Las grandes fortunas temen que el Gobierno les castigue si se van fuera por el nuevo impuesto
Decenas de contribuyentes se plantean trasladar su residencia a destinos menos agresivos como Portugal, Andorra o Grecia
Es el principal asunto de consulta y debate en los despachos especializados en derecho tributario. Clientes de todo tipo, y potenciales inversores extranjeros, están mostrando su inquietud ante el «Impuesto de Solidaridad a las grandes fortunas» anunciado por el Gobierno de Pedro Sánchez hace ya un mes, y del que pocos detalles han trascendido. Un gravamen «temporal» sobre el patrimonio que los expertos vaticinan como «inconstitucional» y que está haciendo que algunos contribuyentes se planteen echar mano de la ingeniería fiscal o trasladar su residencia a destinos menos agresivos en materia tributaria, como Portugal, Andorra o Grecia.
Sin embargo, y a la espera de conocer el contenido íntegro de la medida, los despachos especializados también están advirtiendo a sus clientes de un posible ‘acoso fiscal’ si se plantean cambiar su residencia. Consideran muy probable que, para dar cumplimiento al impuesto temporal a las personas con un patrimonio superior a los tres millones de euros, Hacienda endurecerá los controles sobre los titulares de grandes patrimonios que trasladen su residencia fiscal a otros países. También temen que se aplique una exit tax para quienes intenten sacar el dinero que tienen invertido en acciones y otros bienes no raíces, así como un posible «efecto devastador» para los potenciales inversores extranjeros que se estén planteando mudarse a España con su patrimonio.
«El efecto probable es que, por un lado, algunos de nuestros mayores contribuyentes se vean tentados a emigrar fuera de España por motivos fiscales, mientras que se reduciría el atractivo internacional de nuestro país como receptor de personas acaudaladas que pretendan vivir en él permanentemente. Y todo ello aderezado con mayores controles fiscales a fin de probar la residencia efectiva en nuestro país, lo cual resulta un coste indirecto, el ‘acoso fiscal’, que no puede ser menospreciado», señala Manuel Lucas Durán, profesor titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Alcalá y of counsel del despacho Garrido, en declaraciones a THE OBJECTIVE.
«Irte de España, si dejas tus bienes raíces aquí, no te libra de pagar ese impuesto. Lo pagarás como no residente. Para dejar de pagar esto tendrías que irte corriendo de España con todo tu patrimonio. Pero si tienes tu dinero en acciones, dependiendo del porcentaje que tengas en esas compañías y el valor que tengan, sí es posible que tengas que pagar un impuesto de salida o exit tax solo por marcharte de España», señala por su parte Javier Lucas Nieto, socio del despacho Ceca Magán y abogado experto en derecho tributario.
Un impuesto ‘temporal’
En plena guerra fiscal con las comunidades autónomas gobernadas por el PP, el Gobierno anunció hace un mes un ‘Impuesto de Solidaridad a las grandes fortunas’ para 2023 y 2024. Se trataría de un de un gravamen «temporal», íntegramente regulado y recaudado por el Estado, que gravaría patrimonios netos que superen los tres millones de euros en la base liquidable. Entre los tres y cinco millones, el tipo será del 1,7%; entre los cinco y 10 millones, será del 2,1%; y a partir de los 10 millones, del 3,5%. En total hay 23.000 contribuyentes potenciales y el impacto recaudatorio sería de 1.500 millones de euros, según anunció la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, a finales de septiembre.
Desde entonces, no se han anunciado más detalles. Una situación que ha disparado las consultas de personas y empresas a los despachos especializados. «Entre los clientes, especialmente los de banca privada, están muy preocupados y hay mucha demanda de información. Sobre todo porque no se sabe cómo se va a articular este gravamen en comunidades como Andalucía o Madrid, donde la gente ya daba por descontado que no se pagaría el impuesto al patrimonio y ahora oyen la campanada de que se va a aplicar esto. No sabemos aún en qué va a consistir, ni si va a respetar las exenciones para lo que llamamos comúnmente como empresas familiares, ni sabemos cómo se va a compensar con lo que se pague por sociedades», indica Javier Lucas Nieto.
Para este experto del despacho Ceca Magán, lo anunciado hasta el momento por el Gobierno vulneraría la normativa de financiación y de cesión de tributos a las Comunidades Autónomas, por lo que tendría un «encaje constitucional muy complicado». «Es un impuesto muy político e ideológico. La recaudación por este impuesto no es muy elevada, este impuesto está hecho para combatir al adversario político. Tiene un objetivo mucho más político que recaudatorio», afirma.
Visos de inconstitucionalidad
Tanto la Comunidad de Madrid como la Junta de Andalucía han anticipado su intención de impugnar el gravamen anunciado por el Gobierno, al considerarlo inconstitucional por invadir las competencias de las comunidades autónomas. «Parece que la finalidad del nuevo tributo es gravar el patrimonio de contribuyentes que residen en comunidades autónomas donde se haya bonificado el tributo total o parcialmente, con el objeto de que la fiscalidad sobre grandes patrimonios sea similar en toda España», señala por su parte Manuel Lucas Durán, profesor titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Alcalá y of counsel del despacho Garrido.
En opinión de este especialista, la previsible inconstitucionalidad del nuevo gravamen estribaría no tanto en la invasión de competencias de las comunidades autónomas, sino en la fórmula legislativa elegida por el Ejecutivo para sacarlo adelante (previsiblemente vía decreto-ley) y en la posible lesión del principio de no confiscatoriedad, recogido en el artículo 31.1 de la Constitución Española.
«Si se mantiene el tipo marginal del 3,5% por encima de los 10 millones de euros netos, podría ocurrir que un patrimonio significativo -suponiendo que el mismo no variara o que lo hiciera mínimamente-, pudiera quedar mermado en una cuantía cercana al 35% en tan solo 10 años y que en menos de 30 años los impuestos habrían consumido la totalidad de la riqueza. El actual Impuesto sobre el Patrimonio (IP) recoge un límite a la cuota íntegra, siendo así que la suma de cuotas del IRPF y del IP no puede, en principio, superar el 60% de la base imponible del IRPF, lo que podría suponer una reducción de la cuota del Impuesto al Patrimonio de hasta el 80% sobre el cálculo inicialmente establecido», advierte Manuel Lucas Durán.
Impacto en las inversiones extranjeras
Los expertos coinciden en las dificultades para asesorar a sus clientes sin conocer aún los detalles de la norma que termine proponiendo el Ejecutivo. Entre otras cuestiones, se desconoce si se va a aplicar a los no residentes en España, por lo que es difícil poder medir aún el alcance que va a tener sobre las inversiones extranjeras a corto plazo. No obstante, advierten que la aprobación de este gravamen a los patrimonios superiores a los tres millones de euros puede tener un «efecto devastador» por la «inseguridad jurídica que genera que a mitad del partido te cambien las reglas del juego».
«No sabemos si se va a aplicar a los no residentes en España. Si no se aplica, no va a tener efecto sobre las inversiones extranjeras de forma inmediata. Pero el no residente que va a meter este dinero se puede ahuyentar por la inseguridad jurídica por miedo a que el año que viene se aplique también a los no residentes en España», concluye Javier Lucas Nieto.
«Una imposición de estas características desincentivaría el establecimiento de titulares de grandes fortunas en nuestro país; y ello porque, aunque estuvieran atraídos en principio por la idea de residir en España, podrían elegir otros países similares al nuestro, pero con una tributación más beneficiosa», señala por su parte Manuel Lucas Durán.