La Fiscalía pide de nuevo archivar la principal causa contra Begoña Gómez
El fiscal recalca que la «mera relación» con Sánchez no basta para imputarle un delito de tráfico de influencias

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez.
La Fiscalía ha reiterado este lunes que no hay indicios para mantener abierta la causa judicial contra Begoña Gómez y ha argumentado que «la mera relación conyugal» con el presidente del Gobierno «no puede operar como una suerte de presunción» de que pudo incurrir en tráfico de influencias.
Es uno de los argumentos que plasma el fiscal en el escrito presentado ante el Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, que este lunes ha acogido una vista para concretar la imputación contra Gómez, su asesora, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés en la parte principal de la causa.
Durante la vista, a la que no han acudido los investigados, el fiscal ha solicitado el archivo de la causa, como hizo con la pieza relativa a una presunta malversación, informan a EFE fuentes jurídicas.
En paralelo, ha presentado un escrito -como determina la ley- en el que argumenta esa petición y descarta que haya indicios de ninguno de los cuatro delitos que centran esta causa -tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo y apropiación indebida- respecto a los investigados.
Porque, «más allá de consideraciones éticas o estéticas, conveniencia o inconveniencia de ciertas actuaciones», esa mera relación conyugal con Pedro Sánchez no es suficiente para investigar a Begoña Gómez, presuponiendo además un «beneficio económico» que «sería preciso determinar» y no ha sido precisado.
El juez Peinado, que ha propuesto que las dos ramas de la causa, en caso de llegar a juicio, sean juzgadas por un jurado popular, indaga en esta parte principal si Gómez influyó a favor de las empresas de Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de contratos públicos, así como su rol en la cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid, incluido el patrocinio empresarial de un ‘software’ para la misma.
Pero el fiscal subraya en su escrito, al que ha tenido acceso EFE, que para que haya un presunto tráfico de influencias es necesario saber «cómo, cuándo, dónde, sobre quién se ha ejercido el prevalimiento», pues «la mera presencia de la persona no puede ser sin más influencia».
Y en este procedimiento, en su opinión, «se ha hablado de tráfico de influencias con cierta generalidad, sin precisar ni concretar una imputación con unos hechos concretos y determinados y basados en pruebas o indicios reales y objetivos».
Para la Fiscalía, «no hay elemento objetivo ninguno» que pueda llevar a afirmar que Begoña Gómez «se ofreciera a ejercer su influencia y desplegar eficazmente su ascendencia sobre terceros», ni «hay elementos que permitan hablar de soborno, presente, dádiva o remuneración o contraprestación de ningún tipo».
Descarta también que haya indicios de intrusismo respecto a la redacción de unos pliegos relacionados con la universidad, o de corrupción en los negocios porque, «aparte de las conjeturas en materia probatoria», este delito no es aplicable al caso.
Y rechaza asimismo una presunta apropiación indebida de un software de la cátedra: no hay «elemento probatorio de respaldo, a pesar de la exhaustiva indagación realizada», ni «parece factible hablar de un enriquecimiento paralelo subrepticio, aun a pesar de la también exhaustiva y desorbitada indagación sobre cuentas bancarias e información patrimonial de la investigada».
El fiscal subraya que no hay «elementos objetivos de criminalidad» respecto a Barrabés y cree que la imputación de Cristina Álvarez, la asesora de Gómez, «no resulta justificada»: si no se advierte la influencia de Begoña Gómez, «menos aún resulta posible atribuir y construir un delito de tráfico de influencias respecto» de su asesora, dice.
«Salvo que queramos forzar los tipos penales, acudir a hipótesis fabulosas y ausentes de correlación con lo actuado, y con presunciones en contra de los investigados», añade el fiscal, que pide el sobreseimiento libre de la causa.