Un juez avala la «preocupación» de la Abogacía de Madrid por el pacto entre PSOE y Junts
El Colegio denunció que su contenido ponía «en cuestión principios fundamentales como la separación de poderes»

Jordi Turull, Pedro Sánchez y Miriam Nogueras | Carlos Luján (Europa Press)
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Madrid ha desestimado un recurso presentado contra la declaración institucional aprobada por el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) el 9 de noviembre de 2023, en la que la Junta de Gobierno expresó su preocupación por los términos del acuerdo político suscrito entre el PSOE y Junts, ha informado el ICAM en un comunicado.
En este marco, el Colegio denunció que su contenido ponía «en cuestión principios fundamentales del orden constitucional como la separación de poderes, la independencia judicial o el respeto a la función jurisdiccional». En concreto, el texto colegial rechazaba de forma explícita «el uso del término lawfare para referirse a la actuación de los tribunales y alertaba del riesgo que suponía la creación de comisiones parlamentarias con intención de fiscalizar decisiones judiciales», según recoge Europa Press..
La sentencia, dictada el 4 de noviembre, confirma ahora que el acuerdo colegial se ajusta a Derecho, no incurre en desviación de funciones ni vulnera el principio de neutralidad institucional. La resolución subraya que el ICAM actuó dentro del marco de competencias que le atribuyen tanto el Estatuto General de la Abogacía como sus propios estatutos, que le habilitan para pronunciarse en defensa del Estado de Derecho y de los valores constitucionales.
Tras conocer la sentencia, la Junta de Gobierno del ICAM ha expresado su satisfacción por un fallo que «reconoce expresamente la legalidad, legitimidad y adecuación a Derecho del acuerdo aprobado por el ICAM, descartando cualquier vulneración del principio de neutralidad institucional y subrayando que las manifestaciones contenidas en el acuerdo no constituyen una toma de partido político, sino el ejercicio legítimo de funciones colegiales previstas en los estatutos».
Dicha declaración, adoptada por unanimidad en sesión extraordinaria de la Junta de Gobierno, se enmarcó en «una serie de iniciativas públicas del ICAM que han recibido un amplio respaldo de la abogacía madrileña, incluida una masiva campaña de adhesión de colegiados y un apoyo sin precedentes de los principales despachos de abogados del país, que reconocieron en el ICAM un referente en la defensa activa del orden constitucional y de las garantías propias del Estado de Derecho».
En coherencia con ese posicionamiento, la Junta de Gobierno celebra con «enorme satisfacción» la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo no 9 de Madrid, que desestima de forma íntegra el recurso interpuesto contra la mencionada declaración institucional por parte de la asociación ALA (Asociación Libre de Abogadas y Abogados).
Legitimidad del acuerdo
La resolución judicial reconoce expresamente la legalidad, legitimidad y adecuación a Derecho del acuerdo aprobado por el ICAM, descartando cualquier vulneración del principio de neutralidad institucional y subrayando que las manifestaciones contenidas en el acuerdo no constituyen una toma de partido político, sino el ejercicio legítimo de funciones colegiales previstas en los estatutos.
La sentencia, además, rechaza la supuesta falta de urgencia, la pretendida nulidad del acuerdo y, de forma concluyente, la legitimación activa de la asociación demandante, al no haber acreditado perjuicio alguno derivado del acuerdo colegial. En consecuencia, «se refuerza judicialmente el papel del ICAM como garante del interés público en el ámbito jurídico y como voz autorizada y neutral en la defensa de los valores constitucionales».
