La Justicia reabre la causa sobre el muñeco de Sánchez apaleado en Ferraz en Nochevieja
La Audiencia de Madrid rechaza derivar el caso a la Audiencia Nacional al no ver delito de injurias y amenazas al Gobierno

Muñeco de Sánchez apaleado en Ferraz. | Diego Radamés (Europa Press)
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al Juzgado de Instrucción Número 26 de la capital que reabra la causa por un presunto delito de amenazas contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Los hechos se remontan al 31 de diciembre de 2023, cuando se linchó y apaleó a un muñeco que representaba al líder socialista frente a la sede del PSOE en la calle Ferraz de Madrid.
Los magistrados, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, estiman el recurso de la Fiscalía y parcialmente los presentados por el propio Sánchez y el PSOE, por lo que anula la decisión de la juez instructora de archivar el caso. Sin embargo, rechazan la otra petición de estos últimos.
Solicitaban derivar el caso a la Audiencia Nacional al entender que se trataba de un delito de injurias y amenazas contra el Gobierno. La Audiencia Provincial ha descartado esto. De igual forma, los magistrados rechazan que estos hechos puedan ser constitutivos de delitos de odio y de injurias. Indican, no obstante, que se trataría de un presunto delito de amenazas.
Loa magistrados indican que «la violencia de las imágenes del hecho, en las que la figura es colgada de una soga y golpeada con brutalidad, además de sufrir otras vejaciones simbólicas», «unida a la profusión de amenazas contra el destinatario y referidas a la sede del PSOE –‘colgadlo de los pies’, ‘hay que quemar Ferraz’, ‘a por Sánchez oé’–, (…) configuran un cuadro intimidante de suficiente intensidad como para, provisionalmente, hablar de amenazas graves».
«No puede apreciarse en este momento que tales amenazas tengan justificación suficiente en el libre ejercicio de la libertad de expresión, por más que se produjeran dentro de una manifestación de protesta cuya legitimidad, a priori, no parece discutible, independientemente de la ideología política que se encuentre detrás de su organización», dicen.
«La falta de educación no es delito»
El Juzgado de Instrucción 26 de Madrid había archivado la causa con la justificación de que «la falta de educación no es delito», así como que las expresiones empleadas ese día «no constituyen incitación al odio ni al presidente del Gobierno» ni el PSOE, por lo que «no deben ser perseguidas» por la Justicia. Además, aseguraba que «lo lógico» es que «aquellos que discrepen de un partido» puedan manifestarse en su sede.
Por su parte, el PSOE, en una denuncia de casi 60 páginas, apuntaba a un posible delito de incitación al odio por ideología política. Sin embargo, este tipo penal sólo es aplicable si se ejerce contra colectivos vulnerables, por lo que argumentaron que el partido fue perseguido durante la Guerra Civil y la dictadura franquista.