THE OBJECTIVE
Cultura

Junqueras y Romeva saldrán tres días a la semana de la cárcel para trabajar

Junqueras y Romeva podrán salir seis horas de prisión tres días a la semana entre lunes y viernes y su salida puede ser inmediata

Junqueras y Romeva saldrán tres días a la semana de la cárcel para trabajar

La junta de tratamiento de la cárcel barcelonesa de Lledoners ha acordado aplicar el artículo 100.2 del reglamento penitenciario al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y al exconseller Raül Romeva, que podrán salir tres días a la semana, seis horas cada jornada, para trabajar.

Según ha informado la consellería de Justicia, Junqueras, condenado a 13 años de cárcel por sedición[contexto id=»381726″], y Romeva, a doce años, podrán salir seis horas de prisión tres días a la semana entre lunes y viernes, en aplicación del artículo 100.2, tras la decisión adoptada por la Junta de Tratamiento de la cárcel de Lledoners.

La salida de la cárcel de Junqueras y Romeva para trabajar puede ser inmediata, ya que un eventual recurso de la Fiscalía sobre la decisión de la Junta de Tratamiento no lo dejaría en suspenso, si bien requiere de la ulterior ratificación por parte del juzgado de vigilancia penitenciaria.

Hasta el momento, las cárceles catalanas donde cumplen condena los nueve presos del procés ya han aplicado el artículo 100.2, que flexibiliza el régimen penitenciario, a siete de ellos: Junqueras y los exconsellers Romeva, Joaquim Forn y Dolors Bassa, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, así como el exlíder de la ANC Jordi Sànchez y el de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.

De esta forma, los dos líderes del procés condenados a prisión por sedición a los que no se ha aplicado este artículo son, por ahora, los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull.

El primer preso del procés en salir de prisión en virtud del artículo 100.2 fue Jordi Cuixart, el pasado 13 de febrero, para trabajar en su empresa y ejercer voluntariado, con un permiso de nueve horas y media, cinco días a la semana, entre lunes a viernes.

Le siguieron, el 17 de febrero, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, con un permiso de nueve horas al día durante tres días a la semana para cuidar de su madre, y la exconsellera Dolors Bassa, también para cuidar de un familiar de edad avanzada, tres días a la semana, ocho horas la jornada.

Posteriormente, fue el exconseller de Interior Joaquim Forn quien el 20 de febrero salió por primera vez en aplicación del artículo 100.2, que le permite ir a trabajar de lunes a viernes, doce horas y media cada día, en el departamento legal de la productora Mediapro, donde se encarga de los asuntos de derecho público.

El último de los presos del procés que ha salido hasta el momento de prisión en aplicación del artículo 100.2 fue el exlíder de la ANC Jordi Sànchez, que el pasado martes, 25 de febrero, empezó sus labores de voluntariado en la Fundación CanPedro de Barcelona, dedicada a atender a personas en riesgo de exclusión social, con un permiso de once horas al día, tres veces a la semana entre lunes y viernes.

Hasta el momento, la Fiscalía se ha opuesto a la concesión de la aplicación del 100.2 en el caso del exlíder de la ANC Jordi Sànchez y del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, alegando que no se han arrepentido y que sus salidas laborales y de voluntariado no ayudan en su reinserción, ya que lo que necesitan es un programa específico sobre el delito de sedición por el que fueron condenados.

En sus recursos, la Fiscalía reprocha a la Generalitat su intención de «generalizar» la flexibilización del régimen penitenciario a todos los líderes independentistas presos, con un tercer grado «encubierto», ya que entiende que el 100.2 debe de ser de aplicación excepcional.

Precisamente, el Fiscal Superior de Cataluña, Francisco Bañeres, ha defendido hoy en una comparecencia en el Parlament los recursos en que el ministerio público se opone a los permisos laborales a los presos del procés y ha afirmado que «lo razonable» es que la Generalitat les hubiese concedido el tercer grado si los ve rehabilitados.

Si la Generalitat hubiese clasificado a los presos del procés en el tercer grado -por el que solo se va a dormir a prisión-, un eventual recurso de la Fiscalía contra esta medida podría haber llegado hasta el Tribunal Supremo, que fue el que los condenó.

Por contra, una vez los presos han sido clasificados en el segundo grado, los recursos de Fiscalía sobre la aplicación del artículo 100.2 se agotan en la audiencia provincial.

El 100.2 lo proponen las juntas de tratamiento de las cárceles -integradas por juristas, psicólogos, educadores sociales, médicos y maestros-, que lo remiten directamente al juez de vigilancia penitenciaria, sin pasar por la consellería de Justicia, dirigida por la republicana Ester Capella.

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D