La Junta Electoral Central ha dictaminado que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, vulneró el principio de neutralidad política recogido en la Constitución con el tuit en el que alababa al exministro y candidato a las elecciones catalanas, Salvador Illa, pero no le sanciona porque rectificó.
En contexto: el mensaje del pasado 26 de enero que ha motivado la amonestación de la JEC al titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska expresaba su «reconocimiento» y «agradecimiento» a Illa «por su coraje y trabajo incansable» frente a la pandemia, al tiempo que ensalzaba su talante «dialogante y sereno». «Son cualidades que le hacen idóneo para liderar el cambio que necesita Catalunya», añadía el titular de Interior, que firmaba su opinión en la cuenta oficial del Ministerio del Interior.
En un acuerdo adoptado este jueves, el máximo intérprete de la normativa electoral atiende así una denuncia de PP contra Marlaska, si bien archiva otras dos por unas declaraciones del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la Agencia Española del Medicamento, y del propio Illa en una entrevista concedida a TVE, al no apreciar «vulneración de la legislación electoral vigente» en ambos casos.
Las palabras de Marlaska fueron suprimidas casi dos horas después tras la polémica que suscitaron y sustituidas por otro mensaje en el que Interior pedía «disculpas» por un tuit «que nunca debió ser recogido en un perfil oficial» y que atribuyó a un «error material». El propio ministro reiteró sus «sinceras» disculpas al día siguiente, y admitió haber cometido un «error importante».
Ante la denuncia del PP, la Junta Electoral sostiene que la propia autoridad denunciada reconoció que el mensaje original «era contrario al ordenamiento electoral», y ello porque «conculcaba el principio de neutralidad política de los poderes públicos durante los procesos electorales». Niega además la JEC que pueda achacarse el tuit a un «error material» porque no ha sido acreditado, y afirma que se trató de «una equivocación» que motivó una «inmediata rectificación» la cual no impidió su difusión, dadas las características de la red social.
Añade que no «exime de responsabilidad» de lo sucedido el hecho de que el PP hubiera contribuido a su difusión porque «entra dentro de las funciones ordinarias de un parlamentario la denuncia de hechos que pueda considerar contrarios a la legalidad».
En conclusión, el acuerdo adoptado este jueves establece que el mensaje del ministro «vulneró el principio de neutralidad política» consagrado en la Constitución y en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), aunque su «inmediata rectificación» hace que la Junta se limite a «instarle para que no reitere dicha conducta».
También denunció el PP las declaraciones que Pedro Sánchez hizo el 25 de enero en una visita a la Agencia Española del Medicamento, donde agradeció a Salvador Illa su labor en Sanidad frente a la pandemia. La Junta Electoral considera que sus palabras tuvieron una «finalidad predominante de agradecimiento» a quien iba a dejar el Gobierno para presentarse a las elecciones catalanas «sin que pueda apreciarse una connotación electoralista» en ellas y archiva la denuncia.
Del mismo modo archiva la queja referida a la entrevista que Illa concedió el día siguiente a RTVE, porque tras analizar su contenido concluye que «se ajustó a lo que pretendía», es decir, «recoger las impresiones del ministro de Sanidad en el último día en que ejercía su cargo», sin apreciar «connotaciones electoralistas» que vulneraran los principios de pluralismo político y neutralidad informativa.