Condenado a cinco años de cárcel por abusar sexualmente de su nieta de tres años
La víctima se expresó «con suficiente claridad y fluidez» para afirmar los hechos, a pesar de su corta edad
La Audiencia de Sevilla ha condenado a un varón a cinco años de cárcel, por un delito continuado de abusos sexuales cometido sobre su nieta cuando la misma apenas tenía tres años de edad.
En una sentencia emitida el pasado 8 de abril, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla declara probado que el acusado, Antonio V.R., «aprovechando que su nieta pasaba las tardes de lunes a viernes en su domicilio», desde que la misma tenía unos tres años de edad, «en diversas ocasiones con anterioridad al 17 de diciembre de 2019, mientras la menor estaba distraída en el sofá del salón viendo la televisión o jugando con el teléfono móvil del acusado, con ánimo libidinoso le realizó tocamientos».
Para ello, el tribunal tiene en cuenta el testimonio de la menor, que «se expresó con suficiente claridad y fluidez para afirmar en síntesis que su abuelo no la dejaba; que ella se tendía en su barriga y él le tocaba el ‘chocho’ por encima o fuera de la ropa; que le dolía cuando le hacía eso; que ocurría por la tarde en el sofá del salón cada vez que iba a casa de su abuelo desde los tres años, cuando veía dibujitos o jugaba con el móvil; que, cuando sucedía eso, sus hermanos estaban jugando en otro cuarto y su abuela en el cuarto de baño; que cuando se hartó, primero se lo contó a la abuela y ella le dijo que era mentira; que fue a su casa y se lo contó a sus padres».
«Los reyes magos te están viendo»
También tiene en cuenta la declaración de la madre de la menor, quien dijo en el juicio que la niña le contó «que el abuelo le tocaba sus partes muchas veces por fuera en el sofá del salón, que esa misma tarde su marido fue a casa de su padre, o sea el acusado, para pedirle explicaciones y después este último vino a su casa para negarlo, pero la menor le dijo que no mintiera, que los Reyes Magos lo estaban viendo».
El tribunal también señala el criterio de una psicóloga, según la cual «el testimonio de la menor reunía numerosos criterios de credibilidad, pues su relato era coherente, rico en detalles, espontáneo y no inducido, ni fantasioso ni fabulado, careciendo la menor de conocimientos sexuales inapropiados para su edad, y no existiendo conflictos previos entre los implicados ni beneficios secundarios que pudieran condicionar la validez de ese relato».
Una exculpación «absolutamente inconsciente»
El encartado, según figura en la sentencia, «negó taxativamente los tocamientos sexuales a su nieta, justificando las manifestaciones incriminatorias de la menor por haberla castigado sin móvil al sorprenderla enseñándole sus genitales a una hermana y una prima; explicación absolutamente inconsistente, si no irracional, que sólo se sostiene en el legítimo ánimo autoexculpatorio del acusado», según el tribunal.
La condena
Dado el caso, la Sección Séptima de la Audiencia condena a este varón a cinco años de cárcel por un delito continuado de abusos sexuales, otros cinco años de libertad vigilada post penitenciaria, diez años de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella, así como seis años de inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de guarda y acogimiento de menores.