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Tribunales

El juez del Supremo pregunta a la Fiscalía si debe suspender de su puesto a García Ortiz

El magistrado Ángel Hurtador ha rechazado una serie de diligencias solicitadas por una acusación

El juez del Supremo pregunta a la Fiscalía si debe suspender de su puesto a García Ortiz

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. | EFE/ Kiko Huesca

El magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado, encargado de la causa contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha concedido un plazo de tres días a la Fiscalía y al resto de las partes implicadas para que se posicionen sobre la solicitud de suspenderlo provisionalmente de su cargo una vez se dicte el auto de apertura de juicio oral.

En la providencia, según explica Europa Press, Hurtado invita a todas las partes a “aleguen lo que a su derecho convenga” respecto a esta petición formulada por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), que ejerce la acusación popular en el caso. La solicitud llega después de que la Sala de Apelación confirmara este martes el procesamiento de García Ortiz, al estimar que impulsó y coordinó personalmente la filtración de información sobre la investigación por delitos fiscales contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La APIF argumenta en su escrito que la suspensión es “imprescindible para garantizar el correcto desarrollo del proceso”. Según la asociación, si García Ortiz permanece en su puesto durante el juicio oral, actuaría como superior jerárquico del fiscal designado, lo que podría permitirle impartir órdenes. “Evidentemente, esto provocaría una distorsión inaceptable: el fiscal designado, en vez de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, actuaría al servicio del propio acusado“, sostiene la APIF. Añaden que esta medida es necesaria para evitar una situación que “dinamitaría los principios constitucionales que rigen el funcionamiento del Ministerio Fiscal”.

En paralelo, el magistrado ha levantado la suspensión de la tramitación de la causa que había decretado el pasado 14 de junio, a la espera de resolver los recursos de apelación contra el auto de procesamiento de García Ortiz y de la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez. La Sala de Apelación, integrada por los magistrados Andrés Palomo, Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres, confirmó el procesamiento del fiscal general pero archivó la causa contra Rodríguez por falta de indicios suficientes.

La Sala de lo Penal del Supremo también ha desestimado el recurso de la APIF contra la decisión del instructor de denegar varias diligencias solicitadas. Entre ellas, la asociación pedía que la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil verificara en el teléfono de García Ortiz la presencia de números como los de la exasesora de Moncloa Pilar Sánchez Acera, el jefe de Gabinete de Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, y varios periodistas. Además, solicitaba requerir a la jefa de la Inspección Fiscal, María Antonia Sanz Gaite, tres expedientes de dación de cuenta relacionados con González Amador, basándose en el testimonio de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, quien afirmó que debían existir expedientes en la Fiscalía Provincial, la Superior y la General del Estado.

Los magistrados comparten el criterio de Hurtado sobre la primera diligencia, argumentando que “los datos del teléfono del investigado no pueden suponer un dato fiable, en tanto que borró todos sus mensajes”. Remiten al auto del instructor del 30 de abril de 2025, donde se detalla el contenido de comisiones rogatorias de Irlanda y Estados Unidos que corroboran el borrado, y se levanta el secreto sobre las piezas separadas para el análisis pericial.

Respecto a la segunda diligencia, la Sala recuerda que la causa no se abrió por prevaricación, sino por revelación de datos o infidelidad en su custodia, afectando a un ciudadano investigado por Hacienda y la Fiscalía. Consideran la petición “superflua”, ya que “ni se nos dice en el escrito qué elementos hay en lo actuado que pudieran servir de soporte a tal delito, ni los encuentra este instructor”.

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