La Audiencia Nacional absuelve a Trapero del delito de sedición por el 1-O
La Audiencia Nacional ha absuelto este martes por mayoría de los votos al major de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero del delito de sedición del que había sido acusado y por el que la Fiscalía pedía 10 años de cárcel.
Lo más importante: la Sección Primera de este tribunal no considera acreditado que colaborara en los planes secesionistas de los condenados por el procés[contexto id=»381726″], ni contempla la alternativa de desobediencia que reclamó la Fiscalía, según fuentes jurídicas de este órgano jurisdiccional.
Por estos hechos también fueron juzgados junto a Trapero otros tres acusados, que se enfrentaban a penas similares, el exdirector de los Mossos Pere Soler, el exsecretario general de Interior César Puig –segundo del exconseller Joaquim Forn, condenado a 10 años y medio por sedición– y la intendente de los Mossos Teresa Laplana. Ahora la absolución se extiende a los otros tres acusados.
La Fiscalía sustituyó su acusación inicial de rebelión por la de sedición, para ajustarse a la sentencia del Tribunal Supremo sobre los condenados del procés. También incluyó una propuesta subsidiaria para el caso de que la Audiencia no considerara probada la sedición. En ese supuesto, proponía una condena por desobediencia, penada con un año y ocho meses de inhabilitación y con una multa de 60.000 euros. De haber prosperado, esta propuesta habría supuesto la expulsión de Trapero del cuerpo policial.
El juicio, que sufrió un parón en su recta final por la crisis del coronavirus[contexto id=»460724″], quedó visto para sentencia el pasado 17 de junio tras comenzar el pasado 20 de enero en la sede de la Audiencia Nacional en un polígono de San Fernando de Henares (Madrid).
La sentencia no es firme. Las Fiscalía puede recurrir ahora ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia y, posteriormente, ante el Tribunal Supremo.