Un hombre de 58 años se ha quitado la vida antes de ser desahuciado del piso en el que vivía como inquilino en el barrio de Sants de Barcelona. El hombre vivía en un piso de alquiler y llevaba meses sin pagar la renta, por lo que el propietario había presentado una demanda de desahucio.
Lo más importante: el juzgado que llevaba el caso le facilitó abogado de oficio y acceso a los servicios sociales, pero finalmente consideró que no podía detener el desahucio porque las causas alegadas en el informe de servicios sociales «no son las que regula el real decreto como vulnerabilidad que permita la suspensión del lanzamiento».
El hombre estaba siendo atendido por la unidad antidesahucios del consistorio y «le acompañaban» en los trámites y en la mediación con la propiedad de la vivienda, han afirmado fuentes del Ayuntamiento de Barcelona a Efe. En cuanto a la decisión del juzgado de no considerar las causas para detener el desahucio recogidas en el informe de servicios sociales, estas fuentes aseguran que el consistorio, al no ser parte del procedimiento judicial, no había tenido constancia de esta decisión.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha informado de que la demanda por impago del alquiler fue presentada el pasado mes de enero por un particular, que es el propietario del inmueble, y se tramitaba en el juzgado de primera instancia número 3 de Barcelona. En el momento en que se presentó la demanda, el inquilino no pagaba desde junio de 2020 el alquiler, correspondiente a un contrato de arrendamiento firmado en 2018.
Tras presentarse la demanda, el inquilino solicitó «justicia gratuita», por lo que se paralizó la tramitación hasta que se le asignara un abogado.
Además, el TSJC asegura que cuando desde el juzgado se le hizo entrega de una ficha para que indicara si necesitaba ayuda de los servicios sociales, no la cumplimentó. Este hecho, añade el tribunal, implica que el juzgado no disponga de autorización para trasladar a los servicios sociales información sobre el procedimiento. El tribunal asegura también que el juzgado facilitó al inquilino información de cómo podía acceder directamente a los servicios sociales.
La primera fecha fijada para el desahucio fue suspendida por la solicitud y tramitación de la justicia gratuita y la segunda estaba señalada para este lunes, 14 de junio.
Según estas fuentes, el pasado jueves, 9 de junio, el abogado del demandado presentó un informe de servicios sociales al juzgado indicando «la vulnerabilidad del inquilino y solicitando la suspensión del lanzamiento».
Con los datos recogidos en el informe, el juzgado desestimó la suspensión, el pasado día 9, porque las circunstancias que se recogen en el mismo «no son las que regula el real decreto como vulnerabilidad que permita la suspensión del lanzamiento».
Los especialistas remarcan que las muertes por suicidio nunca tienen un único detonante, sino que son el resultado de factores psicológicos, biológicos y sociales que tienen tratamiento. Las personas con conductas suicidas y sus allegados pueden recibir ayuda las 24 horas llamando al 112 o contactando con el Teléfono de la Esperanza (717 00 37 17).