Hacienda comienza a requerir información para que afloren criptomonedas desde 2017
La Agencia Tributaria está enviando cartas a particulares para que afloren sus activos criptográficos pese a no haber desarrollado la fórmula específica para hacerlo en la declaración de la renta
El Ministerio de Hacienda ha comenzado a enviar requerimientos de información a contribuyentes para que rindan cuentas sobre los criptoaptivos que han tenido en los últimos años. En concreto, la Agencia Tributaria ha pedido a los contribuyentes que declaren el saldo criptográfico a 31 de diciembre de los ejercicios 2017, 18, 19 y 20. Lo hace después de que este año aprobara la ley antifraude que obliga a tributar este tipo de activos, a pesar de que aún falta el desarrollo reglamentario para incluir las criptomonedas en el modelo 720 de la declaración de la renta.
Aunque todavía no exista una fórmula específica para la declaración de las criptomonedas, lo cierto es que los contribuyentes están obligados a dar cuenta de sus movimientos en el mercado criptográfico. «Si no lo tributas, es como si no tributaras cualquier otra cosa», asevera Jesús Lázaro, abogado del despacho especializado Consultoría Legal Cripto, recalcando que se trata de una obligatoriedad.
Lázaro incide también en las dificultades que tiene Hacienda para acceder a los movimientos de activos criptográficos: «Hacienda le está metiendo toda la presión al contribuyente, porque de las criptos no tiene nada de información». «La única información que tiene es la de los ingresos que se hacen desde el banco a los exchanges», apunta el experto.
Requerimientos que dan pie a investigaciones
Este despacho de abogados zaragozano, que confirma que tres de sus clientes han sido requeridos por Hacienda para que declaren información sobre sus activos criptográficos, incide también en que estos procedimientos «no son investigaciones» al uso, si bien podrían dar lugar la apertura de expedientes en caso de que la Agencia Tributaria no esté conforme con los datos declarados.
Esta campaña se enmarca dentro de la política que ha emprendido el Estado español, en la línea de otras potencias del entorno, para controlar el mercado criptográfico, cuyo volumen de capitalización se disparó precisamente en 2017. Además, se da la circunstancia de que las posibles faltas y delitos económicos de ese año caducarán en los próximos meses, por lo que ahora se da la última oportunidad de Hacienda para emprender investigaciones tributarias.
Tributar por intercambiar criptomonedas
Lázaro deja claro que la obligatoriedad de declarar criptomonedas se extiende no solo a aquellos contribuyentes que hayan percibido un rendimiento económico tras retirar el dinero ganado y transferirlo a su banco, sino también a quienes hagan intercambios de activos. Es decir, que aquellas personas que se dediquen a comprar y vender unas criptomonedas por otras, aun sin beneficiarse directamente de estas transacciones, deberán dar cuenta de las mismas.
Únicamente estarían exentos de declarar sus criptomonedas aquellos inversores conocidos como holders, es decir, quienes hayan adquirido una criptodivisa que nunca han intercambiado por ninguna otra. Por ejemplo, quienes en 2015 adquirieran un bitcoin y en la actualidad sigan siendo propietarios del mismo.
Consultoría Legal Cripto recuerda que la tributación de este tipo de activos debe hacerse por tramos: los primeros 6.000 euros al 19%, los siguientes 44.000 euros al 21%, hasta 150.000 euros al 23% y al 26% a partir de 200.000 euros. Para eludir estos impuestos, en los últimos años, algunos ciudadanos españoles han trasladado su residencia al extranjero, con Andorra o Portugal como destinos preferentes por su cercanía y los bajos o nulos gravámenes que existen en este momento.