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Tribunales

El juez da diez días al 12 de Octubre para reabrir un caso de acoso por vejaciones a un médico

La sentencia en firme confirma que el demandante sufrió «trato degradante» por parte del jefe de cardiología

El juez da diez días al 12 de Octubre para reabrir un caso de acoso por vejaciones a un médico

Fachada Hospital 12 de Octubre. | EP

Sentencia firme: el Hospital Universitario 12 de Octubre de Madrid —referente en cardiopatía— deberá reabrir en un plazo máximo de diez días el protocolo de acoso laboral archivado en su día tras una sentencia que reconoce el «trato degradante» de un superior hacia un cardiólogo del centro. El Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo número 2 de Madrid ya sentenció los hechos en el mes de octubre, como adelantó THE OBJECTIVE. Ahora, transcurrido el plazo legalmente previsto (15 días) sin que la Consejería de Salud de Madrid haya interpuesto recurso alguno contra la sentencia dictada en estas actuaciones, la letrada acuerda firme la resolución jurídica y da un plazo de diez días, a contar desde su recepción, para que el centro hospitalario abra el protocolo de acoso laboral, según se desprende de las diligencias a las que ha tenido acceso este medio.

Los hechos se sitúan en el Servicio de Cardiología del Hospital 12 de Octubre, en el marco de discrepancias con la jefatura del servicio. Hay que remontarse a julio de 2024, cuando dos excardiólogos del Hospital 12 de Octubre de Madrid interpusieron dos demandas contra el jefe de servicio de Cardiología y un jefe de sección por presunto acoso laboral continuado durante más de una década. Una situación que ha llevado a los dos especialistas a cambiar de centro tras varias excedencias y bajas médicas por depresión.

La sentencia analiza documental, pericial y testificalmente el contexto de jefatura y organización del servicio, y aunque no encuentra «acoso laboral» en el sentido técnico, sí considera acreditado un trato degradante que vulnera el artículo 17.f de la Ley 55/2003 (Estatuto Marco del personal estatutario). De esta forma, confirma como hecho probado que el jefe de servicio de cardiología menospreciaba al demandante en repetidas ocasiones tildándolo con expresiones como «enano» y «enano cabrón», no solo en su presencia sino también ante compañeros, quedando constancia de que tales expresiones «carecen de justificación y suponen una vulneración de la dignidad profesional». El juez considera probado el trato irrespetuoso y de menosprecio, desechando la tesis de que se tratara de bromas o apodos cariñosos, especialmente cuando el demandante no estaba presente.​

Ahora el hospital madrileño referente en cardiopatía deberá reabrir el protocolo de acoso laboral, y destaca la obligación de la administración y los servicios hospitalarios de garantizar un entorno de trabajo basado en el respeto, la consideración y la corrección entre superiores, compañeros y subordinados. Reabrir el protocolo interno de conflicto y/o acoso en el hospital implica que la dirección debe iniciar un procedimiento formal y reglado conforme al Protocolo de Prevención y Actuación ante situaciones de conflictos internos y acoso en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.​

El hospital adquiere la obligación de actuar de manera proactiva para reparar y prevenir situaciones que vulneren la dignidad profesional, incluyendo la revisión y modificación de las dinámicas de trabajo y de relaciones interpersonales en el Servicio de Cardiología, el seguimiento institucional -con la posibilidad de que la Comisión de Conflictos intervenga si las primeras medidas no son efectivas o si las partes lo solicitan en plazo- y la adopción, en cualquier momento del proceso, de medidas cautelares para proteger a los trabajadores, como cambios de funciones, separación física, orientación psicológica, ajustes organizativos provisionales y/o apertura de expedientes disciplinarios.

 Sigue pendiente el juicio en el tribunal de lo contencioso-administrativo de otro excardiólogo demandante contra el mismo Servicio de Cardiología (señalado en enero de 2026), así como dos juicios pendientes de celebrar en el juzgado de lo laboral contra los jefes de servicio, por vulneración de derechos fundamentales.


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