Tres yihadistas en España, a prisión por financiar a combatientes del Estado Islámico
Un cuarto acusado ha logrado una condena menor al quedar probada solo la falsedad documental
Una trama de préstamos a combatientes del Estado Islámico se ha saldado con la condena a cinco años de prisión para tres yihadistas, mientras que un cuarto acusado se ha librado del delito de financiación del terrorismo. Los condenados son dos ciudadanos sirios y otro de origen marroquí y han sido enviados a la cárcel por la Audiencia Nacional, que también ha fijado una multa de 50.000 euros cada uno por financiar el retorno a Europa de miembros del Dáesh que combatían en Siria a través del sistema de préstamos conocido en el mundo musulmán como hawala.
Un cuarto acusado, también sirio y hermano de uno de los condenados, ha resultado absuelto del delito de financiación del terrorismo y ha sido únicamente condenado a siete meses de prisión por falsedad documental, según la sentencia dictada por la sección primera de la Sala de lo Penal. Los cuatro acusados fueron identificados gracias a un agente encubierto informático al que la Sala ha considera clave y califica su actuación de «prueba directa».
Fueron detenidos en 2019 y 2020 en España acusados de financiar a combatientes extranjeros de Estado Islámico en Siria para que retornaran a países europeos de los que procedían para seguir allí con su actividad yihadista. La Fiscalía pedía para los tres condenados por el delito de financiación una condena más alta, diez años de prisión. La causa contra ellos partió de una investigación de la Comisaria General de Información de la Policía en relación a la existencia de una infraestructura de financiación del terrorismo yihadista en España con vinculaciones en países como Francia, Alemania, Holanda, Bélgica, Marruecos y Turquía, entre otros.
Su objetivo era «proveer de fondos a varios Foreign Terrorist Fighters (FFT’s) localizados en Siria, para facilitar el retorno a Europa de los yihadistas», indica la sentencia. La red contaba con estructura en Siria e lrak, desde donde contactaba con simpatizantes en cualquier lugar del mundo dispuestos a aportar dinero.
Para investigar a sus integrantes, el juez instructor autorizó la intervención de un agente encubierto y, posteriormente, la de las comunicaciones telefónicas. Así fueron identificados como miembros de la red en zonas de conflicto: Ahmad Sleman, Mohamed Oujaddi y Ahmed el Idrissi, contra los que no se dirige este procedimiento.
A través de estas personas, y de otras también vinculadas a Dáesh, se logró identificar a los acusados: Mustafa Aldaher, Abid EI Gharibi y Saleh Saraj, «como personas que desde España recibían, primero, y hacían lIegar, después, a la organización terrorista Dáesh, en los campos de refugiados sirios, dinero a través, fundamentalmente, del método hawala«. «Todo ello a través de medios no declarados, opacos, consistentes en la recepción de dinero en efectivo y, a través de una cadena de colaboradores, entregarlo a los destinatarios finales, los cuales estaban ubicados en campos de refugiados en territorio sirio, conocidos como AI Hoi y AI Roj», explica la sentencia.
EI método hawala es un sistema de transferencias de capital entre dos zonas geográficas, en el que no se produce movimiento efectivo de dinero, y que se basa en la confianza entre los responsables locales de la estructura, denominados hawaladores. Para la Sala ha quedado acreditado, que Mustafa Aldaher, Abid EI Gharibi y Saleh Saraj mantenían, desde al menos finales de 2018, contactos directos con miembros de esta red para enviar dinero.
«Y llegamos a esta conclusión sin género de dudas -destacan los magistrados- por la declaración del agente encubierto, que de forma clara relata como a través de miembros de la red de financiación de la organización terrorista Dáesh, llega a los ahora acusados». El agente encubierto, utilizando diversos perfiles, prosigue la sentencia, se ganó la confianza de los investigados haciéndoles creer que estaba en disposición de hacer un envío de una importante cantidad de dinero.
Pidió tener plena seguridad en la fiabilidad de los contactos que le fueron suministrando y de esta manera llegó a la identificación de los acusados, detenidos dos de ellos en Madrid, y en el resto en la localidades madrileña de Fuenlabrada y la toledana de Yuncos. «Se trata pues de una prueba directa, que después se ve ratificada con la investigación policial», sostiene la Sala, que considera que las conversaciones entre el agente encubierto y los acusados y el examen de las intervenciones telefónicas revela «esa perfecta coordinación entre los miembros de la red de financiación».
Para los magistrados no ha quedado probado que el cuarto acusado, Ahmad Saraj, hermano de Saleh Saraj, haya colaborado de forma activa con las actividades ilegales de envío de dinero. Eso sí le condenan por el pasaporte francés falsificado con su foto y a nombre de otra persona, que fue encontrado en el coche de su hermano Saleh, por lo que éste suma también a la pena por financiación del terrorismo un año y medio por el delito de falsedad documental.
El tribunal acuerda además el decomiso del dinero intervenido a Mustapha Aldaher (3.300 euros y 400 dólares estadounidenses) y a Saleh Saraj (9.020 euros y 500 dólares estadounidenses), así como el del saldo de las cuentas embargadas a este último en tres entidades bancarias.