El Supremo archiva la querella de Vox por el gasto en repatriar activistas de la Flotilla
La querella se dirigía Pedro Sánchez, José Manuel Albares y Margarita Robles

Embarcación de la Flotilla de la Libertad sale del puerto de Catania, Italia. | Orietta Scardino (Europa Press)
El Tribunal Supremo ha archivado la querella de Vox contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por el pago de los billetes de avión para repatriar a activistas españoles detenidos en Israel tras participar en la Flotilla y el envío de un buque para prestar apoyo consular a dichos ciudadanos.
La querella se dirigía también contra el ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, y la ministra de Defensa, Margarita Robles.
Dice el Supremo que no concurren los elementos típicos de los delitos de malversación y de prevaricación recogidos en la querella y que de su examen se desprende que los hechos «se circunscriben a decisiones gubernamentales legítimas dentro de las competencias constitucionales en política exterior y defensa».
Todo ello, añade, «sin que se acrediten indicios racionales» de delito «evidenciándose que la querella responde a un propósito político sin base fáctica penalmente relevante».
Explica que «el despliegue de aquel buque no constituye desviación de fondos, sino un acto político y operativo amparado en competencias constitucionales», por tanto, «la fiscalización de su oportunidad corresponde al ámbito parlamentario o político, no penal».
Y en relación con los billetes de avión, esa actuación se enmarca dentro de las funciones consulares y de protección diplomática del Estado así como de la orden que regula ayudas excepcionales de repatriación por razones humanitarias o de interés público.
Al respecto, el tribunal señala que «es cierto que la norma exige determinados requisitos, pero la eventual falta de cobertura reglamentaria o la discrecionalidad política en su aplicación no trascienden al ámbito penal, sino al administrativo o político».
Todo ello, además, dejando claro que «en ningún caso se advierte ánimo de lucro ni apropiación de fondos públicos» y señalando que «los billetes beneficiaron a ciudadanos españoles en el ejercicio de una función consular legítima» a partir de una decisión que «se adopta en el marco de la política exterior del Gobierno, sin contradicción palmaria con el ordenamiento jurídico».
