La ayuda de los 580 euros del SEPE que se puede pedir en noviembre
Los parados mayores de 52 años podrán recibir un subsidio específico, 480 euros y seguir cotizando para la jubilación
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se enfrenta a diario al desafío de atender las necesidades de miles de desempleados. Uno de los principales problemas es la falta de cobertura para aquellos que no cumplen los requisitos para cobrar el paro debido a una cotización insuficiente.
Para dar respuesta a esta situación, el SEPE ha creado una nueva ayuda económica de 570 euros a partir de noviembre. Esta prestación, que sustituye al antiguo subsidio por insuficiencia de cotización, presenta novedades tanto en su cuantía como en su duración, con el objetivo de ampliar el alcance de la protección social y llegar a un mayor número de desempleados en situación de vulnerabilidad.
Una excepción a tener en cuenta
Una nueva normativa establece que los parados mayores de 52 años con una trayectoria laboral que no les permite acceder a otras prestaciones por desempleo, podrán recibir un subsidio específico. Este subsidio, si bien garantiza un ingreso mensual (480 euros) y permite continuar cotizando para la jubilación, tiene una cuantía inferior a otras ayudas.
Sin embargo, es importante aclarar que esta nueva cantidad solo será aplicable a quienes se queden sin empleo a partir del 1 de noviembre de 2024. Quienes ya estaban cobrando esta prestación con anterioridad mantendrán las condiciones actuales.
Requisitos
Para acceder a este subsidio debes cumplir estos requisitos:
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- Haber cotizado a la Seguridad Social: tres meses si tienes familia a cargo, 6 meses si no la tienes.
- No haber cotizado los 360 días necesarios para la prestación por desempleo.
- Aceptar las actividades que te proponga el SEPE: cursos de formación, entrevistas de trabajo, etc.
- No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2023, esto equivale a 810 euros mensuales.
Nueva escala de duración
La reforma del subsidio por desempleo, introducida por el Real Decreto-Ley 2/2024, establece una nueva escala de duración en función del periodo de cotización. Aquellos trabajadores que hayan cotizado entre 90 y 150 días tendrán derecho a un subsidio de duración variable entre tres y cinco meses, sin que influya el número de personas a su cargo.
Por otro lado, si el periodo de cotización se sitúa entre 180 y 359 días, la duración del subsidio oscilará entre seis y 21 meses, siendo este último el máximo en caso de tener familiares a cargo. Es importante destacar que, una vez superados los 360 días de cotización, el trabajador podrá acceder a la prestación contributiva por desempleo, más conocida como paro.
Subsidios por desempleo
Son ayudas económicas que se conceden a quienes han agotado la prestación contributiva o que no cumplen los requisitos para acceder a ella.
- Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED):
- Requisitos: haber agotado el paro, tener menos de 52 años, estar inscrito como demandante de empleo y cumplir con los requisitos de vulnerabilidad económica establecidos.
- Características: tiene una duración limitada y está destinado a personas que tienen mayores dificultades para encontrar empleo.
- Subsidio para mayores de 52 años:
- Requisitos: tener 52 años o más, estar inscrito como demandante de empleo y haber agotado las prestaciones por desempleo a las que pudiera tener derecho.
- Características: tiene una duración indefinida hasta que se encuentre empleo o se alcance la edad de jubilación.
No obstante, la concesión de este subsidio extraordinario, cuya duración se limita a 180 días, está condicionada al cumplimiento de otros requisitos establecidos en la normativa vigente. La cuantía de la ayuda, fija y no prorrogable, se establece en el 80% del IPREM, lo que para el año 2024 supone una cantidad mensual de 480 euros.
¿Cuáles son los requisitos para el subsidio extraordinario?
El Subsidio Extraordinario por Desempleo está destinado a personas en situación de desempleo de larga duración que han agotado todas las prestaciones anteriores. Para poder solicitarlo, es fundamental no haber percibido esta ayuda con anterioridad y tener unos ingresos mensuales que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente. En 2024, este límite se establece en 850,50 euros mensuales.
¿Cuándo se puede solicitar?
La entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2024 ha supuesto una profunda transformación del sistema de subsidios por desempleo en España. Entre las principales novedades, destaca la supresión del Subsidio Extraordinario por Desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024.
A partir de esta fecha, los solicitantes de ayudas económicas tras agotar el paro deberán optar por la prestación contributiva o el subsidio por insuficiencia de cotización, en función de los requisitos establecidos en la nueva normativa.
No obstante, se garantiza la protección de los derechos adquiridos. Aquellas personas que ya estuvieran percibiendo el subsidio extraordinario o hubieran presentado la solicitud antes del 1 de noviembre, continuarán reguladas por la normativa anterior hasta la extinción de su derecho.