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Economía

Medidas fiscales oficiales para 2026 en España: del Verifactu a la Declaración de la Renta

La modernización del sistema de facturación se configura como un pilar esencial para combatir el fraude fiscal

Medidas fiscales oficiales para 2026 en España: del Verifactu a la Declaración de la Renta

Una persona haciendo la Declaración de la Renta. | (Canva)

Durante 2026 España afronta un ejercicio clave en materia tributaria. Se trata, de una serie de nuevas medidas fiscales que combinan la adaptación a compromisos europeos, el impulso de políticas de transición ecológica, y la consolidación de obligaciones de información tributaria. Además, de la introducción de novedades significativas en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

La consolidación de estas medidas implica tanto ventajas fiscales como obligaciones para ciudadanos, empresas y profesionales. También, la respuesta fiscal frente a fenómenos naturales adversos, como los incendios forestales y la dana forman parte de estas nuevas medidas fiscales.

Una calculadora. Canva
Una calculadora. Canva

Medidas fiscales oficiales para 2026 en España

A continuación, las novedades fiscales que entrarán en vigencia durante este año:

1. Verifactu

Una de las medidas más relevantes es la implantación del sistema de facturación verificable conocido como Verifactu. Este sistema, pretendía ser obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para empresas con una facturación inferior a seis millones de euros. Y desde el 1 de julio de 2026 para más de 3,4 millones de autónomos. El objetivo del sistema Verifactu es introducir una facturación digital verificable que permita a la Agencia Tributaria (AEAT) disponer de información en tiempo real sobre las operaciones de las empresas y los autónomos.

Sin embargo, mediante un real decreto aprobado por el Gobierno, se ha ampliado en un año la entrada en vigor de Verifactu, retrasándola hasta 2027. Con este aplazamiento, las obligaciones de facturación verificable empezarán el 1 de enero de 2027 para empresas con una facturación inferior a seis millones de euros. Y el 1 de julio de 2027 para el resto de autónomos. Esta ampliación otorga mayor margen temporal a las empresas para adaptarse a los requisitos técnicos que exige Verifactu.

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2. Eficiencia energética y vehículo eléctrico

En línea con los compromisos de la Unión Europea y con las políticas ambientales incluidas en el PRTR, España ha prorrógado hasta el 31 de diciembre de 2026 las ventajas fiscales vinculadas a la eficiencia energética y a la adquisición de vehículos eléctricos. Estas medidas tienen como finalidad promover inversiones privadas y empresariales que contribuyan a la reducción del consumo de energía, la mejora de la eficiencia energética de los inmuebles y la transición hacia una movilidad más sostenible.

Respecto a la eficiencia energética, las deducciones fiscales en el IRPF para quienes realicen obras de mejora en su vivienda dependen del impacto de la reforma. Las actuaciones que reduzcan la demanda de calefacción o refrigeración pueden beneficiarse de deducciones fiscales del 20%, 40% o 60%, dependiendo de la mejora energética lograda.

En cuanto a los vehículos eléctricos, la prórroga contempla deducciones de hasta el 15% para la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible. También, beneficios fiscales para la instalación de puntos de recarga. Este incentivo incluye la posibilidad de aplicar la libertad de amortización en el Impuesto sobre Sociedades para inversiones realizadas en determinados tipos de vehículos eléctricos y en nuevas infraestructuras de recarga.

3. Incendios forestales y ayudas por la dana

Las medidas fiscales de 2026 incluyen también exenciones y ayudas específicas para los afectados por incendios forestales y por los efectos de la dana. Estas medidas se articulan con el objetivo de aliviar las cargas tributarias de las personas físicas y jurídicas que han sufrido pérdidas materiales o económicas.

En el caso de los incendios forestales, la normativa establece exenciones fiscales sobre las ayudas personales recibidas por los afectados en varias comunidades autónomas. Esto significa que las cantidades percibidas como compensación por daños materiales o pérdidas no se considerarán rendimiento sujeto a tributación en el IRPF, ni tampoco tributarán en el Impuesto sobre Sociedades cuando correspondan a empresas afectadas.

Además, las ayudas a los afectados por la dana de octubre de 2024, incluidas las destinadas a la reconstrucción de municipios y bienes afectados, mantienen exenciones fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades para las actividades económicas afectadas. Estas exenciones se aplican también a entidades sin personalidad jurídica que realizan actividades económicas.

4. Los perceptores del paro no deberán presentar la declaración del IRPF

Una de las novedades más esperadas para 2026 es la eliminación de la obligación de presentar la declaración del IRPF para los perceptores de prestaciones por desempleo. Hasta ahora, muchas personas que perciben prestaciones por desempleo estaban obligadas a presentar la declaración de la renta.

El fundamento legal para esta supresión se encuentra, entre otros, en la consideración de que la modificación de las obligaciones tributarias de este grupo de perceptores debe encuadrarse dentro de la normativa tributaria específica, evitando que una norma social (como la Ley General de la Seguridad Social) tenga efectos fiscales no contemplados expresamente.

La correcta comprensión y aplicación de estas medidas será esencial para contribuyentes, empresas y profesionales durante el ejercicio 2026.

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