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Economía

Confirmado por el artículo 20 de la LAU: di adiós a pagar los gastos de la inmobiliaria en el alquiler, corresponden al propietario

Ahorra en el alquiler de tu piso gracias a la protección que ofrece la Ley de Arrendamientos Urbanos

Confirmado por el artículo 20 de la LAU: di adiós a pagar los gastos de la inmobiliaria en el alquiler, corresponden al propietario

Acuerdo sobre el precio a pagar de una vivienda | Canva

Alquilar una vivienda puede ser complicado y además, hasta hace no demasiado, eran muchos los inquilinos que tenían que pagar la comisión de la inmobiliaria, que en muchas ocasiones podía ser igual a un mes de alquiler. De hecho, a día de hoy todavía hay inquilinos que desconocen esto y asumen la carga económica como suya, nada más lejos de lo que establece la legislación.

Y es que según recoge el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) , «los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador», lo que establece con claridd que quien se tiene que hacer cargo de dichos gastos es el propietario y no al revés.

Texto sobre los datos de alquiler de una vivienda
Texto sobre los datos de alquiler de una vivienda

Existen excepciones por las que el inquilino pague la inmobiliaria

Aunque esta norma surgió con la intención de proteger a los inquilinos, según establece Garabana Abogados, existen una serie de excepciones en las que el inquilino sí podría pagar la comisión:

  • Alquileres de temporada o temporales, donde la vivienda no es la residencia habitual del arrendatario.
  • Arrendamientos de locales comerciales, oficinas, naves o despachos, que no están destinados a vivienda habitual.

En resumen, si la vivienda no es la residencia habitual del inquilino o es un espacio para negocios, los gastos a pagar sí que que pueden recaer sobre el arrendatario. Pero para las viviendas que sí sean residencia habitual, este gasto debería corresponder al arrendador.

¿Qué pasa si la inmobiliaria insiste en cobrarte?

Si una agencia intenta cobrarte la comisión a pesar de que se trata de tu vivienda habitual, puedes actuar de esta manera:

  • Negarte a pagar y buscar otra vivienda, dejando claro que legalmente no te corresponde asumir esos gastos.
  • Conservar toda la documentación de la gestión (contratos, emails, etc)
  • Reclamar posteriormente

Así, lo explica Garabana Abogados.

¿Quién decide lo que cobra la inmobiliaria?

La Ley de Vivienda no dice cuánto puede cobrar una agencia inmobiliaria. Cada agencia establece el precio que cree más conveniente. Sin embargo, la comisión suele ser igual a un mes de alquiler.

¿Se puede reclamar a la inmobiliaria?

Si, siempre que exista un desacuerdo con la inmobiliaria se podrá poner una hoja de reclamaciones, tanto si es una oficina de agencia o un particular. Además, también existe la opción de acudir a la Oficina de Atención al Consumidor en la ciudad que corresponda para pedir ayuda si es necesario.

¿Puede la inmobiliaria cobrar algún servicio al inquilino?

Según establece Garabana abogados, algunas inmobiliarias pueden intentar que los inquilinos paguen la comisión, incluso aunque por ley ese pago no les corresponda. Alegando que están ofreciendo un servicio especial al propio inquilino, como estar buscando un piso que encaje perfectamente con él, o una «garantía especial» para el alquiler.

Sin embargo, este tipo de situaciones no es justificación suficiente como para que el inquilino tenga que pagar la comisión de la agencia, ya que la ley establece que dicho gasto recae únicamente sobre el arrendador. Por eso, si la agencia intenta cobrarte tienes todo el derecho a reclamar.

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