El autor de un poema machista, condenado a pagar 50.000 euros a Irene Montero
El autor de un poema de carácter machista publicado en el año 2017 en la revista de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria deberá pagar 50.000 euros a la portavoz de Podemos en el Congreso de los Diputados, Irene Montero. Es la condena que ha recibido por parte del juzgado de Instrucción número 38 de Madrid, que considera que, además de sexista y machista, la composición «erosiona» la dignidad de la damnificada, informa Efe.
El autor de un poema de carácter machista publicado en el año 2017 en la revista de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria deberá pagar 50.000 euros a la portavoz de Podemos en el Congreso de los Diputados, Irene Montero. Es la condena que ha recibido por parte del juzgado de Instrucción número 38 de Madrid, que considera que, además de sexista y machista, la composición «erosiona» la dignidad de la damnificada, informa Efe.
La sentencia, contra la que cabe recurso y que está firmada por el magistrado Jaime Moralles, condena también, de forma solidaria a los seis miembros del comité de redacción de la revista a pagar 20.000 euros a Irene Montero por «no supervisar» el contenido del texto, publicado en el número de noviembre de 2017 bajo el título de ‘De monjas a diputadas’ y firmado con el pseudónimo El guardabosques de Valsaín.
Los versos del poema insinúan que las responsabilidades políticas de la portavoz de Podemos y de la exdiputada Tania Sánchez se deben a los «apetitos inconstantes» del líder de la formación, Pablo Iglesias. El autor llega, de hecho, a asegurar: «La diputada Montero / Expareja del ‘coleta’ / Ya no está en el candelero / Por una inquieta bragueta / Va con Tania al gallinero».
«No se trata de un texto de información, sino de expresión de valoraciones de su autor sobre la demandante que erosiona explícitamente su dignidad», sostiene el magistrado, que señala en la sentencia que el poema comporta «un ultraje y ofensa para Montero como persona y mujer». Para el juez, las expresiones proferidas por el autor son «simples expansiones desde una posición sexista y machista, gravemente peyorativas para la mujer» que, además de «insidiosas e infames», resultan ser «vejaciones». «Dichos términos, aisladamente y en su conjunto, comportan insulto, insidia y vejación grave para la propia estima de la demandante», añade la sentencia, que justifica que el contenido no puede gozar de la protección de la libertad de expresión.