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Rafael Navarro defiende que la objeción de conciencia es un «verdadero derecho humano»

Valls aclara que las cláusulas «protectoras» de determinadas objeciones de conciencia muestran una «mala conciencia del poder»

Rafael Navarro defiende que la objeción de conciencia es un «verdadero derecho humano»

El vicepresidente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España y presidente de la Asociación Internacional de Academias Jurídicas Iberoamericanas, Rafael Navarro-Valls. | Agencias

El vicepresidente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España y presidente de la Asociación Internacional de Academias Jurídicas Iberoamericanas, Rafael Navarro-Valls, ha sostenido en la conferencia inaugural del Congreso Internacional que se celebra en la ciudad de México, que las cláusulas «protectoras» de ciertas objeciones de conciencia muestran lo que se podría llamar «la mala conciencia del poder», debido a que obliga a un ciudadano a obrar contra su conciencia, en una suerte de «remordimiento legal».

En este sentido, Navarro-Valls incide en que el poder político es consciente de que las motivaciones que mueven a un verdadero objetor son muy distintas de quien se mueve por un «interés bastardo para defraudar la ley (mediante corrupción, deseo de enriquecimiento, etc)».

Con respecto al derecho a la objeción de conciencia, el vicepresidente destacó que existen dos posibles posiciones. La primera sería una posición «rigurosa», una especie de «delirio religioso» que conviene restringirlo, de cualquier «sentimentalismo dramático» que estaría relacionado con la denuncia del «apocalipsis jurídico», si se generalizaran, por ejemplo, «las objeciones de conciencia al aborto o a la eutanasia».

Esta tesis, según Valls, desconoce la flexibilidad de Derecho y de los buenos juristas, toda vez que «saben adaptarse sabiamente a las necesidades jurídicas sin grandes terremotos sociales».

Llegó a poner como ejemplo la objeción de conciencia al aborto del rey Balduino o la objeción de conciencia a la eutanasia del Gran Duque de Luxemburgo. En estos dos casos los juristas de uno y otro país aplicaron fórmulas que permitieron que ambos salvaguardaran su conciencia, al tiempo, que no perdían el trono definitivamente.

La segunda posición, que sería la «correcta» para este jurista, consiste en entender el derecho a la objeción de conciencia como un «verdadero derecho humano», una derivación del derecho fundamental de la libertad de conciencia.

Y es que, para Navarro-Valls, la actual proliferación de conflictos entre conciencia y ley descubre la vertiente ideológica, con fases dolorosas, por las que suele transitar la elaboración de un derecho humano. «Pasó con las libertades de expresión y religiosa, y ahora está ocurriendo con la objeción de conciencia», destacó al respecto.

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