The Objective
Tribunales

Una sentencia del Supremo abre la puerta a condenar a pena de prisión a Begoña Gómez

Dos concejalas del PSOE en Paiporta fueron condenadas por usar a empleados municipales para trabajos personales

Una sentencia del Supremo abre la puerta a condenar a pena de prisión a Begoña Gómez

Pedro Sánchez y Begoña Gómez. | EFE

Existe un precedente judicial en el Tribunal Supremo que llevaría a Begoña Gómez -esposa de Pedro Sánchez– a un escenario penal preocupante. Especialmente en vista de las pruebas documentales ya presentadas que demostrarían que su asistente personal, contratada por Moncloa y también imputada, hizo trabajos de gestión para su cátedra. Se trata de una sentencia de junio de 2014 en la que el Alto Tribunal confirmó la condena a dos concejales del PSOE en el Ayuntamiento de Paiporta (Valencia) a penas de un año de prisión por malversación, uno de los cinco delitos que se le imputa a Gómez.

Las concejales condenadas recurrieron a empleados de los servicios municipales, en su horario de trabajo, para hacer trabajos en sus propias viviendas: desde una mudanza hasta arreglos de carpintería, e incluso desplazar a una limpiadora para adecentar un chalet. El Supremo estimó que el uso de funcionarios públicos en beneficio propio durante su jornada laboral, incluso aunque «el hecho ocurriera una sola vez», provocó un perjuicio económico al Ayuntamiento.

Se trata de la sentencia número 470/2014 de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 11 de junio de 2014 por la que se condenó respectivamente a un año y seis meses de cárcel (más multas de 1.200 y 600 euros e inhabilitación) a las concejalas de Servicios Sociales y de Interior.

La primera recurrió a empleados municipales de la Brigada de Obras y Servicios para realizar una serie de trabajos de carpintería relacionados con una puerta de su segunda residencia. A esa misma vivienda acudían -sin remuneración extra y en su tiempo de trabajo- limpiadoras del ayuntamiento. Lo hacían habitualmente los viernes, antes de Semana Santa y en verano. Es decir, en las fechas inmediatamente previas a disfrutar de esa residencia de descanso. Otros operarios trasladaron leña en invierno para una chimenea.

En el segundo caso, la concejala de Interior recurrió a empleados municipales para que fuesen con un camión del ayuntamiento a su vivienda, la vaciasen de enseres y la trasladaran a otra vivienda. Una mudanza gratis en pleno horario laboral.

Ambas fueron absueltas en un primer momento, algo que el Tribunal Supremo consideró posteriormente «a todas luces injustificable». Según el Alto Tribunal, «puede llegar a suponer toda una invitación a transgredir las líneas rojas que debe respetar todo representante público». «Cuando se traspasan los límites de la legalidad, aunque sea un poco, ya no hay límite en la medida que se está en el campo de la ilegalidad, y en esta situación no puede operar el principio de mínima intervención», añadía la sentencia.

En ese punto, el Supremo entiende que la malversación de caudales, según la doctrina de la Sala, no ha de entenderse únicamente por puro dinero, sino que «dentro del concepto amplio de caudales integra la utilización en beneficio privado del trabajo de empleados públicos».

Por su parte, la Fiscalía entendió que «el hecho de utilizar a cualquier trabajador o empleado municipal para un fin ajeno a la función pública y en beneficio propio o ajeno supone la comisión del delito de malversación con independencia de que el hecho ocurriera una sola vez, porque en todo caso existe un perjuicio para el Ayuntamiento en la medida que dentro de su jornada laboral prestaron su fuerza de trabajo no para el interés público municipal, sino el privado en cuyo favor se les hizo trabajar con el consiguiente perjuicio económico para el Ayuntamiento». «En el presente caso, se encuentran todos los elementos del delito de malversación», señalaba la sentencia.

La ayudante de Begoña Gómez

El paralelismo entre este caso y el caso Begoña Gómez es «enorme» a ojos de fuentes jurídicas consultadas por THE OBJECTIVE. Y en ello es clave la figura de su ayudante en Moncloa, contratada por su expreso deseo y cuyas tareas no debían exceder de las de asistir a la mujer del presidente en tareas relacionadas con ese parentesco, no más allá. La investigación judicial ha puesto el foco en el papel de esta asesora, contratada con fondos públicos, que habría asumido funciones más propias de una asistente personal y empresarial que de un cargo estrictamente institucional.

La empleada, seleccionada como persona de confianza de Begoña Gómez, percibía un sueldo de 52.000 euros brutos con cargo al Estado. Su labor debía centrarse en cuestiones de protocolo y asistencia derivadas de la posición de la esposa del presidente del Gobierno, pero según ha trascendido, sus funciones se extendieron a la gestión de la agenda personal y profesional de Gómez. El problema surge en ese punto: que una empleada pública utilizara recursos oficiales, como el correo de Presidencia, para coordinar actividades privadas, incluidas reuniones y contactos vinculados a proyectos empresariales relacionados con sus másters.

El caso se agrava porque la propia ayudante ha admitido que realizó gestiones de carácter personal, aunque lo haya justificado como favores puntuales. Algo que, como ya quedaba patente en la sentencia del Supremo arriba citada: que sea algo esporádico no anula el posible delito, por lo que la declaración de la ayudante ya se podría entender como una confesión.

Los correos: «Me dice Begoña…»

En sede judicial, Begoña Gómez defendió que su asistente solo conocía su agenda privada para evitar solapamientos con la institucional, pero negó que la ayudara de manera habitual en sus negocios. Sin embargo, la documentación incautada apunta a un posible trasvase de tareas que podrían encajar en la tipificación de malversación, dado que se habrían empleado horas de trabajo y medios públicos en beneficio particular.

La Fiscalía y el juez del caso tienen en sus manos correos electrónicos y registros que podrían demostrar que la ayudante actuó con un papel más amplio del que oficialmente le correspondía. Por ejemplo, en uno concreto enviado en febrero de 2024 a la directora de comunicación institucional de la aseguradora Reale, patrocinadora de la cátedra de Begoña Gómez, en el que la asesora de la mujer de Sánchez le traslada su interés en que se mantenga vivo ese patrocinio. «Me dice Begoña que te traslade que le encantaría que sigáis como patronos de la cátedra, aunque sea con una cantidad inferior. Dispuestos a colaborar con vosotros en lo que necesitéis», decía textualmente ese correo.

No es el único, ya que figuran otras comunicaciones en las que la asesora planifica y organiza otros eventos relacionados con la cátedra de Gómez de Transformación Social Competitiva en la Universidad Complutense.

Publicidad