Claves sobre el IRPH y su importancia para las hipotecas españolas
¿Qué es el IRPH? ¿Cómo afecta a las hipotecas españolas? ¿Por qué este caso inquieta a la banca española? Resolvemos las dudas
En un nuevo giro de guion en el caso del polémico Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha abierto la puerta a que la se anule este índice, algo que piden miles de personas que han firmado hipotecas que usan el IRPH como referencia. Pero ¿qué es el IRPH? ¿Cómo afecta a las hipotecas españolas? ¿Por qué inquietan a la banca española las conclusiones del abogado general? Estas son las claves.
¿Qué es el IRPH?
El índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) es una variable aplicada como referencia para fijar el tipo de interés de las hipotecas. Se estima en función de la media de los intereses de las hipotecas que otorgan las entidades financieras. Es decir, si los bancos empiezan a dar muchas hipotecas a tipos de interés más altos, el IRPH sube. Se trata de un índice —en realidad, un conjunto de índices, porque existen varios tipos de IRPH— oficial, es decir, elaborado por el Banco de España. Después del euríbor, es el índice más aplicado en España. Según organizaciones como la OCU, existen unas 500.000 hipotecas que lo emplean.
¿En qué se diferencia el IRPH del euríbor?
El euríbor, el índice más utilizado en España, se calcula de manera diferente al IRPH y tiende a ser sustancialmente más bajo que este. De hecho, la diferencia entre ambos en los últimos años —en los que el IRPH se ha estabilizado cerca del 2% mientras que el euríbor ha bajado hasta caer en números negativos— ha supuesto que cada hipotecado haya pagado hasta 300 euros más al mes por su crédito —según la organización IRPH Stop Gipuzkoa—, lo que implicaría una diferencia de hasta 3.600 euros anuales entre una hipoteca que utilice como referencia el euríbor y otra que emplee el IRPH. Al contrario de lo que ocurre con este último, el euríbor no lo elabora el Banco de España, sino la Federación Bancaria Europea. Y lo calcula basándose en los tipos de interés medios que se cobran las entidades financieras cuando se hacen préstamos mutuamente, no basándose en lo que cobran a nuevos clientes —que es la base del IRPH—.
¿Por qué ha acabado en los tribunales?
Cuando comenzó a acrecentarse la diferencia entre el euríbor y el IRPH, el resultado fue que las hipotecas que utilizaban este último como referencia tuvieran un coste muy superior. La mencionada plataforma IRPH Stop Gipuzkoa acusa a estos índices de ser «totalmente faltos de transparencia en su cálculo» y «manipulables por las entidades bancarias». Además, distintos consumidores protestaron por la falta de información sobre las diferencias entre euríbor e IRPH en el momento de firmar el contrato de hipoteca y se quejaron de que se trataba de un índice abusivo.
¿Qué falló el Tribunal Supremo?
En noviembre de 2017, el Tribunal Supremo dictaminó que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implicaba una falta de transparencia ni era un abuso, por lo que no se podían anular contratos o hipotecas debido a esta razón, como pedían miles de ciudadanos. Es decir, el Supremo se posicionó a favor de las entidades financieras, lo que ha motivado multitud de protestas.
¿Qué dice ahora el abogado general del TJUE?
En unas consideraciones de este martes, el abogado general de la TJUE, el polaco Maciej Szpunar, ha echado un jarro de agua fría sobre la sentencia del Supremo al decir que el IRPH puede someterse a tutela judicial porque es posible que no sea transparente y que sea abusivo. Según Szpunar, una cláusula que fija un interés hipotecario en relación a un índice oficial «no está exenta del ámbito de aplicación de la directiva» y, en este caso, «la fórmula matemática de cálculo resulta compleja y poco transparente para un consumidor medio».
¿Qué consecuencias puede tener la sentencia final?
Las consideraciones de Szpunar no son vinculantes, pero, por norma general, los jueces suelen seguir el criterio del abogado general del TJUE en sus sentencias. La de este caso llegará previsiblemente a lo largo del primer trimestre de 2020. Una sentencia que siga las líneas marcadas por Szpunar supondría que las entidades financieras españolas tuvieran que enfrentarse a un desembolso de hasta 44.000 millones de euros, según ha calculado el banco de inversión estadounidense Goldman Sachs. Según la asociación Asufin, los ciudadanos con hipotecas sujetas al IRPH podrían aspirar a recuperar un «sobrepago» medio de unos 25.000 euros.