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Sentencia pionera: despedida una dependienta que se negó a ponerse bien la mascarilla

Sentencia pionera: despedida una dependienta que se negó a ponerse bien la mascarilla

Mika Baumeister | Unsplash

Llevar de manera incorrecta la mascarilla en el lugar de trabajo puede suponer un riesgo para la salud en el actual contexto de pandemia. El primer despido por esta infracción ya se ha producido y ha sido declarado procedente por el Juzgado de lo Social número 6 de Santander. La despedida ha sido una trabajadora de la sección de pescadería de un supermercado que no siguió las indicaciones de su superior, que le pidió que se la colocara adecuadamente. Además, la sentencia recoge que se dirigió en tono amenazante a la clienta que lo había denunciado.

Lo más importante: la magistrada considera que la actuación de la trabajadora, que estaba manejando productos frescos, «debe encuadrarse dentro de las faltas muy graves». Según el relato de hechos, el pasado mayo una clienta del establecimiento «se dirigió a la responsable de la tienda para quejarse de que la dependienta de pescadería, al decirle que no llevaba bien puesta la mascarilla, puesto que la llevaba por debajo de la nariz, le había contestado que ella (la clienta) no era policía para decirle lo que podía hacer». Con todo, la sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de suplicación.

Al ver la actitud de la trabajadora, la encargada se dirigió junto con la clienta a la sección de pescadería y «recriminó a la empleada el incorrecto uso de la mascarilla y el trato a la clienta».

Según recoge la sentencia, la dependienta se dirigió entonces a la clienta con expresiones como «si no te gusta, te vas» o «si quieres lo arreglamos en la calle, sin uniforme». La encargada del establecimiento «intentó calmar a la actora, sin conseguirlo» y, finalmente, se fue con la clienta, a la que pidió disculpas.

La empresa consideró que la trabajadora había cometido tres faltas graves: vulneración de las normas de seguridad, falta notoria de respeto o consideración al público, y malos tratos de palabra u obra, abuso de autoridad, falta de respeto y consideración a jefes, compañeros y público en general. Por ello, en junio le fue comunicado el despido disciplinario.

Sin embargo, la representación de la trabajadora llevó la decisión de la empresa a los tribunales al considerar que era una medida «desproporcionada». La titular del Juzgado ha desestimado la demanda de la trabajadora porque sí considera que su actuación se encuadra en las faltas graves que le imputó la empresa, al argumentar que la mujer «se encontraba prestando servicios con un producto no envasado, el pescado, por lo que las normas de prevención de riesgos laborales de la empresa le obligaban al uso correcto de la misma, tapando la boca y la nariz».

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