Sebas, abogado laboralista: «Si cobras 1.381 euros en doce pagas no es legal»
El debate sobre el salario mínimo ha vuelto a ocupar titulares y conversaciones en las redes sociales

Una imagen de TikTok de Sebas, abogado laboralista. | TikTok
Con la entrada en vigor del nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2025, muchos trabajadores se han preguntado si su nómina cumple con la ley o si su empresa está aplicando correctamente las actualizaciones salariales.
El abogado laboralista conocido en TikTok como @leyesconsebas ha aclarado esta cuestión en un vídeo viral donde advierte: «Si cobras 1.381 euros en doce pagas no es legal». Su afirmación ha generado una gran repercusión. Especialmente entre empleados que perciben ese importe mensual y desconocen la relación entre el SMI y el prorrateo de las pagas extras.
El Salario Mínimo Interprofesional
El especialista explica que muchas personas confunden las cifras del (SMI) al no tener en cuenta que el cálculo del salario mínimo se establece en cómputo anual. Y depende de si las pagas extraordinarias están incluidas en el sueldo mensual o se abonan aparte.
En 2025, el Gobierno fijó el SMI en 1.184 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 16.576 euros brutos al año, según el Real Decreto 87/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esto implica que si un trabajador cobra en 12 pagas, es decir, con las pagas extras prorrateadas, el importe mínimo mensual debe ser superior (exactamente 1.381,33 euros brutos para cumplir con la normativa). Y cualquier cantidad inferior a esa cifra en una jornada completa se considera ilegal, puesto que vulnera el umbral mínimo garantizado por el SMI.
Por qué cobrar no es legal, según @leyesconsebas
Sebas, abogado laboralista y divulgador en redes, parte de un principio claro. Y es que, hay que tener en cuenta que el SMI es un suelo legal de derechos. Ningún convenio colectivo, contrato individual ni acuerdo entre partes puede situar el salario de un trabajador por debajo del SMI anual vigente.
@leyesconsebas En España, cobrar menos de 1.381 al mes en 12 pagas (equivalente a 1.184 en 14 pagas) es ilegal desde la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2025. El SMI vigente se fijó en 1.184 al mes en 14 pagas (total anual 16.576) y, si las extras están prorrateadas, el mínimo mensual es 1.381,33 en 12 pagas. Este umbral es bruto y rige para una jornada completa; si la jornada es parcial, se prorratea en proporción. La fecha de efecto es 1 de enero de 2025, con publicación en el BOE (Real Decreto 87/2025). Este mínimo no puede empeorarse por convenio ni por contrato: el SMI actúa como suelo legal de la retribución, y cualquier tabla o pacto que quede por debajo debe ajustarse para alcanzar, al menos, la cuantía anual fijada. En 14 pagas el umbral mensual es 1.184; en 12 pagas, 1.381,33 (mismo total anual). Recuerda: el SMI se aplica en cómputo anual y sin absorber complementos que la norma declare no compensables. Si detectas que cobras por debajo del mínimo, puedes exigir la regularización y los atrasos conforme al RD del SMI y a las notas del SEPE. #t#trabajos#salariol#laborald#derechoslaborales ♬ AURA – Ogryzek
Esto significa que, aunque un convenio establezca retribuciones inferiores, la empresa está obligada a aplicar al menos el salario mínimo marcado por ley. Cuando se dice que el SMI es de 1.184 euros al mes, esa cantidad corresponde a 14 pagas (12 mensuales más dos extraordinarias). Sin embargo, algunas empresas optan por prorratear las pagas extras, es decir, repartirlas entre los 12 meses del año.
En ese caso, el total anual sigue siendo el mismo (16.576 euros), pero el importe mensual debe incrementarse proporcionalmente hasta 1.381,33 euros. Por tanto, si una persona cobra 1.381 euros justos en doce pagas, su salario anual sería 16.572 euros, ligeramente por debajo del mínimo legal, lo cual incumple el Real Decreto que fija el SMI.
El matiz puede parecer pequeño, pero en el ámbito laboral, cada céntimo cuenta. Sebas subraya que este error de redondeo o cálculo no es una cuestión menor puede suponer la vulneración de derechos básicos y abrir la puerta a reclamaciones ante la Inspección de Trabajo o los tribunales.
Así, conocer tus derechos laborales es el primer paso para hacerlos valer. Por eso, es importante, verificar la nómina, entender el prorrateo y exigir las regularizaciones cuando corresponde.
