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Sociedad

En 2023 ya no tendrás que llevar la baja médica a tu jefe para justificar las ausencias

Esta medida busca mejorar la eficacia de los procedimientos al «agilizar trámites»

En 2023 ya no tendrás que llevar la baja médica a tu jefe para justificar las ausencias

Una persona trabajando | Pixabay

La llegada del nuevo año trae consigo muchos cambios en España. En mayo de 2023 tendrán lugar elecciones autonómicas y municipales y las previsiones que haya comicios generales para finales de año. Pero hasta que eso llegue, el Gobierno de coalición sigue aprobando diferentes medidas; la última de ellas está relacionada con la forma en la que serán tramitadas las bajas y altas médicas de los trabajadores.

Concretamente, el cambio consiste en la eliminación de la obligatoriedad, por parte de los trabajadores, de comunicar y trasladar a su empresa los partes de baja y alta médica. Así, desaparece la segunda copia de dichos partes que hasta ahora recibían los asalariados. El Gobierno aprobó esta medida el pasado 27 de diciembre de 2022, en el último Consejo de Ministros del año.

Según lo establecido, ahora la comunicación se establecerá entre las empresas y la Seguridad Social de forma telemática. Así, se eluden diligencias que pueden ser molestas «para personas que están en situación de incapacidad temporal»; además, sirve para aprovechar «las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información».

Esta medida pertenece a una serie de cambios en el Real Decreto 625/2014. Este regula los trámites por incapacidad temporal que, según La Revista de la Seguridad Social, supondrán «un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud».

Objetivos de esta medida

Un grupo de personas trabajando.
Un grupo de personas trabajando. Foto: Pixabay

Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con esta medida buscan «agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas» que prolongan este tipo de procesos de forma innecesaria. La norma entra en vigor a partir de la publicación del próximo BOE y cambia el artículo 7.1 del Real Decreto de 2014, que obligaba al trabajador a entregar a su empleador los partes de baja y alta médica.

En cuanto a estas bajas médicas, la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo, en el informe ‘El absentismo laboral derivado de la incapacidad temporal por contingencias comunes (ITCC)‘ que publicó en junio del año pasado, señalaba que el número de procesos de baja médica aumentó casi un 14% entre 2020 y 2021. No obstante, no llegaron a alcanzar los niveles de 2019 (que eran de un 23,9%).

Además de esto, a lo largo de 2021 y el primer cuatrimestre de 2022, por cada 1.000 empleos protegidos ha habido 25 procesos de baja médica entre los asalariados y 8,7 entre los autónomos. Esto supone un incremento del 20% en el caso de los trabajadores por cuenta ajena y de más del 3% en el de los trabajadores por cuenta propia; en total, el aumento fue de casi el 19%.

En cuanto al aumento general de las bajas médicas, en 2021 la incidencia media, en los casos de los procesos de baja médica de los Trabajadores por Cuenta Ajena, incrementó en un 19,47% respecto al ejercicio anterior. En cuanto a los casos vinculados a los Trabajadores por Cuenta Propia, el aumento ha sido de un 3,57% para el mismo periodo de referencia.

En cuanto al total de la población protegida, el aumento de estos casos es del 18,75%. Además, el informe señala que el gasto en prestaciones económicas ha aumentado un 1,38% entre el año 2020 y 2021, lo que supone un aumento de más del 15% en comparación con los datos de 2019.

Bruselas también tiene una opinión sobre esta nueva medida. Y es que la Comisión Europea, en su página web, indica que la reducción de «las cargas burocráticas y administrativas» ayuda a mejorar los servicios públicos. Esta nueva medida del Gobierno parece que pretende ir precisamente en esa dirección.

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