aplicación».

En consecuencia, estima los dos recursos presentados por Ortiz y ordena «que por el Gobierno se le entregue, en plazo no superior a 30 días, la información solicitada». También condena en costas a la Abogacía del Estado hasta un máximo de 2.000 euros por asunto, un total de hasta 4.000 euros.

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