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España pagará 600.000 euros a una mujer cuya expareja mató a su hija en una visita no vigilada

El Tribunal Supremo ha condenado al Estado a indemnizar con 600.000 euros a una mujer cuya expareja asesinó en 2003 a una hija que tenían en común y luego se suicidó después de que un Juzgado de Navalcarnero (Madrid) modificase las visitas del padre a la menor de vigiladas a no vigiladas. 

España pagará 600.000 euros a una mujer cuya expareja mató a su hija en una visita no vigilada

El Tribunal Supremo ha condenado al Estado a indemnizar con 600.000 euros a Ángela González, la mujer cuya expareja asesinó en 2003 a una hija que tenían en común después de que un Juzgado de Navalcarnero (Madrid) modificase las visitas del padre a la menor de vigiladas a no vigiladas. El hombre se suicidó después de matar a la niña, de siete años. González lleva 15 años tratando de conseguir una condena para la Administración por no proteger a su hija.

La mujer denunció en 47 ocasiones por malos tratos y otras causas a su expareja, quien tras la separación la llegó a decir que le iba a quitar lo que más quería, en relación a su hija. Inicialmente el Juzgado de Navalcarnero estableció que las visitas fueran vigiladas pero tras más de un año las cambió a no vigiladas.

Según recoge El País, la mujer, que llevaba sufriendo malos tratos desde que se quedó embarazada, había huido de su casa con su hija de tres años. Durante el divorcio, el juez concedió al padre un régimen de visitas tutelado, pero dos años después aceptó un recurso del hombre y permitió que viera a la niña a solas, en contra de lo que recomendaban los servicios sociales. Una docena de vistas más tarde, el hombre la mató de tres disparos en Arroyomolinos (Madrid).

Tras el asesinato, la mujer denunció que la Administración, a la que había alertado, no había protegido a su hija. Perdió en todas las instancias y decidió acudir al Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Este organismo condenó a España en 2015 por no proteger a una mujer víctima de violencia de género y a su hija. El Estado ignoró el aviso del CEDAW y ahora el Supremo condena al Estado por esa desprotección.

Fuentes del alto tribunal han informado de que es la primera vez que se condena al Estado español por no cumplir un dictamen del CEDAW al no atender la reclamación indemnizatoria de la mujer.

El caso de González ha sido utilizado como ejemplo por parte del movimiento feminista en relación con el caso de Juana Rivas, quien se enfrenta a una petición de la Fiscalía de cinco años de cárcel por no entregar a sus dos hijos al padre, condenado por maltrato.

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