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Economía

La inspección de Trabajo detectó 4.900 falsos autónomos en 2024, sobre todo en Cataluña

Desde 2018 el servicio de inspección ha registrado 137.000 casos fraudulentos

La inspección de Trabajo detectó 4.900 falsos autónomos en 2024, sobre todo en Cataluña

Oficina de empleo | Ricardo Rubio (Europa Press)

El servicio de inspección del Ministerio de Trabajo detectó 4.922 falsos autónomos en España entre enero y septiembre de 2024, especialmente en Cataluña, donde se concentraron 2.167 casos. Además, desde 2018 se han registrado 136.930 falsos autónomos que llevaban a cabo sus actividades laborales de manera ilegal, según una resolución de transparencia a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE.

Se trata de personas que están declaradas como autónomos pero que solo prestan servicios laborales a una única empresa. Los trabajadores están sujetos a las condiciones de asalariado de la empresa contratante, pero no gozan de las condiciones de seguridad ni disfrutan de sus derechos.

En 2018 y 2019, el número de falsos autónomos rondaba los 20.000 registros. Al llegar la pandemia del Covid-19 el número se redujo de manera significativa hasta bajar de los 10.000 casos.

Las comunidades autónomas que más preocupan por su elevado número de falsos autónomos registrados son Madrid y Cataluña. Durante los años que están reflejados en el documento, estas dos regiones lideran a las demás con miles de estos casos. La Comunidad Valenciana ocupa el tercer puesto.

Falsos autónomos en Madrid

Desde 2018, Madrid ha sido líder en el registro de falsos autónomos. Sin embargo, después de seis años con cifras muy elevadas, las ha reducido en casi un 100%.

En 2018 Madrid registró 4.076 falsos autónomos que conformaron unas 29 infracciones. La línea de registros se mantuvo relativamente estable hasta llegar a 2023, cuando se registró el mayor número de falsos autónomos desde hacía años.

Gráfico registro falsos autónomos en Madrid

Caso Glovo

El Estatuto de los Trabajadores considera laboral una relación cuando el empleado está sometido al círculo rector y organizativo del empresario, respetando un control, unos horarios y unas instrucciones. Además, ese profesional por cuenta ajena no comparte el riesgo de la empresa que le contrata. Pase lo que pase, cobrará (en teoría) su salario. 

Tanto la inspección del trabajo como la ley han apretado las tuercas al concepto del falso autónomo. Deja de ser relevante cómo califiquen las partes el contrato. Si se define como mercantil pero todo indica que es laboral, esta será su verdadera naturaleza.

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