¿Cómo solicitar una indemnización en el consorcio de seguros por catástrofe natural?
Si has sufrido lesiones graves, discapacidad permanente o fallecimiento, te corresponde una indemnización
El Consorcio de Seguros es una entidad pública que juega un papel fundamental en el sistema asegurador de nuestro país. Su principal función es garantizar la cobertura de aquellos riesgos que las aseguradoras privadas no están obligadas a asumir o que, debido a su magnitud, superan su capacidad de indemnización.
De esta manera, el Consorcio actúa como una red de seguridad, protegiendo a los ciudadanos y empresas ante eventos catastróficos o situaciones excepcionales, como terremotos, inundaciones o actos de terrorismo.
¿Cómo, dónde y cuándo solicitar la indemnización?
Si has sufrido un daño cubierto por el Consorcio, ya sea por un siniestro natural como un terremoto o una inundación, o por un acto de vandalismo, tienes derecho a solicitar una indemnización. Para hacerlo, puedes elegir entre varias opciones:
- A través de tu compañía de seguros: si tienes contratada una póliza de seguros, la compañía puede ayudarte a gestionar el proceso de solicitud de indemnización al Consorcio. Ellos se encargarán de recopilar la documentación necesaria y de presentarla en tu nombre.
- Por teléfono: llama al número de atención al cliente del Consorcio: 900 222 665. Un agente te atenderá y te guiará a través del proceso de solicitud. Este servicio está disponible en español, inglés y francés.
- A través de la página web del Consorcio: accede a la sede electrónica del Consorcio y busca el apartado de «Solicitud de Indemnización». Allí encontrarás los formularios necesarios y podrás realizar tu solicitud de forma online.
¿Qué documentación necesitas para presentar la solicitud?
Para agilizar el proceso, es recomendable tener a mano la siguiente información:
- Datos personales: nombre completo, NIF, dirección, teléfono de contacto y dirección de correo electrónico.
- Datos del siniestro: fecha y hora en que ocurrió el siniestro, lugar donde ocurrió, descripción detallada de los daños, fotografías de los daños, etc.
- Datos de la póliza de seguros: si tienes una póliza, deberás proporcionar el número de póliza y los datos de la compañía aseguradora.
- Cuenta bancaria: para que el Consorcio pueda realizar el pago de la indemnización.
Los pasos a seguir
- Notificación del siniestro: lo primero que debes hacer es avisar del siniestro al Consorcio, ya sea por teléfono, por escrito o a través de su página web.
- Una vez notificado el siniestro, deberás presentar la solicitud de indemnización, aportando toda la documentación requerida.
- El Consorcio enviará a un perito para que valore los daños causados por el siniestro.
- Si la solicitud es aprobada, el Consorcio te abonará la indemnización correspondiente en la cuenta bancaria que hayas indicado.
Según los daños materiales sufridos
Para disfrutar de este beneficio, es necesario contar con una póliza de seguros que cubra al menos uno de los siguientes riesgos: incendio, robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos, ordenadores o combinaciones de estos. Por ejemplo, las pólizas multirriesgo diseñadas para hogares, comunidades de vecinos, oficinas, comercios, talleres o pequeñas y medianas empresas (PYMEs) suelen incluir estas coberturas.
Daños en los coches
Si sufres daños en tu vehículo, ya sea un coche, una moto, un camión o cualquier otro tipo, el Consorcio de Compensación de Seguros puede ayudarte. Incluso si solo tienes el seguro obligatorio a terceros, o si el vehículo causante del daño no está identificado o no tiene seguro, el Consorcio puede hacerse cargo de la indemnización.
¿Qué cubre el Consorcio?
- Daños materiales: roturas, abolladuras, arañazos, incendios, inundaciones, actos vandálicos, etc.
- Robo total o parcial del vehículo.
- Daños causados por fenómenos naturales: granizadas, tormentas, inundaciones, etc.
Para daños personales (lesiones, fallecimiento)
Tienes un seguro de vida o un seguro que te cubra por accidentes? Si sufres un accidente que te provoca lesiones graves, una discapacidad permanente o incluso el fallecimiento, el Consorcio puede pagarte una indemnización. La cantidad que recibirás dependerá de lo que esté establecido en tu póliza de seguros.