El Supremo desestima el recurso contra la fianza de 75.000 euros impuesta a García Ortiz
El juez fijó esa cantidad para asegurar eventuales responsabilidades pecuniarias del fiscal general

García Ortiz durante la inauguración del Memorial del artista Francesc Abad el pasado 22 de septiembre. | Europa Press
Varapalo del Tribunal Supremo al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de apelación que presentó en su nombre la Abogacía del Estado contra la decisión del juez de fijar una fianza de responsabilidad civil de 75.000 euros. Con ese dinero se pretende asegurar las eventuales responsabilidades pecuniarias que se le puedan imponer en el juicio por revelación de secretos que se celebrará contra él a partir del próximo 3 de noviembre.
La Abogacía del Estado, que defiende a García Ortiz y a cuyo recurso se adhirió la Fiscalía, sostenía entre otros motivos que el fiscal general estaría exento de la prestación de fianza de acuerdo a la Ley de Asistencia Jurídica del Estado. El Supremo sostiene que la norma citada debe interpretarse en relación con los preceptos del Código Penal, que distingue entre la responsabilidad civil del Estado y la responsabilidad de sus autoridades, funcionarios y agentes.
El auto de la Sala de Apelación al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE destaca que el Ministerio Fiscal forma parte de los órganos del Estado, pero añade que la interpretación del artículo 12 de la Ley de Asistencia Jurídica del Estado «no puede conducir a extender la eficacia de la exención a las autoridades o funcionarios públicos que se integran en los distintos órganos del Estado y frente a los que se siga un procedimiento penal por su actuación personal en el ejercicio de sus funciones. Estos últimos tienen una responsabilidad civil directa y deben responder con su propio patrimonio por lo que es de todo punto coherente que la responsabilidad que pueda declararse en la sentencia sea objeto de medidas cautelares como la prestación de fianza».
García Ortiz, a juicio
El tribunal también ha rechazado que la decisión del juez Ángel Hurtado carezca de motivación, o que la cuantía finalmente impuesta (que el instructor redujo de 150.000 a 75.000 euros) sea desproporcionada. García Ortiz hizo frente a la fianza por responsabilidad civil con su patrimonio. Como avanzó este diario, usó la revalorización de su piso como aval para cubrir la garantía impuesta.
«En relación con la alegada desproporción de la cantidad finalmente establecida o supuestos errores de cálculo, venimos reiterando que el cálculo del daño moral es de extraordinaria dificultad y no es susceptible de reconducirlo a criterios matemáticos, de forma que está sometido a la discrecionalidad del tribunal, que deberá justificar su existencia y su intensidad o relevancia a fin de cuantificar su valoración económica para no incurrir en arbitrariedad», insisten los magistrados.
Puente abrió el pasado 9 de septiembre juicio oral contra García Ortiz y le impuso una fianza de 150.000 euros para hacer frente a responsabilidades pecuniarias. El juez le dio un plazo de cinco días para depositar dicha cantidad bajo amenaza de iniciar un proceso de embargo de sus bienes. Dos de las tres asociaciones profesionales y la oposición exigieron la dimisión del fiscal general, aunque este descartó dejar su puesto avalado por la confianza del Gobierno.
Una semana más tarde, el magistrado rectificó y rebajó a 75.000 euros la fianza al fiscal general. El magistrado corrigió su decisión tras descontar el importe de una eventual multa, según el criterio del Tribunal Constitucional. La acusación particular, ejercida por Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, solicitó duplicar la cantidad (hasta los 300.000 euros) al considerar que los daños morales sufridos como consecuencia del «relato político» no han cesado ni un día.
