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Madrid

El Supremo anula parcialmente el Plan Hidrológico del Tajo por no fijar caudales ecológicos

El alto tribunal anula varios artículos de la normativa del plan porque no garantizan caudales ecológicos reales en Aranjuez, en Toledo y en Talavera de la Reina.

El Supremo anula parcialmente el Plan Hidrológico del Tajo por no fijar caudales ecológicos

El Tribunal Supremo ha anulado varios artículos del Plan Hidrológico del Tajo porque no fija caudales ecológicos en Aranjuez, en Toledo y en Talavera de la Reina.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso presentado por varias entidades y ha declarado la nulidad de varios artículos que conforman la normativa del plan hidrológico, ha informado este sábado en una nota de prensa la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo, una de las demandantes.

En opinión de la Plataforma, esta decisión obligará a adaptarse al trasvase Tajo Segura, «limitándose los volúmenes a derivar».

El recurso ante el Supremo fue interpuesto en 2016 por la Plataforma en Defensa de los Ríos Tajo y Alberche de Talavera de la Reina, la asociación GRAMA (Grupo de Acción para el Medio Ambiente), la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo, el Ayuntamiento de Mantiel (Guadalajara) y la asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía.

El Alto Tribunal declara la nulidad de varios artículos de la normativa del Plan, en concreto el art. 9 en sus apartados 1, 3, 5, 6, y 7, en relación con los apéndices 4.1, 4.2 y 4.3, así como el art. 10.2 en lo relativo al inciso que afirma que los caudales ecológicos en la cuenca del Tajo «no serán exigibles en el horizonte temporal del presente Plan».

La sentencia entiende que estos artículos suponen el incumplimiento de la obligación que tiene la Administración del Estado de establecer en el Plan hidrológico del Tajo un régimen de caudales ecológicos completo (con caudales máximos, mínimos y tasas de cambio) para todos los ríos de la cuenca, con carácter vinculante y para el horizonte temporal del Plan (2015-2021).

La Administración General del Estado, a través de la Confederación Hidrográfica del Tajo, deberá ahora establecer estos regímenes de caudales ecológicos en el Tajo y resto de ríos de la cuenca, conforme a la legislación vigente que ha incumplido.

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