La baja por menstruación incapacitante puede pedirse desde hoy previo diagnóstico médico
La medida no cambia el porcentaje de salario recibido, que seguirá siendo inferior al 100% y se situará en el 80%
Las personas que padezcan una menstruación incapacitante pueden solicitar la baja desde este mismo jueves, fecha en la que entran en vigor los nuevos permisos temporales incluidos en la reforma de la ley del aborto, aprobada el pasado febrero a propuesta del Ministerio de Igualdad.
Para hacerlo, los pacientes deberán contar con un diagnóstico médico de dismenorrea secundaria, es decir, una menstruación dolorosa asociada a patologías como endometriosis, miomas, adenomiosis u otras dolencias como inflamación pélvica, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos o dificultad en la salida de sangre menstrual.
A la baja por menstruación incapacitante se suma el permiso por interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo, y el concedido a partir de la semana 39 de gestación, que no se descontará de las 16 semanas de baja que corresponden por el nacimiento de un hijo.
En los tres tipos de permiso el subsidio se percibirá desde el primer día de la baja, a diferencia de otros tipos de incapacidades temporales, donde la retribución empieza a partir del cuarto día.
Lo que no cambia son el porcentaje del sueldo percibido, que seguirá siendo inferior al 100%, y los requisitos de cotización para poder acceder a estas incapacidades, dado que es necesario haber trabajado 180 días en los 5 años previos a la baja.