El Supremo confirma prisión permanente al asesino de su hijo y su mujer en Mallorca
El condenado tenía dos denuncias previas de su esposa por violencia de género y una orden de protección

Fachada del Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a prisión permanente revisable a Ali Khouch, el asesino confeso de su mujer embarazada y su hijo de 7 años en la localidad mallorquina de Sa Pobla en 2021, la primera que se dictó en Baleares.
Los hechos ocurrieron la noche del 16 de mayo de 2021, en el domicilio familiar de Sa Pobla, cuando Ali Khouch «sorpresiva e inopinadamente» golpeó a su mujer con un cincel de 33 centímetros, lo que le causó una herida sangrante en la cabeza.
Al percatarse de que la mujer seguía con vida, la estranguló durante varios minutos y le causó «una muerte agónica acompañada de un gran padecimiento, sin que pudiera defenderse». Lo hizo, según recoge la sentencia, «en su afán de dominación y control sobre ella por el sólo hecho de ser mujer».
Dice el tribunal que Ali Kohuch asumió que causando la muerte de su esposa iba a provocar el fallecimiento del hijo próximo a nacer, que estaba en la semana de gestación de 19 y 21. Después, se quedó a solas con su hijo de 7 años, a quien mató asfixiándole de la misma manera, sin que pudiera defenderse.
Khouch se entregó al día siguiente a la Policía y confesó los asesinatos. El condenado tenía dos denuncias previas de su esposa por violencia de género y una orden de protección de 2018 ya cesada. Diagnosticado de un trastorno de dependencia a la cocaína y al alcohol, y con varios ingresos hospitalarios por intentos de suicidio por causas no determinadas, el tribunal no considera que tuviera alteradas sus facultades cuando cometió los hechos.
La Audiencia de Palma le impuso prisión permanente revisable por matar a su hijo, 25 años de cárcel por asesinar a su mujer embarazada y 6 meses por maltrato habitual por dos delitos de asesinato con alevosía y ensañamiento, con la agravante de parentesco y discriminación de género, un delito de abort y otro de maltrato.
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ratificó la sentencia y el condenado recurrió al Supremo, pero no por la imposición de la prisión permanente sino por una cuestión de su expulsión del país. La sentencia señala que la pena de prisión permanente revisable, deberá ser cumplida hasta que se alcance el tercer grado, instante en el que se sustituirá la pena pendiente por la expulsión de España.
Al respecto, el condenado pidió al Supremo la nulidad de la sentencia por falta absoluta de motivación en esta cuestión, al entender que existen otras dos opciones alternativas en la pena de expulsión que no justificó.
Pero el Supremo dice que su pretensión es «un contrasentido» pues el tribunal sentenciador dio «debido cumplimiento» a las razones por las cuales se decantó por esta opción y no por las otras dos que permite la ley en relación a la expulsión, por tanto, «no tiene sentido que se le pida que exponga las razones por las cuales descarta las otras, cuando es innecesario».
