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Las niñas musulmanas deben asistir a clases mixtas de natación

La escuela juega «un papel especial en el proceso de integración social, en particular en lo que concierne a niños de origen extranjero», indica el tribunal, que recuerda que las clases de natación «no son sólo para aprender a nadar sino, sobre todo, para participar en dicha actividad con todo los demás alumnos». El caso llegó a Estrasburgo después de que un matrimonio turcosuizo, Aziz Osmanoglu y Sehabat Kocabas, con dos hijas, acudieran al tribunal para buscar amparo ante lo que consideraban una interferencia por parte del colegio de las niñas. Para ellos, obligar a las niñas, entonces preadolescentes, a asistir a dichas clases violaba sus creencias religiosas. El tribunal europeo ha considerado que la justicia suiza intentó adaptarse a las creencias de la familia permitiendo, por ejemplo, que las niñas llevasen trajes de baño integrales tipo «burkini». También estimó que la multa de 1.400 francos suizos impuesta en 2010 a los padres era «proporcional al objetivo perseguido», que hacerles cumplir la regulación. Tras agotar todas las vías judiciales en Suiza, el matrimonio recurrió a Estrasburgo donde, de nuevo, no le han dado la razón, aunque pueden apelar la decisión.

Los padres musulmanes no pueden negarse a mandar a sus hijas a clases mixtas de natación en sus escuelas, ha decidido este martes el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dando así la razón a las autoridades suizas que se opusieron a la petición de los padres de dos alumnas para que no asistieran a natación mixta con el resto de las clase. Para el alto tribunal, lo importante no es la religión que profesa la familia litigante sino la necesidad de proteger a los niños de la exclusión social.

La escuela juega «un papel especial en el proceso de integración social, en particular en lo que concierne a niños de origen extranjero», indica el tribunal, que recuerda que las clases de natación «no son sólo para aprender a nadar sino, sobre todo, para participar en dicha actividad con todo los demás alumnos».

El caso llegó a Estrasburgo después de que un matrimonio turcosuizo, Aziz Osmanoglu y Sehabat Kocabas, con dos hijas, acudieran al tribunal para buscar amparo ante lo que consideraban una interferencia por parte del colegio de las niñas. Para ellos, obligar a las niñas, entonces preadolescentes, a asistir a dichas clases violaba sus creencias religiosas. El tribunal europeo ha considerado que la justicia suiza intentó adaptarse a las creencias de la familia permitiendo, por ejemplo, que las niñas llevasen trajes de baño integrales tipo «burkini». También estimó que la multa de 1.400 francos suizos impuesta en 2010 a los padres era «proporcional al objetivo perseguido», que hacerles cumplir la regulación. Tras agotar todas las vías judiciales en Suiza, el matrimonio recurrió a Estrasburgo donde, de nuevo, no le han dado la razón, aunque pueden apelar la decisión.