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'Stealthing': quitarse el condón sin avisar también es abuso sexual

El Código Penal establece en su artículo 181 que «la persona que sin consentimiento realice actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual será considerada responsable de abuso sexual»

‘Stealthing’: quitarse el condón sin avisar también es abuso sexual

Reproductive Health Supplies Coalition | Unsplash

«Yo les digo: ‘tranquila que soy estéril, que me he operado para no tener hijos’», así cuenta Naim Darrechi, tiktoker mallorquín con más de 26 millones de seguidores, cómo engaña a las mujeres para tener relaciones sin condón y «terminar dentro siempre». Esto ha ocurrido durante una entrevista en el canal del youtuber Mostopapi, con 1,8 millones de suscriptores, cuya reacción no pudo ser otra que reírse ante las barbaridades que contaba su entrevistado.

Probablemente, ninguno de los dos era realmente consciente de lo que estaba ocurriendo en ese momento y eso es, precisamente, lo más escandaloso del asunto. Hacer bromas y reírse de un problema tan serio como el abuso sexual delante de una audiencia mayoritariamente adolescente es un reflejo del machismo y la falta de concienciación que existe con respecto a la libertad sexual, especialmente entre los más jóvenes.

Stealthing, la violencia de género sigilosa

Lo que cuenta el influencer en su entrevista supone una apología del stealthing (algo así como actuar sigilosamente en inglés), una práctica que se ha extendido en los últimos tiempos y que consiste en engañar a la pareja quitándose el preservativo, de manera unilateral, sin previo aviso ni consentimiento, en el momento de tener relaciones sexuales. La ejecución de este tipo de manipulaciones modifica las condiciones pactadas, traicionando la confianza de la otra persona y atentando contra el consentimiento previo imprescindible.

Alexandra Brodsky, investigadora de asuntos jurídicos en el Centro Nacional Norteamericano de Leyes para la Mujer, es la autora de un estudio publicado en 2017 en el Columbia Journal of Gender and Law (Diario de género y legislación de Columbia), que profundiza en este fenómeno. Para ello, Brodsky habló con varias personas, sobre todo mujeres, que habían experimentado la retirada no consentida del preservativo.

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Foto: Deon Black | Unsplash

Aunque la experiencia de cada víctima es diferente, la autora del estudio señala dos temas comunes que aparecieron en todas sus conversaciones: «El primero es que, como cabría esperar, las víctimas temían sufrir un embarazo no deseado e infecciones de transmisión sexual y el segundo es que, aparte de estos resultados en concreto, las víctimas experimentaron la retirada no consentida del condón como una clara vulneración de su autonomía corporal y de la confianza que por error habían depositado en su pareja sexual».

Según Brodsky, uno de los objetivos de su investigación era verbalizar una experiencia que es bastante común. En las conversaciones que mantuvo con las víctimas, descubrió que «su lucha por dar nombre a aquella práctica parecía estar muy interconectada con su lucha por sentirse segura de que se trataba de una forma de violencia de género[contexto id=»381727″]». De hecho, una de las entrevistadas llegó a describir como una agresión sexual «cercana a la violación», el sentimiento que le produjo ser víctima de esta práctica.

«Hasta hace poco no sabíamos qué nombre ponerle a lo que nos estaba ocurriendo, ahora con todo lo que se está hablando, sobre todo desde el feminismo, con toda esa denuncia social, las mujeres sabemos que retirarse el preservativo sin consentimiento no solo está mal, sino que es un delito», explica Helena Gil Irastorza, asesora legal de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres (CIMTM)

Un problema de educación sexo-afectiva

El revuelo que causaron las declaraciones de Naim puso de manifiesto el problema de la educación sexual en España. Afortunadamente, el alcance de las redes sociales también tuvo consecuencias útiles como la reprobación de este tipo de actitudes por parte de personajes con mucha influencia en los jóvenes, como fue el caso de Ibai, uno de los streamers más seguidos del panorama hispanohablante.

El stealthing, indica Gil Irastorza, procura la exitación masculina a través del poder como una demostración de dominación. «Lo hacen porque se sienten superiores a las mujeres con las que están, porque creen que su placer sexual está por encima del de su pareja, que todo vale para satisfacer ese deseo. Y además se sienten impunes, porque creen que esa actitud no va a tener ningún reproche ni social ni judicial».

Sin embargo, la asesora legal de la CIMTM considera que el problema de fondo que hay tras esta práctica se debe a la falta de educación sexual y la sustitución de esta por la pornografía. «La pornografía por lo general es violenta y no reproduce la sexualidad real, pero aún así es la principal fuente que usan para aprender sobre sexualidad». Por ello, asociaciones como esta apuestan por por una coeducación sexo-afectiva de calidad y a todos los niveles, que implique también a las familias de los jóvenes.

Qué hacer en el caso de la víctima

Más allá de las secuelas físicas que puede producir ser víctima de este tipo de abusos, entre las que se encuentran desde una ETS hasta un embarazo no deseado, también preocupan los perjuicios psicológicos, que pueden ser más duraderos. «Las víctimas de cualquier delito sexual pasan por un proceso de culpabilidad y vergüenza en el que se cuestionan si podrían haberlo evitado, pudiendo vulnerar gravemente su autoestima», cuenta Gil Irastorza.

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Foto: Annie Spratt | Unsplash

«A una víctima de delito sexual como es el stealthing no le podemos exigir nada, debemos respetar sus propios tiempos. Pero, como víctima de un delito sexual, lo conveniente sería que acudiese a un centro médico para que le realizasen un reconocimiento general y posteriormente presentar la correspondiente denuncia en una comisaría, si se siente preparada para ello», recomiendan desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres.

También aconsejan que realicen este proceso acompañadas de alguien de confianza y que busquen apoyo en familiares, amigos y asociaciones feministas que puedan resolver sus dudas.

Disparidad en los precedentes judiciales

El Código Penal establece en su artículo 181 que «la persona que sin consentimiento realice actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual será considerada responsable de abuso sexual», un delito castigado con la pena de prisión de 1 a 3 años o con una multa de 18 a 24 meses. Sin embargo, no existe una norma que tipifique explícitamente que quitarse el condón de forma unilateral durante el acto sexual sea delito. Si así se hiciera, la asesora legal del CIMTM, explica que podría servir para dar seguridad jurídica a las víctimas.

Esta situación legislativa ha generado jurisprudencia en sentidos opuestos en España y, hasta el momento, solo ha habido cuatro juicios por stealthing, que se han saldado con desigual resultado.

En 2009 se produjo el primer juicio de esta índole en el que la Audiencia Provincial de Madrid absolvió al acusado. En aquella ocasión, el Tribunal se limitó a ponderar si la relación sexual en sí contaba o no con el consentimiento de la víctima y no tomó en consideración que la víctima hubiera sido penetrada sin preservativo contra su voluntad. Diez años después, en Salamanca se abrió una nueva línea de jurisprudencia al condenar como abuso sexual un proceso similar. En este caso, el acusado facilitó la resolución reconociendo los hechos y fue condenado a pagar alrededor de 3.000 euros entre multa e indemnizaciones.

El año pasado, tuvo bastante repercusión un caso que ocurrió en Barcelona en el que la Fiscalía pedía cuatro años de prisión para un hombre por quitarse el preservativo sin el consentimiento de su pareja. La ausencia de pruebas concluyentes provocaron la absolución del acusado, reflejando el verdadero problema que hay detrás de este delito: la dificultad para probar este tipo de hechos.

Sin embargo, hace unas semanas, en Sevilla, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmó la condena de un hombre a cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual y seis meses por un delito de lesiones, así como a indemnizar con 13.000 euros a su ex pareja. Los hechos ocurrieron en 2017 y, a pesar de que en las tomas vaginales no se encontró semen ni ADN masculino, los análisis sí reflejaron que el condenado le transmitió una infección venérea, confirmando que la penetración se produjo sin protección.

El stealthing con la ley del «solo sí es sí»

'Stealthing': quitarse el condón sin avisar también es abuso sexual
Foto: Álvaro Barrientos | AP

Hasta ahora el stealthing tiene la consideración de abuso sexual, pues se trata de una forma de manipulación que no conlleva violencia ni intimidación. Sin embargo, esta situación podría cambiar en el momento que se apruebe la nueva Ley de Libertad Sexual del «solo sí es sí».  La norma eliminaría la distinción entre abuso y agresión, dejando claro que el silencio o la pasividad no significan necesariamente consentimiento, lo que endurecería las penas desde los 4 a los 12 años de cárcel.

«Esto deja la puerta abierta a poder calificar el delito de stealthing también como una posible violación» explica Gil Irastorza. «Sin embargo –continúa–, creo necesario hacer una crítica a este proyecto de ley, y es que seguir situando el consentimiento en el centro en lugar del deseo no es correcto, se debe considerar a las mujeres sujetas deseantes y no meros objetos de deseo que consienten, como bien argumentan las compañeras del Front abolicionista».

Más allá de las nuevas modificaciones jurídicas que traiga la nueva ley y cómo afectarán estas en los posteriores procesos judiciales, aún queda trabajo por hacer. Tanto en los casos de stealthing, como en el resto de delitos sexuales, lo más importante es ponerle nombre, concienciar y educar de forma que la sociedad tenga suficientes herramientas para luchar eficazmente contra una de las grandes lacras históricas que quedan por superar como es la violencia sexual.

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