El juez del Supremo deja a Ábalos en libertad, pero mantiene las medidas cautelares
Puente sostiene que el riesgo de fuga no es «lo suficientemente intenso» y se alinea con la Fiscalía

El exministro José Luis Ábalos a su salida del Supremo este miércoles. | J.J. Guillén (EFE)
José Luis Ábalos seguirá en libertad. El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado este miércoles decretar prisión provisional, comunicada y sin fianza, como solicitaba la acusación popular porque el riesgo de fuga no es «lo suficientemente intenso». El magistrado sigue la línea del fiscal Anticorrupción, Alejandro Luzón, que ha descartado pedir esa medida excepcional. La vistilla se ha celebrado después de que el exministro rechazara declarar al sentirse indefenso tras despedir hace dos días a su abogado, José Aníbal Álvarez, por «diferencias irreconciliables». Una decisión que el instructor consideró «en fraude de ley» obligando al letrado a acudir a la sesión.
En el auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, Puente sostiene que el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil «viene a incrementar, siempre en los términos indiciarios que resultan propios de este momento procesal, la existencia y robustez de los mencionados indicios, poniendo de relieve que el investigado, sin hacer uso de cantidad alguna en metálico procedente de sus cuentas bancarias durante varios años, efectuó, sin embargo, significativos ingresos en metálico en esas mismas cuentas».
«Y no solo eso, sino que, además, se pone de manifiesto la existencia de muy estrechos vínculos entre los patrimonios de Ábalos y del también investigado en esta causa Koldo García», insiste el auto del magistrado. Puente ha descartado que en este momento exista riesgo de que el exministro vuelva a delinquir o de que altere pruebas. No obstante, coincide con el fiscal en que concurre «un riesgo cierto, aunque no lo suficientemente intenso» de que el actual diputado del Grupo Mixto «pueda sustraerse a la acción de la justicia».
Evidencias contra Ábalos
La acusación popular ha reclamado una fianza de 650.000 euros para eludir la prisión. La misma cantidad que el empresario Víctor de Aldama reconoció haber entregado a Ábalos en concepto de mordidas. El Ministerio Público, en cambio, ha solicitado mantener las medidas cautelares en vigor desde febrero: retirada de pasaporte, prohibición de viajar al extranjero y comparecencias quincenales en el juzgado. Puente ya avisó al exministro en el auto de este martes de que celebraría la vistilla para revisar su situación.
Ábalos ha rechazado declarar en su cuarta citación al Supremo. El exministro ha manifestado su voluntad de acogerse a su derecho a no responder tras las circunstancias que han rodeado su declaración. El actual diputado del Grupo Mixto inició su intervención asegurando que se sentía indefenso y que el fraude de ley al que aludió Puente en su auto se habría producido si hubiese dejado el acta de diputado. Durante la sesión se ha producido un pequeño rifirrafe, ya que Puente ha dado un toque de atención al exdirigente socialista por interrumpirle de forma constante: «Esto no es el Congreso».
La acusación pretendía que el juez acordara prisión para Ábalos al entender que existe riesgo de fuga y destrucción de pruebas. Consideran definitivas las evidencias del último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que apuntala cómo el exministro habría manejado grandes cantidades de dinero en efectivo. El documento recoge «consistentes indicios» de que entre los patrimonios de este y Koldo García «podrían existir significativas zonas de intersección». El juez sospecha que el asesor «vendría haciéndose cargo regularmente de pagos que corresponderían» al actual diputado del Grupo Mixto.
Los investigadores detectaron que Ábalos desembolsó 95.000 euros sin justificación bancaria, entre los que destacaba casi 21.000 euros de gastos «personales» con cargo a «una fuente de ingresos no declarada». La UCO también reflejó que el PSOE pagó al exministro con dinero en efectivo mediante sobres, pero no la cantidad que había reconocido el partido en el documento que remitió al Supremo.
Cese del abogado
El informe de la UCO también reveló que Koldo García y su esposa utilizaban un lenguaje en clave para hablar del dinero que gestionaban como «custodios» del patrimonio de Ábalos. Se referían a él como «chistorras» (billetes de 500 euros), «soles» (200 euros) y «lechugas» (100 euros). Este diario ha publicado fotos exclusivas de que el exministro guardaba cajas, sobres y carpetas con dinero en un armario bajo llave.
Puente ya acordó en junio varias medidas cautelares contra Ábalos. Entonces le retiró el pasaporte para impedirle viajar al extranjero y le obligó a comparecer cada 15 días en el juzgado, tal y como solicitaba la Fiscalía Anticorrupción. Son las mismas medidas que Alejandro Luzón solicitó para el empresario Víctor de Aldama y para Koldo García. Las acusaciones populares respaldaron la petición, aunque reclamaron la entrada en prisión del exministro, investigado por tráfico de influencias, cohecho, malversación y organización criminal.
Los mismos delitos que el juez imputa a Santos Cerdán, al que Puente envió a prisión el pasado 30 de junio tras atribuirle un rol de «cierta preeminencia» en la trama. El ex secretario de Organización del PSOE negó durante su declaración haber cobrado mordidas a cambio de amaños de obra pública y se presentó como víctima de una persecución por negociar con PNV y Bildu. También se desvinculó del documento que le relaciona con Servinavar, la empresa beneficiada con adjudicaciones millonarias. El magistrado pretende dejarlo en Soto del Real (Madrid) hasta finales de diciembre.
El exministro comunicó el pasado lunes al Supremo que renunciaba a la representación de José Aníbal Álvarez por «diferencias irreconducibles». El exministro señaló en su escrito que tomó la decisión tras «un deterioro irreversible de lo que debiera ser una relación basada en la confianza». El juez considera que la maniobra carece de «justificación razonable» y tiene como propósito «provocar de forma indebida la suspensión de vistas o comparecencias oportunamente señaladas».