Un tribunal desestima la demanda contra BlaBlaCar por competencia desleal
La confederación demandó a la plataforma porque consideraba que actuaba como “una empresa de transporte sin las autorizaciones correspondientes” y que, por tanto, sus conductores estaban obteniendo un beneficio ilícito. Sin embargo, el juez ha considerado que no puede “entenderse que los precios que la plataforma exige, orienta o como quiera definirse la regla que establece en su página web, sean precios que persiguen un ánimo de lucro”. La sentencia añade que, puesto que la empresa se centra exclusivamente en el ámbito del transporte privado, no se le aplica la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre. La decisión podrá ser recurrida en un plazo de veinte días, pero es una victoria para BlaBlaCar, que en España opera desde 2010 y cuenta con unos tres millones de usuarios. No obstante, la empresa tiene pendiente otra demanda que presentó el Gobierno de Madrid, que abrió el año pasado tres expedientes contra esta compañía, que está activa en 22 países, en los que cuenta con 35 millones de usuarios.
Un tribunal de Madrid ha desestimado la demanda contra BlaBlaCar, la aplicación líder de viajes en coche compartido, presentada por la confederación española de transporte en autobús (Confebús). Confebús demandó a BlaBlaCar por competencia desleal, pero este viernes, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha estimado que la compañía no persigue con su actividad “un ánimo de lucro”, como alegaba Confebús.