La Audiencia Nacional rebaja de seis millones a 50.000 euros una multa de la CNMC a Telefónica
Entiende que la infracción no era de carácter grave sino leve, y éstas se sancionan con un máximo de 50.000 euros
La Audiencia Nacional ha tumbado una multa de seis millones impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en 2017 a Telefónica por discriminar a sus competidores en las averías. Concretamente, la Audiencia Nacional ha decidido rebajar a 50.000 euros la multa al entender que se trata de una infracción leve.
Según recogió la CNMC en 2017, Telefónica empeoraba los tiempos y las condiciones de provisión y de resolución de averías de los servicios mayoristas NEBA cobre y fibra, sin causa justificada, y realizaba un uso indebido y sistemático de las paradas de reloj para la resolución de averías de los servicios NEBA cobre y fibra. Estas conductas infractoras se desarrollaron en diferentes periodos de tiempo a lo largo de los años 2017 y 2018.
La CNMC acreditó que Telefónica incumplió la obligación de no discriminación que tiene impuesta dada su posición como operador con poder significativo de mercado en los mercados mayoristas de banda ancha. En concreto, Telefónica debe prestar «a terceros recursos equivalentes a los que se proporciona a sí misma (…) en las mismas condiciones y plazos». Las condiciones y plazos están recogidos en las ofertas mayoristas aprobadas por la CNMC.
No obstante, la Audiencia Nacional considera que se trata, «en todo caso, del incumplimiento de algunas obligaciones y no del incumplimiento continuado y generalizado de obligaciones».
En una sentencia fechada el pasado 16 de mayo a la que ha tenido acceso Efe, la sala de lo contencioso estima parcialmente el recurso de la operadora, al entender que la infracción no era de carácter grave sino leve, y éstas se sancionan con un máximo de 50.000 euros.