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España

El Tribunal Supremo impide exhibir banderas no oficiales en el exterior de los edificios públicos

La sentencia imposibilitará el izado de la bandera del colectivo LGTBI o la estelada

El Tribunal Supremo impide exhibir banderas no oficiales en el exterior de los edificios públicos

El Tribunal Supremo ha establecido que los edificios públicos no pueden exhibir banderas no oficiales. En una sentencia fija como doctrina que esto «no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos». La sentencia del Supremo anula un acuerdo que permitía exhibir la bandera nacional de Canarias en un lugar destacado de la sede central del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife el 22 de octubre, día del aniversario de la Bandera Nacional Canaria.

El Supremo ha afirmado que, al no tratarse de la bandera oficial, no puede atribuírsele la representatividad del pueblo canario como defiende el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. Esta nueva doctrina se aplicará en todo el territorio español e imposibilitará el izado de banderas como la del colectivo LGTBI o la estelada en las fachadas de cualquier edificio de la Administración Pública.

La sentencia que ha dictado la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo anula un acuerdo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife por el cual se permitía exhibir la bandera nacional de Canarias (la bandera de las siete estrellas verdes) en su sede. En este acuerdo, de junio de 2017, se reconocía que esta bandera era «uno de los símbolos colectivos con los que se siente identificado el pueblo canario, expresión de las luchas históricas que se han sucedido en el archipiélago a favor de la instauración de la democracia, la libertad y la consecución de mayores cotas de bienestar para sus gentes, así como en pro de la construcción de una mayor hermandad entre las islas”.

Sin embargo, a partir de ahora las banderas no oficiales no podrán exponerse ni junto a la bandera de España y demás banderas constitucionales ni sustituyéndolas.

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