La juez de la dana pide identificar a los técnicos que daban explicaciones el 29-O y más vídeos
La magistrada ha acordado la citación como testigo del jefe de explotación de la Plataforma operativa 112 CV

Imagen del Cecopi aportada por la representación de Salomé Pradas. | Europa Press
La juez de Catarroja (Valencia) que investiga la gestión de la dana pide a la Conselleria de Emergencias que identifique a los dos técnicos que aparecen en los vídeos que conserva dicho departamento y que aparecen dando explicaciones a los dos investigados en la causa, la exconsellera de Interior, Salomé Pradas, y el que fuera su ‘número 2’, Emilio Argüeso. Igualmente, la magistrada acuerda la citación como testigo del jefe de explotación de la Plataforma operativa 112 CV.
También se dirige a RTVE Comunidad Valenciana para que remita al Juzgado, en el plazo de tres días, copia del vídeo, con imagen y sonido, de 25 segundos de duración que se emitió el día 9 de octubre de 2025, grabado el 29-O, en el que el ‘president’ de la Generalitat, Carlos Mazón, informa a varias personas de que se ha decretado una alerta hidrológica, en presencia de dos de sus conselleras.
«Y ello, dado que permite determinar el nivel de conocimiento que la Administración autonómica, con competencias en el control de la emergencia, y en el seguimiento de los barrancos, tenía de la referida alerta hidrológica, tanto en el río Magro, como en el barranco del Poyo», señala.
La instructora ha dictado cuatro nuevos autos dentro de la causa penal que se ocupa de la gestión de la trágica barrancada que el 29 de octubre de 2024 costó la vida a 229 personas.
En una de las resoluciones, facilitadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), la juez Nuria Ruiz Tobarra acuerda, a solicitud de la acusación popular que ejerce Acció Cultural del País Valencià, requerir a la productora de televisión contratada por la Conselleria de Emergencias para que remita los brutos de dos vídeos.
También solicita a este departamento del gobierno valenciano para que identifique a los dos técnicos que aparecen en los vídeos que conserva dicho departamento y que aparecen dando explicaciones a los dos investigados. Además, acuerda la citación como testigo del jefe de explotación de la Plataforma operativa 112 CV.
Rechazar incorporar entrevistas de Mazón
En otro de los autos, la magistrada rechaza incorporar al procedimiento las recientes entrevistas concedidas por el presidente de la Generalitat Valenciana a diversos medios de comunicación, como pretendía la acusación popular que ejerce Intersindical, al entender que no pueden sustituir una declaración judicial.
En concreto, razona: «Las declaraciones que efectuó el president de la Generalitat, que en lo que corresponde a A punt, de acceso general al haber sido difundidas por un medio público, y las de los otros medios, poseen una doble vertiente: refieren una versión de cómo se produjeron los hechos, exculpatoria de la Administración autonómica, fundada en una supuesta ausencia de información proporcionada por parte de las agencias estatales Aemet y la CHJ, y el ‘president’ manifestó que no tomó ninguna decisión respecto de la emergencia, estimando que el control de la misma correspondía exclusivamente a la consellera de Emergencias».
«El primer bloque de manifestaciones ha sido reiterado en diversos momentos y lugares, con algunos matices, no solo por parte del presidente de la Generalitat, sino por diversos cargos políticos, los propios investigados, desde prácticamente los días siguientes al 29 de octubre de 2024. No constituyen prueba alguna ni poseen relevancia en la tramitación de la causa al objeto de ser unidas», considera la magistrada.
Y, respecto de la otra vertiente de sus declaraciones, «consistentes en la afirmación de que no poseía ningún tipo de responsabilidad sobre el control de la emergencia, que no dio ningún tipo de orden ni instrucción sobre la misma, que no participó en los avisos a la población, ha de señalarse que la incorporación de dichas declaraciones se habría de producir si se hiciera uso por el presidente de la Generalitat de la facultad de declarar como investigado en el presente procedimiento».
«Lo contrario –advierte– sería sortear dicha facultad, que es también una garantía, no solo una carga, que se ha ofrecido previamente». En definitiva, dice, «no se puede sustituir una declaración de investigado, que conlleva la oportuna asistencia letrada con los derechos a no declarar contra sí mismo y no confesarse culpable, entre otros, por entrevistas, lo que conculcaría sus derechos» y «tampoco puede servir como una suerte de declaración testifical».
Recuerda en este punto que dicha prueba de declaración de Mazón como testigo «no fue acordada precisamente por la ausencia de garantías para el declarante, en tanto que estaría obligado a decir verdad y sin asistencia letrada, dada la facultad antedicha que se otorgó en su momento al presidente de la Generalitat Valenciana de declarar como investigado».
Y, en otra parte del mismo auto, la magistrada asevera que «las afirmaciones que fuera del proceso se viertan por cualquier medio o persona, sobre la falta de información de cauces y barrancos, sobre la causa del envío del sistema ES-Alert a las 20:11 horas relacionándola solo con la presa de Forata, la ausencia de alerta hidrológica por la tarde en el barranco del Poyo, se han de situar en la mera ficción o en la autoficción, según de quien provengan, y han de rebatirse en su caso en el seno del procedimiento, en el supuesto de que se pretenda hacerlas valer como tesis exculpatorias o incriminatorias».
En cambio, la juez sí acuerda requerir a la Conselleria de Emergencias para que remita copia de los documentos que acrediten las actuaciones preventivas y de preparación informadas en el Consell ante la alerta roja decretada por la Aemet el 29-O.
También requiere a RTVE para que remita al juzgado copia del vídeo, con imagen y sonido, que dicha cadena emitió el 9 de octubre de 2025, en el que el presidente de la Generalitat «informa a varias personas de que se ha decretado una alerta hidrológica, en presencia de dos de sus conselleras».
Guardia Civiles
En un tercer auto, se desestima el recurso de reforma de una acusación particular que pedía que declarasen los guardias civiles que elaboraron un informe, así como los jefes de Sección y del Área de Explotación de la CHJ.
Finalmente, la instructora, en el cuarto de los autos notificados este lunes a las partes, desestima el recurso de reforma interpuesto por la defensa del ex secretario autonómico de Emergencias investigado en la causa, Emilio Argüeso, por el que se solicitaba, por un lado, la admisión de un informe elaborado por la Guardia Civil y la citación de sus autores para ratificarlo en sede judicial y, por otro lado, que se dejase sin efecto la incoación de pieza separada contra el letrado del propio Argüeso.