THE OBJECTIVE
Consumo

Los requisitos que debe cumplir un patinete para no ser considerado ilegal

El certificado para Vehículos de Movilidad Personal (VMP) recoge todas las características que han de tener obligatoriamente estos aparatos para poder circular por la vía pública

Los requisitos que debe cumplir un patinete para no ser considerado ilegal

Europa Press

Los patinetes se han convertido en una herramienta de transporte ciudadano en las grandes urbes y en las no tan grandes. De hecho, estos vehículos no pueden circular por vías interurbanas, pero han inundado multitud de poblaciones. Al margen de las normas de circulación para este tipo de vehículos, ya contempladas en un sector en el que brillaban por su ausencia, la Dirección General de Tráfico tiene claro cómo ha de ser el certificado de circulación de los patinetes, de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). La resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado, entró en vigor el 22 de enero, aunque con período de carencia hasta 2024. 

La DGT apunta que «según diversas estimaciones, hay cerca de un millón de vehículos de movilidad personal» y en 2020, «fallecieron ocho usuarios de vehículos de movilidad personal, 97 resultaron heridos hospitalizados y 1.097 fueron heridos no hospitalizados». Para tratar de paliar estos datos de siniestralidad y unificar criterios que reviertan en la seguridad se ha elaborado un Manual de características de los vehículos de movilidad personal, documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder ir por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes. El manual es de obligado cumplimiento para todos los VMP y se traduce en una serie de requisitos que la mayoría de los patinetes que se venden y alquilan actualmente no cumplen y que los acabará convirtiendo en ilegales.

Estándares de calidad

A partir del 22 de enero de 2024, todos los VMP que se comercialicen deberán estar certificados para su uso. Esos vehículos comercializados hasta el 22 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado, y desde esa fecha, a cinco años vista, únicamente podrán recorrer las calles los VMP que cumplan con todo lo dispuesto en el Manual de la DGT, con su correspondiente certificado para circular.

Los vehículos deberán disponer obligatoriamente de ese documento que los habilite para ser utilizados en la vía pública y su certificación, adaptarse a una serie de características técnicas, cumplir todos los requisitos que exige la normativa nacional e internacional y ajustarse a unos estándares de calidad en cuanto a solidez estructural, electromagnetismo, resistencia a la humedad o protección de la batería, entre otras. Se presta especial atención a elementos como los sistemas de frenado, catadióptricos, avisador acústico, ruedas o al portaidentificador.

Qué es un VMP

El manual de la DGT considera un Vehículo de Movilidad Personal (VMP) a todos aquellos, de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora, y que puedan estar equipados con un asiento o sillín en el supuesto de estar dotados de sistemas de autoequilibrado. Se excluyen los vehículos para personas con movilidad reducida, los considerados juguetes, las EPAC (bicis que requieren de matrícula, seguro, ITV y casco) y los aparatos tipificados como «L» en el Reglamento 168/2013 de la Unión Europea.

A estos vehículos legales VMP les corresponderá, en todos los casos, la clasificación ambiental de CERO emisiones, ya que están autopropulsados exclusivamente por un motor eléctrico, aunque quedan exentos de llevar visible el distintivo. Para poder obtener la homologación y por lo tanto ser legales, los VPO han de ajustarse al Manual de características técnicas de la DGT y cumplir una serie de requisitos.

Velocidad máxima de 25 km/hora

El Manual de la DGT tiene como objetivo, por un lado, «garantizar la seguridad  vial y la protección al ciudadano que conduce un VMP, así como la del resto de usuarios que comparten con él la vía», y por otro «se busca que los vehículos que salgan al mercado posean unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles», asegura el subdirector de movilidad y tecnología de la DGT, Jorge Ordás. Las características técnicas exigibles están incluidas en el manual, junto con la clasificación de este tipo de vehículos y los ensayos a los que deben ser sometidos para verificarlas. Además, para que dichos vehículos puedan circular por las calles, se establece la obligatoriedad de que los fabricantes o representantes autorizados dispongan del certificado de circulación para una marca, modelo y versión concreta que garantice el cumplimiento de una serie requisitos técnicos, así como de identificación.

No se podrá circular en un VMP a más de 25 km/hora, velocidad a la que el motor eléctrico dejará de impulsar al vehículo, y se deberá contar con sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia. Para que conste la velocidad se incluye como obligatorio un indicador de información bien visible que además refleje el nivel de carga de la batería. Los VMP deberán disponer de un marcaje de fábrica «único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima», el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.

Dos frenos, indicadores y retrovisores

Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán incluir un sistema de frenado con dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2 y, además, los de más de dos ruedas tendrán que contar un freno de estacionamiento. En cuanto a favorecer la visibilidad, los VMP han de estar equipados con un catadióptricos frontal blanco, otros laterales de color blanco o amarillo auto y también traseros en rojo que combinen la luz de atrás con la de frenado.

Los vehículos de este tipo destinados a llevar mercancías o procurar servicios necesitarán obligatoriamente de esos reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo «en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma». También serán imprescindibles los intermitentes, un «avisador acústico» o timbre de toda la vida, asistente de marcha atrás y retrovisores, punto problemático este último para algunos vehículos, especialmente para los de una rueda, que apenas admiten accesorios.

No más patinetes tirados en la calle

Se hace igualmente necesario un sistema de estabilización en aparcamiento, cuya principal finalidad es evitar que sigan proliferando los patinetes tirados en las aceras e incluso en las calzadas y contribuir a mantener el orden en las ciudades. El denominado sistema de estabilización de aparcamiento, para el que se haya asustado inicialmente con la rimbombancia del nombre, consiste en la clásica pata de cabra lateral o bien un caballete central, piezas habituales en motos, ciclomotores y escúters, además de en muchas bicicletas. En cuanto al portaidentificador o etiqueta de registro, deberá estar en la parte trasera del patinete.

Para garantizar un plegado seguro, los VMP requerirán de manera obligatoria de un doble sistema de seguridad que permita que quede bien acoplado mientras se lleva recogido al tiempo que se evitan aperturas involuntarias. Las ruedas deberán tener 203,2 milímetros de diámetro mínimo y su superficie ha de ser rugosa para garantizar la adherencia al terreno, con lo cual los neumáticos lisos pasan a ser incompatibles con esta clase de vehículos.

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D