THE OBJECTIVE
Opinión

La gran mentira de la okupación

«¿Cómo puede ser que si un desconocido se mete en mi coche eso se considere un robo, pero si se mete en mi casa no lo sea?»

La gran mentira de la okupación

Afectados por la okupación se manifiestan frente al Congreso. | Europa Press

No hacen falta más leyes. El desalojo de una vivienda es inmediato. La mayoría de los casos se dan en pisos vacíos de bancos y empresas. Las ocupaciones de pisos de particulares son una minoría. Prácticamente todos los pisos ocupados son de personas jurídicas (es decir: bancos, empresas, inmobiliarias, etc…). La mayoría de los ocupantes son familias vulnerables, por motivos socioeconómicos, y no son conflictivos. Todas estas afirmaciones son mentiras y, como diría Chanel: «Y si aún no me creen pues me toca mostrárselo»

Cuando el ciudadano no conoce siquiera las leyes que le oprimen

La semana pasada nos encontramos con todos los palmeros de Podemos haciendo una campaña contra Ayuso porque había decretado tres días de luto por la muerte de Isabel II. Los tres días de luto se limitan a que la bandera ondeará a media asta y a que el Ayuntamiento estará decorado con los colores de la bandera británica. Esto en realidad no nos afecta personalmente a ningún madrileño, no va influir en nuestro día a día, aunque los haya, como yo , que lo consideremos una estupidez porque no le debemos nada a la reina de Inglaterra.

 Curioso es cómo los medios de la presunta izquierda aprovecharon para crear la gran cortina de humo de esta historia y ocultar que se está tramitando por procedimiento de urgencia una ley que está al nivel de las leyes franquistas. Una ley que por primera vez desde 1978 criminalizará a las feministas y a la libertad de expresión. Una ley que acaba con los espacios seguros para mujeres y el deporte femenino. Y no se dijo absolutamente nada sobre esto y la gran mayoría de la población no sabe que se está tramitando esta ley por procedimiento de urgencia con competencias legislativas con el informe en contra del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado.

En Venecia, un documental sobre la oxicodona se ha llevado el León de Oro . En All beauty and the bloodshed de Laura Poitras se narra cómo hace unos diez años un médico norteamericano podía ser inhabilitado si se negaba a recetar oxicodona, un opiáceo altamente adictivo. Gracias a la ley trans de Montero que se va a tramitar, un médico puede ser inhabilitado si se niega a afirmar a un menor. Afirmarle para que inicie tratamiento con bloqueadores de pubertad cuyos efectos secundarios son tremebundos e irreversibles, pero sobre todo potencialmente letales.

Creo que esto es importantísimo  tenerlo en cuenta. Porque cuando se tramita una ley luego es dificilísimo derogarla.

Me explica la abogada Eva Cornudella: «La derogación o modificación de cualquier ley es un trámite lento y costoso. Más lento y costoso todavía cuando versa sobre derechos fundamentales, como es el caso de la vivienda. Cualquier reforma legal pasa por una fase previa informativa y de debate entre los diferentes poderes e interlocutores procedentes y debe ser valorada desde todas las perspectivas. Una reforma legal necesita de un periodo largo entre su planteamiento y aprobación, y suele seguirle otro periodo asimismo largo de desarrollo reglamentario. Las reformas acometidas de forma urgente, precipitada o parcial acaban abocadas a continuas modificaciones. Y así se crea un auténtico caos legislativo».

Por eso es tan difícil derogar una ley una vez aprobada. Y esto es exactamente lo que ha pasado con las leyes españolas en lo que en materia de vivienda sucede. Que dejamos pasar un despropósito que ha creado un caos, y ahora no hay cómo solucionarlo. Cuando me he posicionado directamente en contra de la ocupación he recibido todo tipo de insultos y amenazas llamándome el término-comodín de siempre: facha. Facha, facha, facha. Incluso compañeras feministas me han dado de lado cuando he dicho que las leyes españolas que se refiere a esta cuestión están equivocadas y habría que cambiarlas.

Porque desde que Pablo Iglesias ha dicho, textualmente, que «la ocupación es un invento de Vox para poder vender alarmas de Securitas Direct», ya tenemos a un montón de juntaletras escribiendo artículos populistas intentando convencernos de que la epidemia de ocupaciones es un invento de la derecha.

Y que a ti nunca te va a pasar. 

Pero…

Te puede pasar a ti

Y algún incauto que se lo crea le va a suceder lo que le sucedió a un conocido mío. Como algunas veces he escrito, yo asistí al instituto Montserrat, que es el mismo al que acudió Pablo Iglesias. Mi conocido era un señor votante de Podemos que inscribió a su hija allí convencido de que le iba a dar una maravillosa educación progresista. Él estaba encantado cuando llegaron las charlas de COGAM o de otras fundaciones de la secta abecedario. Mi conocido creía, ingenuo de él, que su hija iba a recibir unas maravillosas charlas sobre la educación inclusiva. Cuando descubrió que su hija de quince años quiere iniciar un tratamiento con bloqueadores de pubertad con el objetivo de hacerse una mastectomía y descubrió de paso que él puede perder la custodia por oponerse… ya era demasiado tarde. 

Repito: es exvotante de Podemos.

Voy a contar cuatro casos de ocupación que han sucedido en mi entorno

Cuatro. ¿No les parece a ustedes alucinante que solo en mi entorno ya haya cuatro casos? Pues lo fuerte es que en los cuatro casos eran votantes, militantes o simpatizantes de partidos de izquierda, los mismos partidos que ahora niegan lo que les sucede. Ninguno de los cuatro pudo anticipar la que se les avecinaba.

Laura es correctora y editora, autónoma, divorciada de Jorge, que trabaja en un laboratorio.

Laura tiene un pequeño estudio que compró hace años por apenas setenta mil euros. Ella misma lo reformó. Tiene una pequeña habitación, un salón y un baño y una mini cocina. Cuando Laura se casa, el estudio se queda como oficina. Laura afronta un embarazo de riesgo y tiene que guardar reposo. El estudio se queda vacío. En ese momento, Dora, una amiga de su marido, tiene una discusión brutal con su novio y le pide a la pareja si le dejan quedarse en el estudio unos días. Esos días se van alargando. Dora les dice que está buscando dónde vivir, pero que no encuentra dónde, y va dado largas a Laura y Juan cada vez que le preguntan. Pasados cuatro meses, Laura le pide a Dora que se vaya. Pero Dora tiene un certificado de servicios sociales diciendo que está en situación de vulnerabilidad. Por lo tanto, es imposible sacar a Dora del estudio. Porque resulta que Dora tiene más de 45 años. Ni Jorge ni Laura lo imaginaban. Y lleva más de un año en el paro. Tampoco lo imaginaban porque Dora trabaja como camarera… pero en negro. Y como guinda del pastel, el informe acredita que Dora es una «persona con problemas de drogodependencia que se encuentra en proceso de rehabilitación o reinserción social». El informe asegura que Dora es esquizofrénica. Ni Laura ni Jorge sabían que Dora consumía.

Pablo. Editor junior de una gran editorial.

Trabaja en Barcelona. La editorial le ofrece trabajar en Madrid en un puesto mejor. Nada del otro mundo: cobra mil quinientos euros al mes. El editor alquila su casa en Barcelona a una pareja. Él se presenta con un contrato que acredita que trabaja en una multinacional. Al cabo de tres meses empiezan los impagos. El hombre que ha firmado el contrato está desaparecido y se supone que ha vuelto a su país. En la casa se ha quedado una mujer con dos niños. De nuevo el certificado de servicios sociales diciendo que la familia se encuentra en situación de exclusión. Pablo se encuentra con que tiene que pagar los desmesurados gastos de luz y agua de su casa en Barcelona y los de su alquiler en Madrid. No puede afrontarlos y acaba teniendo que volver a Barcelona, a casa de su madre.

Ricard, músico. 

Residente en Barcelona, vive en un piso compartido. Sus padres eran muy humildes, él era obrero de la construcción y ella limpiaba casas. Pero residían en un pueblo cerca del mar en una pequeña casita cuyo valor se ha multiplicado por diez desde que la compraron. Cuando sus madres fallecen, la casa se queda vacía y los tres hermanos tienen llave: se turnan para pasar allí los veranos y los fines de semana mientras piensan en venderla. Cuando descubren que la casa ha sido ocupada, empieza un proceso increíblemente costoso en abogados y procuradores. Casi tres años después recuperan la casa, pero todo lo que había dentro ha desaparecido. No había grandes cosas de valor, pero sí un arcón familiar y una talla de la virgen que había sido de su bisabuela. Recuerdos familiares desaparecidos, y la casa destrozada.

Vicente, jubilado, enfermo.

 Fue tan famoso que salió en televisión. Sucedió a cuatro pasos de mi casa. Familia que tiene una hija politoxicómana que reside fuera de Madrid, en otra casa ocupada. Abuelo, Vicente Moreda, de 87 años, que vive solo. Al abuelo le ingresan en el hospital. La nieta, Paula, aprovecha para ocupar el piso y, de paso, alquilar habitaciones. Y entra con una chica y un bebé, de forma que, al haber un niño pequeño en el piso, el desahucio es complicado. La familia tardó un año en recuperar el piso. Y se lo encontraron destrozado.  La ocupa salió absuelta. En la resolución, la jueza admitía que el anciano y su esposa no podían vivir en el inmueble desde que Paula entrara en el domicilio, pero le absolvió igual.

Cuento estas cuatro historias a un amigo abogado de ésos que me llaman facha. No doy su nombre porque él no me autoriza.  Transcribo sus respuestas porque la conversación tuvo lugar por Whatsapp.

Respecto al caso de Laura: «Es un caso de los difíciles porque Laura ha dejado entrar ahora en su propiedad y Dora es una persona con una supuesta discapacidad, y se había asesorado para tener pruebas de varias para liarla, por lo que el proceso es lento».

Es decir, el abogado opina que si una persona se compadece de otra que no tiene donde vivir y le presta su casa el estado debe penalizar a la persona que se ha portado de forma compasiva. También admite que una ocupa «se puede asesorar».

Respecto al caso de Pablo: «El segundo caso es un impago de alquiler, tampoco es una ocupación. La ley cambió hace unos 20 años y hay un procedimiento rápido que suele durar unos cuatro meses. Eso sí, se necesita abogado procurador y toda la pesca, pero es uno de los riesgos de alquilar una vivienda».

El abogado se equivoca. El desahucio exprés es una gran mentira, una quimera que casi nunca se consigue. Los responsables de Servicios Sociales, los trabajadores sociales, las organizaciones humanitarias como Cáritas o Cruz Roja, y el propio Ayuntamiento, firman informes de vulnerabilidad con mucha alegría. Sin necesidad de verificar si el/la ocupa recibe ayudas públicas y qué hace con ellas, o si es un vulgar estafador o estafadora, como sucedió en los casos de Pablo y de Laura. Y ello sin estudiar si hay fraude o economía sumergida detrás, o si se están realquilando habitaciones, como hacía Paula, la nieta ocupa. Cuando hay menores, servicios sociales emite inmediatamente informe de vulnerabilidad a familias con niños pequeños. Por eso muchas veces, como en el caso de la nieta ocupa, se entra con un menor. Para asegurarse que no va haber desahucio.

Respecto al caso de Ricard: «El tercer caso sí es una ocupación, y generalmente es uno de los casos, junto con el de los bancos y empresas, en los que hay lío. Cuando hay varios herederos que no se ponen de acuerdo. Generalmente no suelen ni haber terminado de tramitar la herencia por los costes. En esos casos la denuncia la tienen que hacer los tres hermanos de forma colegiada, demostrar el fallecimiento, que  son los únicos herederos, etc., tienes que pagar un abogado y si el valor de la casa es bajo y los hermanos no se ponen de acuerdo, el proceso se dilata mucho, pero por el lío que hay alrededor».

Pero ¿me está justificando el abogado la usurpación? ¿El proceso se dilata mucho por el lío que hay alrededor? ¿Decir eso no es culpar a la víctima? O sea, ¿cuando tu madre fallece y estás con todos los trámites de entierro, cierre de cuentas y demás y el duelo añadido, tienes que vivir en su casa, no sea que te la ocupen?

Del cuarto caso, mi amigo el abogado no habla.

Quiero que reparen en el hecho de que, aunque el abogado dice que no existen las ocupaciones, que todo es una campaña de propaganda, que hablamos de casos residuales…. lo que me está explicando es que efectivamente existen. Y que él mismo me reconoce que el proceso de desahucio es lento.

La intencionada confusión de términos 

Igual que para colarnos la ley trans se confunden adrede los términos «transexual» y «transgénero», para que no nos demos cuenta de que la ley está pensada para que un hombre se pueda auto identificar mujer sin necesidad de hormonación y operación, y que no está pensada para personas transexuales, los medios confunden a veces, y creo que intencionadamente, los términos «ocupación», «usurpación», «inquiocupación» y «allanamiento”. Términos que suelen prestarse a la confusión, ya que, aunque sean distintos, están relacionados. Todos ellos se refieren al uso de la vivienda de otro. 

Aclaremos términos: 

Ocupación

No se trata de un término jurídico a efectos penales puesto que el Código Penal no lo recoge, pero es la forma coloquial de definir las acciones que implican la invasión material de un inmueble que no le pertenece al ocupa por ninguna clase de título. Ese título o derecho puede ser un contrato de arrendamiento o incluso una cesión en precario (caso típico de un familiar que deja una vivienda a otro). Lo que define al ocupa es que accede y utiliza la vivienda sin autorización del propietario. La legislación civil sí que contempla esta figura y establece el procedimiento para proceder al lanzamiento del ocupante.

Allanamiento

El allanamiento de morada es un concepto penal y se constituye en el ingreso o la permanencia de una persona en una vivienda que está habitada sin tener la autorización del morador. Es decir, no se entra en una segunda residencia ni en un edificio o piso que está vacío. Ni le has dejado el piso a una amiga, como hizo Laura. Se trata de una morada, alguien vive allí. Al comprobarse que ese inmueble es una morada se agravan las penas por ocuparlo. La sanción que se establece es la prisión. En el allanamiento el derecho vulnerado por quien ocupa de forma no autorizada es la posesión. Por lo tanto, la víctima puede ser un arrendatario, que no es propietario de la vivienda, pero sí que es el legítimo ocupante de la misma, pues tiene el derecho de posesión.

Usurpación de vivienda

La usurpación de vivienda es la ocupación ilegal de una vivienda deshabitada sin el consentimiento de sus propietarios. Un tercero, sin autorización, toma este inmueble y lo convierte en su residencia. En este caso, el derecho vulnerado es el de propiedad. La usurpación tiene vocación de permanencia: el que entra se quiere quedar a vivir.

 En muchos casos la usurpación está organizada por mafias, que usurpan casas, pisos o inmuebles para ofrecerlas a terceros a cambio de dinero. Y les garantizan a esos terceros que, como mínimo, podrán permanecer allí unos dos años. Es decir, el tiempo que suele tardar en la actualidad un juez en dictar la orden de desahucio. Esas mafias son una especie de ‘inmobiliarias ocupas’. Detectan un piso vacío, fuerzan la puerta, enganchan los suministros, cambian la cerradura y entregan la llave a los ocupas. A cambio reciben pagos que oscilan entre los 300 y los 700 euros.

La impotencia o la desidia de las autoridades de poder frenar a las bandas criminales, mafias organizadas que ofrecen viviendas que no son suyas, llama mucho la atención.

Cuando a usted le digan que «no hay que alarmarse porque en España hay pocas usurpaciones», parece que lo de la ocupación no es para tanto. Pero es que es un truco para desinformar, porque si nos hablan de usurpaciones se dejan el 70% de la ocupación fuera. Y es que, en realidad, en España hay un millón de afectados por la ocupación.  Un millón de afectados. Porque hablan de usurpación, pero se dejan en el tintero la inquiocupación.

«El desahucio nunca se cumple de forma inmediata porque el inquilino pide justicia gratuita (un abogado de oficio) y la solicitud alarga el procedimiento»

Inquiocupación 

Es el método más común de ocupación en España, que ya alcanza el 70% de todos los casos, según la Plataforma de Afectados por la Ocupación 

Los inquiocupas son personas que van alquilando pisos sucesivamente y no pagando el alquiler. Permanecen en una vivienda hasta que les desalojan y muchas veces, sencillamente, repiten la operación. Suelen pagar la fianza y presentar documentos de trabajo falsos, y dejan de pagar desde el segundo o tercer mes. 

El retraso administrativo juega a favor del inquiocupa. Porque el inquiocupa se conoce muy bien las herramientas para retrasar más el procedimiento. De hecho, existen manuales de ocupación. Y webs que aconsejan a los inquiocupas sobre los pasos a seguir para retrasar el desalojo. Estas webs explican, por ejemplo, cómo lograr el ya famoso informe de vulnerabilidad.  Yo las he encontrado a golpe de clic, en menos de dos minutos de búsqueda.

Sí, sí. La ley prevé el desahucio por la falta de pago… sobre el papel. Pero la realidad es otra. El desahucio nunca se cumple de forma inmediata porque el inquilino pide justicia gratuita (un abogado de oficio) y la solicitud alarga el procedimiento.

La sobresaliente expansión de la inquiocupación en España llega con el Real Decreto Ley 37/2020, por el cual, desde la pandemia, se frenan los desahucios de personas vulnerables sin solución habitacional (es decir, sin otro sitio donde ir). Con el Real Decreto Ley, el informe de Servicios Sociales es más que suficiente para paralizar el desahucio. 

La abogada Eva Cornudella (ella sí que no tiene ningún problema en dar su nombre) me cuenta: «Aun cuando la ley de desahucio exprés prevé el acortamiento de los plazos, la realidad de los juzgados es la que es y el proceso se dilata. Tenemos, además, el enorme problema de la ejecución de las sentencias y de las medidas de lanzamiento. La gran mayoría de ocupantes alegan encontrarse en situación de exclusión, solicitan informe de servicios sociales y consiguen suspensiones. Yo he tenido un caso de una sentencia de desahucio dictada en septiembre de 2019 que, entre las suspensiones por la crisis de la covid y las continuas artimañas del ocupa, ha acabado ejecutándose en julio de 2022. Me consta que el juzgado quería acordar el lanzamiento, pero el ocupante oponía toda serie de excusas la víspera de cada señalamiento y al juez no le quedaba más remedio que suspender. Hasta la última vez en la que, dado el tiempo transcurrido y la mala fe demostrada, se ejecutó. En este caso, el propietario de la vivienda era un pensionista que percibía una pensión muy pequeña y que necesitaba esta vivienda para cedérsela a su hija, que tiene una niña pequeña. El derecho del ocupa pasó por delante del propio propietario. Se valoraba la situación de vulnerabilidad del ocupa, no la del propietario y la de su hija.  También he visto suspensiones por meter en la vivienda a un perro o un gato. Entonces hay que suspender y avisar a la protectora para el día que se vuelva a hacer».

La gran mentira: la mayoría de los casos no se dan en pisos vacíos de bancos

En primer lugar, esto es falso: hay que tener en cuenta que el 95% de las ocupaciones en España están en manos de pequeños propietarios  

En segundo lugar, este argumento falso suele ser muy esgrimido por defensores de la usurpación. Porque se entiende que no se hace daño a un pequeño propietario, sino que el ocupa es una especie de Robin Hood que reestablece la justicia social, en lugar de un vulgar delincuente. 

Y en este caso no hay derecho a desahucio exprés, de forma que el desalojo puede tardar años.

 Pero hay que tener en cuenta que en muchos casos el que sufre no es el banco o la inmobiliaria sino los vecinos. De nuevo otro caso cercano. Óscar vive en un piso en Carabanchel. Vive al lado de un edificio que estuvo ocupado la friolera de once años: El famoso edificio de la calle José Garrido. Se necesitaron tres meses de protestas vecinales para que finalmente la policía desalojara el edificio después de… once años. Once años. Lo repito dos veces.

Quienes lo ocuparon no eran gente necesitada, sino una mafia con una estructura perfectamente engrasada, que utilizaron escaleras industriales y sierras radiales para entrar, en una operación planificada el más puro estilo de Los hombres de Harrison. Entraron con bebés, que finalmente no vivieron allí. Y el edificio se convirtió en un macro prostíbulo  y en dispensario de droga.  

Nunca se comportaron como vecinos. Destrozaban los contenedores de basura, trapicheaban en plana calle. Por no hablar de los ruidos, los gritos, a todas horas del día y de la noche. A Yanet, mujer de Óscar, le atracaron cuando volvía a casa, y le pusieron una navaja en el cuello. Las niñas pasaban miedo. Yanet está diagnosticada por síndrome de estrés postraumático, y medicada. Óscar y Yanet siempre han deseado irse, pero no podían vender el piso, ni ya podrán: el barrio está estigmatizado, se ha depreciado y la zona en el que viven ha bajado de precio. El piso es ahora más barato que cuando lo compraron. Si lo venden, ya no podrían comprar otro. 

Eva Cornudella me cuenta otro caso: 

«Una empresa inmobiliaria compra un conjunto de casas para demoler, edificar de nuevo y vender. Esta empresa formaliza con sus clientes contratos de promesa de venta sobre plano y percibe cantidades recibidas a cuenta. En estos contratos se establece una fecha de entrega de la finca. Antes de que la promotora empiece la demolición de las casas, entran ocupas. Como la empresa es un gran tenedor de viviendas (es titular de más de 10) no puede acogerse a la ley del desahucio exprés. Porque la ley del desahucio exprés no es aplicable a los grandes tenedores de viviendas como entidades bancarias o promotoras. Mi cliente se arriesga a perder las ventas por no poder cumplir los plazos. Y si ello sucede, tendrá que devolver a sus clientes las cantidades entregadas a cuenta, avaladas bancariamente, y se verá con un auténtico problema financiero. Esto puede acarrearle una grave situación de insolvencia».

«Yo no lo veo justo en absoluto. Es su negocio. Es como si un hostelero, por el mero hecho de disponer de camas y cocina, tuviera que atender a gente de beneficencia. Cabe señalar, además, que en este caso concreto el ocupa es un niño bien, hijo de un concejal del pueblo, que va ocupando viviendas y extorsionando al propietario. A mi cliente le ha pedido 50.000 euros para largarse. El ocupa en cuestión tiene casa en las mismas manzanas que la finca ocupada y va y viene, dejando -eso sí- siempre a un amigo en la vivienda para no cesar en la ocupación».

 «La nueva ley, en su exposición de motivos, hace referencia a que el Gobierno es conocedor de que hay grupos organizados que ocupan y extorsionan. Estos grupos, como comprenderás, no ocupan las fincas al azar. Ocupan las de los propietarios que creen que cederán a la extorsión. ¿Y quiénes son? Las empresas. Así que la ley ayuda a los particulares, pero el gobierno es conocedor de que hay un problema grave y esta ley no solo no establece mecanismos de solución, sino que para colmo discrimina a las empresas».

«Se ha intentado establecer un procedimiento exprés, más rápido, para los supuestos en los que el propietario de la vivienda ocupada es un particular, pero personalmente me parece injusto que una empresa o un gran tenedor de viviendas se vea obligado a asumir una ocupación en base a criterios de protección de derechos sociales. La obligación de garantizar el derecho fundamental a procurar vivienda debe recaer en la Administración y no en los particulares».

La conclusión

Lo que no puede ser es que los propietarios hayan ha pasado a asumir los costes de la insuficiencia de vivienda social en España.  Lo que no puede ser es que la Administración no muestre ni solución, ni diligencia, ni el más mínimo interés. Lo que no puede ser es se estigmatice al propietario que es «un blanco rico privilegiado», aunque la gran mayoría de afectados pertenezcan a la clase trabajadora (ya le digo yo que ni a Carmen Lomana ni a la Thyssen ni a la Preysler les van a ocupar la casa, ni se les va a colar un inquiocupa).

Como consecuencia de este sinsentido de marco legal, y del ‘efecto llamada’ que ha generado, los propietarios no solo se quedan sin su casa, sino que encima mantienen al ocupa: pagan el IBI de los hogares ocupados ilegalmente, el pago de otros impuestos, el pago de suministros como luz y agua, y los recibos de la hipoteca si los hay.

¿Cómo puede ser que si un desconocido se mete en mi coche eso se considere un robo, pero si se mete en mi casa no lo sea?  

La ley es un despropósito porque hace recaer el derecho (y la necesidad) de vivienda en el particular, cuando es la administración quien debe articular los mecanismos necesarios para ello. Se delega completamente en los propietarios privados la responsabilidad de proporcionar una vivienda a los considerados como sectores vulnerables, una función que le debería competer al Estado y no a un ciudadano cualquiera a que le ha tocado la china… sin que él o ella se haya ofrecido a hacerlo. Según esto, y llevado al extremo, si seguimos con este razonamiento, cualquier persona que pase hambre tendría derecho a atracarme en la calle, porque al fin y al cabo yo tengo diez euros en el bolso y él no.  

Si el Estado acaba por proteger la vasta maquinaria de las mafias, de la delincuencia y de la agresión institucionalizadas, ¿esto quiere decir que nos hallamos ante los cómplices de los criminales y que, por lo tanto, la categoría moral del Gobierno es radicalmente distinta de la de cualquiera de los legítimos dueños de propiedades? ¿Quién tendría entonces la obligación moral de obedecerle? Entraríamos aquí en terreno de la filosofía política, que yo no manejo. Pero lo dejo caer: si el Estado te ataca: ¿es moralmente lícito engañar al Estado?  Esto no significa, por supuesto, que aconseje la desobediencia civil, más que nada porque el aparato estatal dispone de  medios de represión y control. Pero las relaciones con el Estado deben guiarse por consideraciones de simple prudencia y pragmatismo. Y el pragmatismo  hace que el individuo de a pie se pregunte:  ¿quién no va a apoyar al dueño que se tome la justicia por su mano sabiendo que la multa por delito de coacciones va a ser sensiblemente más barata que los gastos de abogados, procuradores, luz agua e impuestos?

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D