España concentra un tercio de todos los laudos energéticos pendientes de resolver
Veintiuno de los ochenta casos se encuentran hoy pendientes de una condena. El fantasma de posibles embargos planea sobre este escenario
Veintiuno de los ochenta casos vinculados a energía que se encuentran hoy pendientes en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) son en contra de España. Es decir, tres de cada diez demandas de compañías o fondos de inversión afectan a nuestro país. Un escenario que complica el futuro de España a medio plazo, debido a las posibles condenas que los tribunales extranjeros ejecuten a través de embargos de bienes en el exterior (tiene que ser en el país donde se emita la sentencia) en caso de que se mantenga la postura del Gobierno de evitar pagar indemnizaciones.
Una realidad escabrosa que, aun así, como comentan a este periódico fuentes financieras, no afectará a las futuras inversiones energéticas en el territorio. A la vista está, según aseguran, que pese al ruido que ha generado que España sea el segundo país por detrás de Venezuela en laudos condenatorios, la inversión en tecnologías verdes apenas ha variado en el país.
Aunque cada caso sigue una batalla jurídica diferente, dentro de los laudos energéticos han destacado todos aquellos relacionados con las primas a las energías renovables. Así, en 2013, el expresidente Mariano Rajoy en su política de recortes debido a la endeble situación económica que atravesaba el país decidió empuñar las tijeras y recortar las subvenciones que recibían las renovables. Un escenario que obligó a las empresas energéticas y fondos españoles y extranjeros a llevarlo ante la Justicia. Sin embargo, el Tribunal Supremo dictó a favor del Ejecutivo.
El resto de empresas y fondos extranjeros han utilizado el instrumento que les otorga la Carta de la Energía -por el que se establece un marco normativo entre todos los miembros que estén adscritos deben proteger las inversiones de compañías de otros países y hacer efectivo un convenio de reconocimiento de ejecución de laudos- para demandar a España en un tribunal arbitral y conseguir un laudo favorable. Así, el principal argumento que esboza España para rechazar los pagos es el siguiente: «El inversor extranjero va a tener un mejor trato que el inversor español porque estos no recibieron indemnización y además han tenido hasta dos ocasiones (en España y fuera de ella) para recurrirlo».
La Comisión Europea se ha posicionado a favor de España. Lo que ha hecho que muchos de estas empresas o fondos hayan recurrido a países en los que sea posible ejecutar una condena a través de embargos a nuestro país, como Estados Unidos, Reino Unido o Australia. Según fuentes jurídicas, «el 75% de los procedimientos arbitrales se han dictaminado en contra del Reino de España, pero como no se están ejecutando por todo el tema de las ayudas que argumenta España, de momento, está siendo papel mojado».
En ese 31% en el que está inmerso España son todos aquellos casos sin resolver, por lo que no se cuentan todos los que son considerados por el CIADI como concluidos. En estos últimos, el Ejecutivo también se ha movilizado contratando los servicios de importantes despachos jurídicos expertos en arbitraje para evitar en última instancia los pagos. Un caso es el que mantiene con Nextera Energy Global Holdings. Así, el pasado mes, el Ministerio de Transición Ecológica adjudicó a dedo al bufete K&L Gates LLP un contrato de 200.000 euros para anular un laudo arbitral en Estados Unidos.
Teresa Ribera anunció el pasado mes de octubre que España abandonaría la carta de la Energía. Una decisión que según fuentes jurídicas no le exime de dicho pago. «Todos los procedimientos arbitrales que están en curso, por supuesto, que seguirían su camino y no solo eso, sino que habrá una transitoriedad de entre dos a tres años desde que España se salga hasta que efectivamente no haya nuevos inversores que le demanden. España no se librará», sentencian.
La ‘factura’ de España
España ha ido reduciendo su ‘factura’ de los laudos en varios miles de millones por medio de acuerdos económicos con las empresas. «Por un lado, estableció una regulación más favorable que garantiza una retribución estable y a más años de lo normal tanto a los inversores extranjeros que tuvieran un laudo a su favor como a aquellos que, aunque no lo tuvieran, estuvieran en posición de demandar a España. Por ahí se ha librado nuestro país porque ha habido muchas empresas que lo han aceptado», apuntan los expertos.
Sin embargo, fuentes jurídicas argumentan que una condena de un tribunal extranjero, al final, tiene algunas aristas a la hora de ejecutarse. «El tema está en si España tiene o no bienes en los países donde se lleva a cabo la condena. Como cualquier país se pueden tener letras del tesoro u otros valores o títulos que sean fácilmente ejecutables». En los últimos días se ha conocido como un tribunal británico bloqueó las cuentas del Instituto Cervantes en el Reino Unido por los laudos contra las renovables. Un escenario muy lejano, como indican fuentes jurídicas, a posibles embargos porque se entraría en cuestiones diplomáticas muy pantanosas.