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La revancha de Nivea contra L’Oreal España: cuatro reclamaciones por publicidad engañosa

Los pleitos tienen lugar tras el tanto que se anotó la firma francesa contra la alemana el pasado mes de octubre

La revancha de Nivea contra L’Oreal España: cuatro reclamaciones por publicidad engañosa

Logo de Nivea. | EP.

La lucha de los dos gigantes de la cosmética parece no tener fin. Beiersdorf (dueño de Nivea) ha reclamado ante Autocontrol, el organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España, la promoción de cuatro productos anunciados por L’Oreal España cuyos mensajes considera «falsos». Unas interpelaciones que vienen tras el punto que se anotó L’Oreal el pasado mes de octubre tras acusar a Nivea de lanzar un mensaje «engañoso» en la promoción de una de sus cremas antimanchas. La reclamación obligó a Nivea a rectificar la publicidad y pagar los gastos generados por el pleito.

Ahora, la empresa alemana busca ganar la guerra tras perder un tanto en la batalla del marketing contra la compañía de cosméticos francesa: en solo dos meses interpuso cuatro reclamaciones ante la Sección Cuarta del Jurado de Autocontrol. El 6 de noviembre registraba las cuatro reclamaciones ante el jurado de la publicidad. En concreto, contra el protector solar Anthelios UVMune 400, su gama de productos MELA B3, su rutina antimanchas Vitamina C y su nuevo sérum antimanchas Bright Reveal. En el caso de los dos primeros artículos, Nivea considera que los diferentes materiales publicitarios difundidos en televisión, internet, página web y puntos de venta en los que se promociona a estos productos «trasladan un mensaje de superioridad […] que se consideraba falso».

Por su parte, Nivea también reclama que L’Oreal ha infringido varias normas del Código de Autorregulación en la promoción de su rutina antimanchas Vitamina C y de su nuevo sérum antimanchas Bright Reveal, anunciado por la actriz Eva Longoria. En el primero de los casos, Nivea considera que la autenticidad y veracidad del testimonio de las participantes no había sido contrastada, y que los testimonios se utilizaban como sustitución de fundamento material de las alegaciones publicitarias. En el caso del sérum anunciado por Longoria, para la firma alemana se utilizan técnicas de preproducción de manera «engañosa», además de afirmar de manera «engañosa» en el mensaje principal que el producto promocionado es eficaz frente a «todo tipo de manchas», cuando en otros mensajes secundarios, asegura, «se limita la eficacia a unos concretos tipos de manchas».

En el caso de las cuatro reclamaciones consultadas por THE OBJECTIVE, Autocontrol ya ha emitido resolución al respecto, estimando parcialmente las reclamaciones presentadas por Beiersdorf (Nivea) contra los productos publicitarios de L’Oréal España. Aunque Autocontrol no puede imponer sanciones, sí es competente para dictar el cese o rectificación de ciertas campañas de publicidad. Así, insta al anunciante la rectificación de la publicidad reclamada en los términos expuestos e impone a ambas partes el pago por mitad de los gastos generados por la tramitación de procedimiento.

El origen de la batalla

Estas reclamaciones llegan tras la interpelación de L’Oreal ante Autocontrol por considerar «engañosa» la publicidad de la crema antimanachas de Nivea Luminous 630. La firma francesa, en tres anuncios difundidos en YouTube, daba a entender «que no existe en el mercado ningún otro cosmético con una eficacia superior contra las manchas, ni tampoco igual» que el anunciado, algo, en opinión de L’Oreal, «que no está acreditado».

Por su parte, el dueño de Nivea, Beiersdorf, manifestó su disconformidad con la denuncia de la firma parisina, y aseguró que el mensaje que transmite es que sus productos «contienen el ingrediente antimanchas más eficaz del mercado de gran consumo, en comparación con los habitualmente utilizados en este mercado».

Finalmente, en octubre, el jurado de la publicidad estimaba la reclamación presentada por L’Oréal al considerar que la publicidad de Nivea «infringe» las normas VI.2 y VII.1 del Código de Autorregulación para una Comunicación Responsable en el Sector de Perfumería y Cosmética, y la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria del organismo de autorregulación de la industria publicitaria española, e instaba a la empresa alemana a rectificar la publicidad reclamada y a pagar el pago de los gastos generados.

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