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¿Por qué las elecciones de Madrid caen en martes si esto no es Iowa?

Las elecciones de Madrid del 4 de mayo serán en día laboral, si finalmente son, y tenemos algunas preguntas que responder

¿Por qué las elecciones de Madrid caen en martes si esto no es Iowa?

zipi | EFE

La fotografía, quién lo iba a decir, era premonitoria: Isabel Díaz Ayuso sostiene un Goya, el Goya a mejor cortometraje animado, y lo único que no encaja son los participantes del espectáculo. Porque, en esta historia, son ellos. La ofensiva de Ciudadanos contra el Partido Popular en Murcia ha tenido réplicas en toda España, y la más importante de ellas en Madrid. Eso del efecto mariposa. Ayuso, temerosa de que el PSOE y Ciudadanos se aliaran en una hipotética moción de censura, disolvió la Asamblea, convocó nuevas elecciones y cortó la cabeza de todos los miembros de Ciudadanos en su Gobierno. Hablamos del vicepresidente Aguado y cinco consejeros. El lío está servido.

Ahora bien, muchas personas –intuímos que casi todas madrileñas– se preguntan por qué la fecha señalada para los comicios es la que es, por qué este 4 de mayo que adelantó la presidenta y recoge el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. ¿Por qué un martes? Qué es esto, ¿Iowa? Tiene sentido, aunque estemos habituados a votar en domingo. Recordemos que en las primeras elecciones tras el franquismo se votó un miércoles. También el referéndum de la OTAN se votó entre semana. Incluso las elecciones madrileñas del 87. Así que este no sería un caso único, pero sí excepcional.

Si finalmente son el martes, 4 de mayo, y dependerá de que salgan adelante o no las mociones de censura de PSOE y Más Madrid, se deberá a que, tal y como recoge la Ley Electoral, los comicios se tienen que celebrar 54 días naturales después de la publicación del decreto de convocatoria en el Boletín Oficial. Eso se ha producido este 11 de marzo. Si alguien se ha puesto a contar días en el calendario, habrá comprobado que estos 54 días nos conducen hasta el 3 de mayo. Pero, como en este 2021 se ha trasladado el festivo autonómico del Levantamiento del 2 de Mayo al día siguiente, la cita electoral se retrasa 24 horas.

Y, como es día laboral, los madrileños se harán esta pregunta: ¿puedo salir del trabajo para ir a depositar mi voto? La respuesta corta: sí. La respuesta larga: el Real Decreto 605/1999, del 16 de abril, recoge que la Administración autonómica, en este caso, tiene que garantizar que «los electores que presten sus servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho del voto, que serán retribuidas». Si el contrato es a media jornada, el tiempo disponible se reduce a la mitad –proporcionalmente, claro–. Eso sí, será la empresa la que tenga la última palabra sobre la franja horaria para votar.

Y si soy vocal o presidente de una mesa electoral, ¿qué hay de lo mío? A menos que ocurra en un día de descanso, los trabajadores tienen derecho a cumplir con su obligación democrática con su correspondiente permiso remunerado para toda la jornada laboral. Lo mismo ocurre con los apoderados y los interventores. Dicho esto, en la Comunidad de Madrid se contempla que la empresa solicite un justificante a sus empleados, y debe estar firmado por el presidente de la mesa electoral.

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