Eutanasia en España: porque todos tenemos derecho a vivir y morir dignamente
El caso de María José Carrasco recuerda al de Ramón Sampedro, el tetrapléjico gallego que luchó por una muerte digna y que finalmente murió en 1998
“Sólo hay un dolor fácil de soportar, y es el dolor de los demás”, escribía el cirujano y filósofo francés René Leriche.
En el artículo 15 de la Constitución Española se proclama el derecho a una vida digna. Es decir, la Carta Magna protege la vida digna y no cualquier vida. Esto ya lo decía uno de los padres de este documento guía que regula la convivencia en España, Gregorio Peces-Barba, en unas declaraciones a eldiario.es.
La vida no puede ser considerada el bien absoluto que prima sobre todo lo demás, porque vivir no significa existir ni mantenerse vivo de cualquier manera. Vida, desde el derecho constitucional, implica vivir en condiciones dignas.
La detención de un hombre, Ángel Hernández, de 70 años, por ayudar a morir a su mujer, María José Carrasco, de 61, con esclerosis múltiple en fase terminal, estremecía a España. Ella así lo deseaba, deseaba morir después de varios años postrada en una cama, sin apenas visión y dependiente de su marido absolutamente para todo.
El 3 de marzo, Ángel ponía fin al sufrimiento de María José tras 30 años sufriendo la EM. Grabó la muerte y, a cara descubierta, decidió dar el paso ante la suspensión de la aprobación de la ley de la eutanasia. El vídeo ha sido emitido en Telecinco.
-¿Sigues con la idea de que quieres suicidarte? –se puede ver y escuchar en el vídeo que le pregunta a su mujer–.
-Sí –responde ella contundentemente–.
-¿Quieres esperar algo? –le vuelve a preguntar–.
-No.
-¿Quieres que se lleve a cabo ya?
-Si.
-¿Quieres que lo prepare y lo haga mañana?
–Sí, cuanto antes mejor.
En la siguiente toma, ya el día 3 de abril, Ángel le vuelve a preguntar si está «segura» y «preparada». María José afirma de nuevo, por lo que el hombre pasa a suministrarle en un vaso una sustancia letal que ella injiere con una pajita. «A ver, dame la mano, que quiero notar la ausencia definitiva de tu sufrimiento…», se escucha decir a Ángel antes del fin del vídeo y tras ella haber tomado el líquido.
Posteriormente, el hombre avisó al SUMMA que dio aviso a la Policía de que en el interior de la vivienda había una mujer fallecida. Ángel fue detenido. De la investigación se encarga el grupo V de Homicidios de la Policía, y el hombre se encuentra en los calabozos de la comisaría de Tetuán a la espera que pase a disposición judicial.
El caso de María José Carrasco recuerda al de Ramón Sampedro, el tetrapléjico gallego que luchó por una muerte digna y que finalmente murió en 1998 tras consumir el cianuro que le suministró su compañera sentimental, Ramona Maneiro. Nada hemos avanzado desde entonces.
La eutanasia en España
Legalizar la eutanasia fue uno de los compromisos de Pedro Sánchez cuando llegó al Gobierno. Sin embargo, su proposición de ley para regularizarla y que se convirtiese en un derecho constitucional se encontró con numerosos escollos y no fue aprobada debido a la oposición del PP y de Ciudadanos, que presentó otra proposición sobre la muerte digna. Ahora, con el adelanto electoral[contexto id=»383899″], la proposición de ley ha quedado varada en el Congreso.
La Ley de Autonomía del Paciente (2002) y las normativas de muerte digna de nueve comunidades autónomas reconocen a los enfermos el derecho a no recibir tratamientos que alarguen sus vidas y a rechazar la atención médica, pero no a que un tercero mueva un dedo para ayudarlos a morir. En la actualidad, más de 50.000 personas mueren al año en España sin cuidados paliativos.
La libertad de autonomía de las personas a la hora de morir está regulada y limitada por el artículo 143.4 del Código Penal, que incluye también penas de cárcel para quien ayude a llevar a cabo un suicidio asistido, de dos a cinco años, o aplique la eutanasia, de seis a 10 años. Sin embargo, se contempla una rebaja en el caso de quien coopere «activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo».
Fuera de España
Para intentar agrandar la fotografía sobre la situación de la eutanasia y el suicidio asistido fuera de España, habría que diferenciar estos dos procedimientos. El primero lo llevaría a cabo un profesional sanitario, por ejemplo, a través de una inyección a la persona que desea morir. El segundo, no obstante, lo realizaría el propio enfermo con la ayuda de otra persona.
A día de hoy, la eutanasia es legal en Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo y Colombia, mientras que el suicidio asistido está legalizado en Suiza, Alemania, Albania, Japón, Canadá y en algunos estados de EEUU como Oregón, Washington, Montana, California o Vermont.
De esta forma, el caso de María José Carrasco y Ángel Hernández abre de nuevo el debate sobre el respeto a morir y vivir dignamente, según elección propia. Porque el derecho a la vida se ve afectado cuando el dolor no permite llevar una vida equilibrada en todos sus aspectos.