Estrasburgo rechaza una demanda de una organizadora del 1-O
Estrasburgo ha rechazado este jueves por «manifiestamente infundadas» las cuatro quejas presentadas por una organizadora del 1-O.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado este jueves por «manifiestamente infundadas» las cuatro quejas presentadas por Montserrat Aumatell i Arnau, sindicada del Colegio electoral de Tarragona en el referéndum del 1 de octubre. Se trata de la primera decisión de Estrasburgo sobre el 1-O.
Frente a la tesis de la demandante, que se quejó de que fue multada por un hecho que no constituye delito sino persecución política, Estrasburgo considera que la imposición de sanciones por parte del Tribunal Constitucional no supuso ninguna violación de los derechos protegidos por el tribunal internacional. La demandante, residente en Valls (Tarragona) y nacida en 1957, presentó una demanda contra España el pasado 29 de noviembre al estimar que no tuvo un juicio justo por no recibir una notificación personal de la multa impuesta por el Constitucional por ejercer ese cargo en la consulta independentista, informan varios medios.
Sin embargo, los jueces de Estrasburgo que examinaron su demanda han rechazado todos sus argumentos, que consideraron “mal fundados”.
De acuerdo con el TEDH, el hecho de que la demandante no recibiera la notificación de la multa personalmente “no le impidió tener conocimiento de la misma o acatar” la decisión. Además, señalan que la multa impuesta estaba “ordenada por ley” y que, además, “había sido notificada personalmente de las decisiones relativas a la suspensión del referéndum”, con lo que, concluyen los jueces europeos, “era consciente de que su conducta podía llevar a multas y un proceso penal”.