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Tribunales

Begoña Gómez acusa a Peinado de insistir en el jurado popular con «meras conjeturas»

La esposa del presidente del Gobierno, investigada por cinco delitos, recurre la decisión del juez

Begoña Gómez acusa a Peinado de insistir en el jurado popular con «meras conjeturas»

Begoña Gómez y el juez Juan Carlos Peinado. | Ilustración de Alejandra Svriz

Begoña Gómez vuelve a plantar cara a Juan Carlos Peinado. La esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha recurrido la decisión del juez de dirigir la causa contra ella a un jurado popular si finalmente llega a juicio y de unificar las dos piezas en las que la está investigando por delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca, intrusismo y malversación. La defensa de la mujer del líder socialista considera que el magistrado se basa en «meras conjeturas».

En un escrito al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, Begoña Gómez reclama dejar sin efecto el último auto de Peinado, en el que insiste en que la esposa del presidente del Gobierno sea juzgada por un tribunal jurado. La resolución conocida el pasado 20 de marzo llega tras el tirón de orejas de la Audiencia Provincial de Madrid, que le pidió justificar su decisión. La defensa de la mujer de Sánchez, que ejerce el exministro socialista Antonio Camacho, considera el magistrado aduce cuestiones «falaces» que «no tienen la entidad que les da el instructor».

«La única conclusión que puede extraerse del auto es que se está investigando a mi representada por ser cónyuge del presidente del Gobierno», sostiene la defensa de Begoña Gómez. Esta también critica la «redacción confusa» de Peinado, que en su auto también acuerda citar a los investigados, la esposa de Sánchez, su asistente en Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés; a la Fiscalía y las acusaciones el próximo 1 de abril, Miércoles Santo, para notificarles la resolución.

Recurso de Begoña Gómez

Camacho reduce a «una mera reiteración de conjeturas» las argumentaciones que expone Peinado en el auto. El abogado de Begoña Gómez indica que para mandar una causa a un jurado popular es necesario «argumentar la idoneidad de la decisión o medida adoptada» algo que, bajo su punto de vista, no se ha hecho. E insiste: «Todo ello exige un rigor en la fundamentación de la que carece por completo el auto que se impugna, razón por lo que procede acordar su nulidad».

El abogado de Begoña Gómez considera que la «falta de esa obligada motivación ponderativa» no permite conocer si Peinado «ha tomado en consideración la circunstancia de que, por tratarse de un asunto muy mediático y abierto sin reservas a la opinión pública» el hecho de dirigir la causa hacia un jurado popular puede generar «una ulterior lesión» del derecho al juez imparcial por el «juicio paralelo» producido por la «acción persistente» de los medios de comunicación y los «foros políticos».

La semana pasada, Peinado emitió un nuevo auto en el que insistía en que un jurado popular juzgue a Begoña Gómez en caso de que el procedimiento llegue a juicio. La Audiencia de Madrid frenó en febrero su decisión de abocar la investigación a un juicio con jurado popular al estimar un recurso de la defensa de la esposa de Sánchez. Los magistrados del órgano provincial argumentaron que no había «indicios racionales de criminalidad» que lo justificaran, razón por la que el instructor volvió a motivar su decisión.

Inicialmente, Peinado abrió una pieza separada contra Begoña Gómez por malversación. En esta trataba de dilucidar si su asistente en Moncloa había realizado tareas que no le correspondían, como ayudarle en las gestiones de su cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense. En la pieza principal investiga a la mujer de Sánchez por otros cuatro delitos.

Una fórmula poco habitual

Los de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, por haber beneficiado presuntamente a Barrabés, que consiguió tres contratos de Red.es por valor de 10,6 millones de euros tras incluir cartas de recomendación firmadas por Begoña Gómez. Los delitos de apropiación indebida e intrusismo profesional se le imputan por su actuación relacionada con el software empleado en su cátedra. Peinado propuso en septiembre que un jurado popular la juzgará por malversación. Días más tarde, extendió el procedimiento a los otros cuatro delitos, pero la Audiencia de Madrid le obligó a unir ambas cuestiones.

La decisión de enjuiciar a Begoña Gómez con un jurado popular no es un capricho de Peinado. El artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado establece qué delitos pueden ser juzgados mediante esa fórmula. No es inédita en nuestro país, pero sí poco habitual. Los jurados populares existen en España desde 1995, cuando el Congreso aprobó la Ley Orgánica del Tribunal Jurado con el apoyo de PSOE, IU y los partidos nacionalistas. El PP se abstuvo y solo varios diputados del Grupo Mixto votaron en contra. Desde entonces hasta 2024, último ejercicio con datos, el 89,9% de las sentencias han sido condenatorias.

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