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Economía

El 'basurazo' de Sánchez dejará sin colchón financiero a cientos de ayuntamientos

La Asociación de Inspectores de Hacienda Local teme indemnizaciones millonarias como con el impuesto de plusvalía

El ‘basurazo’ de Sánchez dejará sin colchón financiero a cientos de ayuntamientos

Basureros.

La tasa de residuos y suelos contaminados para una economía circular, desarrollada por el Gobierno de Pedro Sánchez y conocida por el popular nombre de ‘basurazo’, causará en tres o cuatro años graves problemas si los tribunales, tras la cascada de denuncias de los contribuyentes, estiman que la tasa no cumple el pago por generación.

Las corporaciones locales que no hayan introducido los parámetros necesarios como consecuencia de una exposición normativa incompleta tendrían que devolver entonces cantidades millonarias de lo que hasta entonces hayan recaudado por esta controvertida figura fiscal. Una figura que ayuntamientos como el de Leganés (Madrid) no están dispuestos a aplicar a sus contribuyentes.

En opinión de la Asociación nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (Anihpl) -con la que THE OBJECTIVE ha mantenido un encuentro-, la regulación de la tasa de gestión de residuos «es escasa e ineficiente» y no solo eso: «Provocará más incertidumbre en capítulos como el cálculo de la cantidad que tienen que abonar los contribuyentes o la aplicación del pago por generación». A su juicio, esto se está produciendo en parte por el «desinterés e inacción» del Ministerio de Hacienda, así como por la «falta de diálogo real» con las entidades locales.

Devolver millones

El origen del ‘basurazo’, una tasa que ha empezado a llegar al buzón de muchos ciudadanos, es la consecuencia del desarrollo en 2022, por parte del Ejecutivo, de la directiva europea 2008/98/CE, en cuya ley se establece el principio de que «quien contamina, paga». Esta ley obliga a que los costes de la gestión de residuos recaigan sobre su productor o poseedor. No fue hasta el 8 de abril de 2022 cuando se hizo la transposición de esta directiva a la ley española, buscando que se alcanzaran los objetivos de reciclaje de residuos municipales en un 55% en 2025 y en un 65% en 2035.

El inspector de Hacienda Local Juan Ignacio Gomar subraya cómo fue España la que decidió entonces que la ejecución de esa tasa recayera sobre todos los municipios, obligándoles a implantar una prestación patrimonial para la gestión de residuos. Y esta génesis explica la contrariedad señalada por muchos ayuntamientos, que ya cobraban tasas y que no saben cómo explicar el porqué de este nuevo impuesto, en muchas ocasiones sin llevar aparejado mejores servicios. Una tasa que además se aplica de manera heterogénea por la mala calidad jurídica de la ley, y que acarrea —apunta Gomar— «un daño que no está a la vista, y que va a traer consigo que muchos ayuntamientos, sobre todo los que no han hecho bien los deberes o no han definido bien los parámetros, tengan que devolver un montón de millones, y que puede acabar como una plusvalía 2, por la que una sentencia del Tribunal Supremo declaró inconstitucional varios aspectos del cálculo del impuesto municipal de plusvalía».

Una interpretación preceptiva y obligatoria

Por cierto, esta es una tasa obligatoria —una interpretación sui generis «preceptiva» de España— que según la Fundación ENT parte de un déficit de 2.000 millones. En concreto, indica Anihpl, los presupuestos aprobados para 2025 indican un gasto total en materia de residuos de 5.325 millones de euros y unos ingresos por tasas de residuos de 3.488 millones, lo que reflejaría un grado de cobertura del 65,5%, todavía lejos del 100%. 

En los últimos 30 años y tras diversas sentencias del Tribunal Supremo, los municipios regulaban las tasas de residuos, lo que evitaba la inseguridad jurídica. Ahora, por primera vez en la historia de la tributación local, según estos inspectores de Hacienda Local, «estamos ante una tasa de imposición obligatoria que debe sufragar el 100% del coste del servicio y que no puede ser deficitaria, aplicando el principio del pago por generación, que es consecuencia de otro conocido principio: el que contamina, paga». 

Anihpl opina que todo ello provoca una multitud de criterios distintos en las ordenanzas municipales para regular la tasa que van a resolverse de manera diferente en los Tribunales Superiores de Justicia autonómicos, a la espera de conocer los criterios que finalmente validará el Supremo.

En contra de externalizar los servicios de inspección

Esta semana, la Asociación de Inspectores de Hacienda Local entregará el Libro Blanco para la Reforma de la Tributación Local, con 100 propuestas de instituciones y funcionarios públicos de la Administración municipal y provincial para una mejora integral del diseño y gestión de los impuestos y tasas locales.

Durante el XXV Congreso que se celebrará estos días en Alicante, la entidad también denunciará el fraude en torno a la externalización de los servicios de inspección tributaria. Anihpl ve muy positiva la admisión a trámite por parte del Juzgado de Lérida de su denuncia ante la supuesta externalización fraudulenta de la inspección tributaria provincial. Una práctica que se da en centenares de municipios en España e implica la «expulsión» del empleado público municipal y provincial de las funciones inspectoras, con graves consecuencias que amenazan los derechos y garantías de los contribuyentes y el interés general.

En opinión de la entidad, la participación de personas no integradas orgánica y funcionalmente en la Administración Tributaria supone para los tribunales una intromisión ilegal en el ejercicio de sus funciones. De ahí que recuerden que el personal inspector tiene la consideración de agente de la autoridad y que la tarea de las empresas adjudicatarias no se limita a asistir a las entidades locales, sino que hacen requerimientos a los contribuyentes e incluso llegan a conocer los planes reservados de la inspección.

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